Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 234.43 Kb.
BOC-A-2020-107-1692.
Firma electrónica
- Descargar
Comprobada la existencia de errores en la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo citada en el título de la presente, y en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, debe procederse de oficio a su corrección, en los términos que a continuación se detallan,
Primero.- En el resuelvo primero:
Donde dice:
"El objeto de la presente resolución es aprobar la realización del gasto, por importe de diez millones setecientos ochenta y cinco mil doscientos cuarenta y seis (10.785.246,00) euros, con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 2020.50.01.241K.470.02 Elemento PEP 50400040 "Autoempleo y creación de empresas", para la concesión directa de subvenciones destinadas a complementar la prestación extraordinaria por suspensión de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19."
Debe decir:
"El objeto de la presente resolución es aprobar la realización del gasto, por importe de diez millones setecientos ochenta y cinco mil cuatrocientos veintiséis (10.785.426,00) euros, con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 2020.50.01.241K.470.02 Elemento PEP 50400040 "Autoempleo y creación de empresas", para la concesión directa de subvenciones destinadas a complementar la prestación extraordinaria por suspensión de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19."
Segundo.- En el resuelvo cuarto, párrafo segundo:
Donde dice:
"El importe de la convocatoria, una vez detraído el importe previsto para sufragar los costes de la entidad colaboradora, será de diez millones setecientos ochenta y cinco mil doscientos cuarenta y seis (10.785.246,00) euros."
Debe decir:
"El importe de la convocatoria, una vez detraído el importe previsto para sufragar los costes de la entidad colaboradora, será de diez millones setecientos ochenta y cinco mil cuatrocientos veintiséis (10.785.426,00) euros."
Tercero.- En el resuelvo quinto:
Donde dice:
"El importe previsto para sufragar los costes de la gestión de la convocatoria es de doscientos catorce mil setecientos cincuenta y cuatro (214.754,00) euros."
Debe decir:
"El importe previsto para sufragar los costes de la gestión de la convocatoria es de doscientos catorce mil quinientos setenta y cuatro (214.574,00) euros."
El resto de la citada Resolución nº 2622, de 27 de abril de 2020, permanecerá vigente y en sus mismos términos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 2020.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.
© Gobierno de Canarias