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BOC Nº 103. Miércoles 27 de Mayo de 2020 - 1645

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V. ANUNCIOS - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

1645 EXTRACTO de la Orden de 21 de mayo de 2020, por la que se convoca para la campaña 2020 la "Ayuda por superficie a los productores de Aloe Vera, Olivo y Cochinilla DOP", Acción I.8 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

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BOC-A-2020-103-1645. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 506982.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b), y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de la ayuda los productores de Aloe Vera, Olivo y Cochinilla DOP, cuyas superficies de cultivo se encuentren en Canarias.

Segundo.- Objeto.

Apoyar las producciones orientadas al mercado interior especialmente adaptadas a las zonas áridas del archipiélago, colaborando a la diversificación de la agricultura regional y al mantenimiento de los suelos para evitar la desertificación.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC nº 233, de 4.12.17), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).

Cuarto.- Cuantía.

1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa tienen asignadas las siguientes cuantías

- Subacción I.8.1. Ayuda por hectárea Aloe Vera: diecisiete mil ochocientos dieciocho (17.818,00) euros.

- Subacción I.8.2. Ayuda por hectárea Olivar: sesenta y cinco mil trescientos treinta y tres (65.333,00) euros.

- Subacción I.8.3. Ayuda por hectárea Cochinilla DOP: catorce mil ochocientas cuarenta y ocho (14.848,00) euros.

Dichas cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.

2. El importe unitario máximo de la ayuda asciende a 500,00 euros por hectárea para cada una de las tres subacciones.

3. Se abonará un complemento de la ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (Medida 112 del PDR 2007-2013 o Submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2020.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de ayuda para acogerse a esta convocatoria podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el 1 de junio de 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2020.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA,

Alicia Vanoostende Simili.

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