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BOC Nº 100. Viernes 22 de Mayo de 2020 - 1605

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

1605 EDICTO de 20 de febrero de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000358/2019.

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BOC-A-2020-100-1605. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Yolanda Almagro García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo contienen el siguiente contenido adaptado a la instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos en Diarios y Boletines Oficiales y la protección de datos:

"SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de febrero de 2020.

Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal con nº 358/2019 seguidos ante este Juzgado, entre partes de una demandante: Santiago Manuel Hernández León en calidad de tutor de Honorio Hernández Artiles con Procurador Sr. D. Carlos Sánchez Ramírez y Letrado Sr. D. Adrián Rubén Rodríguez Vega y de otra como demandada: ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Tomás Miller 56, planta 2ª apartamentos 202, 203 y 204 y, planta 3ª, apartamentos 301, 302, 303 y 304 de Las Palmas de Gran Canaria, sin Letrado ni Procurador, Mbarek Ashain en calidad de ocupante del inmueble sito en la calle Tomás Miller, 56, planta 2ª apartamento 201, de Las Palmas de Gran Canaria con Procuradora María del Pino Davo Morales y Letrada María Maite Mirabal Rodríguez, sobre desahucio por precario".

"FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. D. Carlos Sánchez Ramírez en nombre y representación de Santiago Manuel Hernández León en calidad de tutor de Honorio Hernández Artiles contra ignorados ocupantes del inmueble sito en la calle Tomás Miller, 56, planta 2ª apartamentos 201, 202, 203 y 204 y, planta 3ª, apartamentos 301, 302, 303 y 304 de Las Palmas de Gran Canaria ...".

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artº. 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles ...".

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ocupantes desconocidos de la calle Tomás Miller, nº 56, plta. 2 y 3, ocupantes desconocidos apartamento 201 planta ª, ocupantes desconocidos apartamento 201, ocupantes desconocidos apartamento 202 planta 2ª, ocupantes desconocidos apartamento 202 planta 2ª, ocupantes desconocidos apartamento 203 piso 2º, ocupantes desconocidos apartamento 203 plantaª, ocupantes desconocidos apartamento 204 planta 2ª, ocupantes desconocidos apartamento 204 planta 2ª, ocupantes desconocidos apartamento 301-3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 301-3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 302 3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 302 3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 303 3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 303 3ª planta y ocupantes desconocidos apartamento 304 3ª planta, ocupantes desconocidos apartamento 304 3ª planta, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de febrero de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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