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BOC Nº 95. Viernes 15 de Mayo de 2020 - 1548

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1548 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 8 de mayo de 2020, del Director, por la que se dispone la sustitución de la publicación de los actos y comunicaciones en el tablón de anuncios y edictos por la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Servicio Canario de la Salud.

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BOC-A-2020-095-1548. Firma electrónica - Descargar

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, dispone en su artículo 12 que la "publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria deban publicarse en tablón de anuncios o edictos podrá ser sustituida o complementada por su publicación en la sede electrónica del organismo correspondiente".

En el ámbito autonómico el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, señala en el artículo 12.3 que las sedes electrónicas deberán disponer de unos servicios mínimos, entre los que se encuentra regulado en su apartado f), la publicación electrónica de actos y comunicaciones que por disposición legal o reglamentaria deben publicarse en el tablón anuncios o edictos, debiendo indicarse el carácter complementario o sustitutivo de la publicación electrónica.

Por Resolución de 26 de abril de 2013, de la Directora del Servicio Canario de la Salud, modificada mediante Resolución de 9 de febrero de 2018, se crea y regula la sede y el registro electrónico del Servicio Canario de la Salud.

En el apartado quinto de la referida Resolución se definen los servicios que presta la sede electrónica, disponiendo en su apartado e), el de la publicación electrónica de actos y comunicaciones que por disposición legal o reglamentaria deben publicarse en el tablón anuncios o edictos, en sustitución de esta.

Asimismo la citada Resolución en su apartado decimonoveno señala que "la sustitución de la publicación en el tablón de anuncios o edictos por la publicación en la sede electrónica de actos y comunicaciones a que se refiere el apartado 5.e) de esta disposición, será efectiva cuando los medios técnicos que den soporte a la sede lo permitan. Por resolución de la Directora del Servicio Canario de la Salud, que se hará pública en el Boletín Oficial de Canarias, se determinará la fecha efectiva de dicha sustitución".

El Servicio Canario de la Salud cuenta actualmente con los medios técnicos necesarios que dan soporte al tablón de anuncios contenido en su sede electrónica.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- La publicación de los actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, deban publicarse en el tablón de anuncios o edictos, a partir de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias, será sustituida por la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Servicio Canario de la Salud.

Segundo.- Cada centro directivo del Servicio Canario de la Salud será responsable de las publicaciones que realice en el tablón de anuncios de la sede la electrónica del Servicio Canario de la Salud.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de mayo de 2020.- El Director, p.s. (Decreto 29/2020, de 26 de marzo, del Presidente), el Viceconsejero de la Vicepresidencia, Antonio José Olivera Herrera.

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