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BOC Nº 90. Viernes 8 de Mayo de 2020 - 1490

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

1490 ORDEN de 24 de abril de 2020, por la que se completa la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento, para el presente ejercicio, aprobado por Orden de 17 de marzo de 2020.

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BOC-A-2020-090-1490. Firma electrónica - Descargar

Vistas la propuesta del titular de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, se desprenden los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la titular de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda nº LOR2019CA00084, de 21 de febrero de 2019 (BOC nº 50, de 13.3.19), y sus posteriores modificaciones recogidas en las siguientes Órdenes que se relacionan a continuación: nº LOR2019CA00296, de 17 de mayo de 2019 (BOC nº 105, de 4.6.19); nº LOR2019CA00379, de 11 de junio de 2019 (BOC nº 122, de 27.6.19); nº LOR2019CA00413, de 24 de junio de 2019 (BOC nº 137, de 18.7.19); nº LOR2019CA00580, de 22 de agosto de 2019 (BOC nº 175, de 11.9.19) y nº LOR2019CA00571, de 27 de noviembre de 2019 (BOC nº 240, de 12.12.19).

Segundo.- Por Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, se procede a actualizar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2019/2021, para el presente ejercicio presupuestario 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020).

En dicha Orden de actualización del plan, para el presente ejercicio, no se contemplaron las líneas de actuación correspondientes al Servicio 08 de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programas 231M y 231N, por no estar, en el momento de la aprobación de la citada Orden nº 129, de 17 de marzo, la concreción de las mismas.

Tercero.- Con posterior a ello se procedió, por Orden departamental nº 222/2020, Libro 657, de 23 de abril de 2020, a la modificación de dicha actualización, con el fin de incrementar el crédito inicial de determinadas líneas de actuación de los Servicio 01, SERVICIOS GENERALES, Programa 912A DIRECCIÓN POLÍTICA Y GOBIERNO, L.A. 234G0177 denominada "AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL", por importe de 1.000.000 de euros; Servicio 07 DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS SOCIALES E INMIGRACIÓN, Programa 231 I FOMENTO DE LA INCLUSIÓN SOCIAL, L.A. 23439202 denominada "ACCIÓN SOCIAL INSTITUCIONAL PARA INTEGRACIÓN SOCIAL", por un importe de 800.000 euros y Servicio 09 DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD, Programa 232A PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LOS JÓVENES, L.A. 234G0650, denominada INTEGRACIÓN SOCIAL DE JÓVENES EXTUTELADOS Y EN DIFICULTAD SOCIAL, por importe de 100.000 euros.

Cuarto.- Consta en el expediente que, con fecha del pasado día 17 de abril, el titular de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad eleva a la titular del Departamento la correspondiente propuesta para la inclusión, de sus líneas de actuación, en la citada Orden departamental sobre la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año. Se alude en dicha propuesta que se cumple con las reglas de gestión presupuestaria establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 67 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y que la misma se ha elaborado teniendo en cuenta las dotaciones incluidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2020, en las del Plan presupuestario a medio plazo y los escenarios presupuestarios plurianuales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el período 2020- 2022.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En la Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020, se procede a actualizar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2019/2021, para el presente ejercicio presupuestario 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020), y se concretó que no se incluyen, en dicha actualización, las líneas de actuación correspondientes al Servicio 08 de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programas 231M y 231N, por no estar, en el momento de la aprobación de la presente Orden, la concreción de las mismas.

Segundo.- Toda vez que, por el citado titular de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, se han determinado las líneas de actuación referidas a los procedimientos de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, así como también de forma directa, se precisa complementar la citada Orden departamental nº 129, de 17 de marzo, con el fin de incluir dichas líneas presupuestarias y de este modo concluir con las previsiones de todos los centros directivos del departamento.

Tercero.- De conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 16 del Decreto ley 4/2020, de 2 de abril, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19, por la titular de esta Consejería, mediante Orden nº 198, Libro 657, de 15 de abril de 2020, se acuerda, entre otros extremos, la continuación de la gestión ordinaria de todos los procedimientos administrativos de competencia de este Departamento en aquellas fases de iniciación, ordenación, instrucción y finalización en las que no intervengan terceras personas interesadas, con el fin de garantizar el funcionamiento básico de los servicios.

Es por ello que se considera conveniente se acuerde la aprobación de la presente Orden por la se complete el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el presente ejercicio, que conlleva las líneas de actuación del Servicio 08 de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programas 231M y 231N, relativas a los procedimientos de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva así como también de forma directa, en las áreas propias de competencia de dicho centro directivo.

Cuarto.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la entonces Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (BOC nº 188, de 27.9.16), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 136, de 17.7.19), en el que se dispone que la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, salvo las relativas a empleo y vivienda, y finalmente el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente (BOC nº 137, de 18.7.19), por el que se nombra, entre otros, a la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, la titular de este Departamento es competente para completar la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones, relativo al ejercicio 2020.

Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Completar el contenido de la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, para el ejercicio económico 2020, aprobado por la Orden departamental nº 129, de 17 de marzo de 2020 (BOC nº 59, de 25.3.2020).

Segundo.- Concretar que se incluyen en los Anexos I y II de dicha Orden departamental, dedicados, respectivamente, a la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y de forma directa, las líneas de actuación Servicio 08 de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programas 231M y 231N.

Tercero.- Determinar que se incorporen, a la presente Orden departamental, los mencionados Anexos I y II, en los que se han consignados las nuevas líneas de actuación del citado centro directivo.

Cuarto.- Instar a la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias, de la presente Orden por la que se complementa la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el ejercicio 2020.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2020.

LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,

Noemí Santana Perera.

Ver anexo en las páginas 11444-11471 del documento Descargar

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