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BOC Nº 86. Lunes 4 de Mayo de 2020 - 1445

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1445 ORDEN de 17 de abril de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del área de educación y universidades del Departamento para el año 2020.

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Examinado el expediente administrativo tramitado por esta Consejería referente al Plan Estratégico de Subvenciones del área de educación y universidades del Departamento para el año 2020, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, se presupuestan una serie de líneas de actuación y proyectos de inversión, susceptibles de generar convocatorias de subvenciones genéricas por parte de este Departamento, lo que hace necesario que se formalice el Plan Estratégico de Subvenciones exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo.- Por los Centros Directivos del Departamento se ha propuesto la inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2020 de distintos proyectos que generarán en el presente ejercicio la convocatoria de subvenciones genéricas.

Tercero.- Con fecha 15 de abril de 2020, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informó favorablemente el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2020.

Cuarto.- De acuerdo con lo propuesto con fecha 7 de abril de 2020, por el Secretario General Técnico de este Departamento por el que propone el Plan Estratégico de Subvenciones del área de educación y universidades del Departamento para el año 2020 que se detalla en el anexo de la presente Orden.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, inspirada en los principios de eficacia, eficiencia, calidad en la asignación de recursos públicos y cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, establece en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre, el artículo 29, apartado 1, letra a), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del área de educación y universidades de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para el año 2020, que se acompaña como anexo.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2020.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

María José Guerra Palmero.

A N E X O

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES PARA EL AÑO 2020.

INTRODUCCIÓN.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, inspirada en los principios de eficacia, eficiencia, calidad en la asignación de recursos públicos y cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, establece en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán elaborar un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

Por otro lado, en la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, se presupuestan una serie de líneas de actuación y proyectos de inversión, susceptibles de generar convocatorias de subvenciones genéricas por parte de este Departamento, lo que hace necesario que se formalice el Plan Estratégico de Subvenciones exigido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cumplimiento de dichas previsiones, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de acuerdo con las competencias que le atribuye el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre; acuerda la aprobación del "Plan Estratégico de Subvenciones del área de educación y universidades de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para el año 2020".

I.- ÁREA DE EDUCACIÓN.

1.- ESCENARIO.

El sistema educativo, entendido este como el conjunto de las enseñanzas desde la educación infantil hasta la universitaria, constituye el eje de la transformación y el bienestar de la sociedad. De la formación y educación que un sistema educativo es capaz de proporcionar a los ciudadanos, depende, en buena medida, el futuro de estos; de la formación integral que reciban se deducen sus posibilidades para desarrollarse en libertad y para ejercer con madurez la participación y la solidaridad. La educación, si se proporciona a todos en unas condiciones de equidad, es también la base de la igualdad. Así pues, pocos instrumentos son más útiles para combatir las desigualdades de origen social o cultural que la educación.

El avance del conocimiento científico y del desarrollo tecnológico, y sus implicaciones cada vez mayores y más directas sobre los procesos productivos y culturales, obligan a una formación prolongada, a una formación básica más consistente y a la vez más versátil, susceptible de adaptarse a necesarias y frecuentes innovaciones. Al mismo tiempo, las mayores posibilidades de acceso a la enseñanza, y la aspiración de un mayor número de ciudadanos a obtener una mejor formación, coincide con las exigencias de superiores requerimientos educativos por parte del entorno social y productivo, confluyendo, todo ello, en un crecimiento continuado de la demanda de educación que exige un sistema educativo reformado.

Al mismo tiempo, la culminación del proceso de integración española en las instituciones comunitarias europeas nos ha situado en un ámbito más amplio que el estatal, un ámbito que es compartido con otros países, y en el que el derecho de los ciudadanos a la movilidad, reforzado con la perspectiva del mercado único, así como las consecuencias que de ello se derivan, alcanzan a todos. Ello requiere que los estudios, capacitaciones y titulaciones se atengan, cada vez más, a un mínimo cuantitativo y cualitativo.

En los últimos años, los sucesivos gobiernos autonómicos y las diferentes administraciones educativas han realizado desde aquel día ya lejano de las transferencias educativas un gran esfuerzo en todos los ámbitos, sobre todo en el de las inversiones, lo que ha permitido que el sistema educativo en nuestra Comunidad Autónoma haya cubierto su fase expansiva.

A pesar de los enormes esfuerzos realizados es bien sabido que las actuaciones que desde el sistema educativo se llevan a cabo no pueden compensar totalmente las desigualdades de origen geográfico, social, económico y cultural. Se constata que existen sutiles y complejos procesos de discriminación educativa y social que representan un serio obstáculo en el principio de igualdad de oportunidades: por un lado, factores relativos al contexto geográfico, demográfico y económico, así como condicionantes socio-familiares y culturales y, por otro, elementos que incumben al contexto escolar propiamente dicho, complementándose el análisis con otros elementos que, de un modo u otro, incida en la calidad educativa.

Cubierta la fase expansiva de nuestro sistema educativo y culminada la generalización de la educación en todos los niveles, es el momento de impulsar una política de objetivos concretos de calidad. El Pacto por la Educación permitió alcanzar un gran acuerdo sobre la base de principios, objetivos generales, corresponsabilidad de los compromisos y voluntad de diálogo permanente para el seguimiento y evaluación de los mismos. La esencia de este pacto se sustenta en la necesidad de consolidar un sistema equitativo y solidario que garantice la educación efectiva de todos. Esto pasa necesariamente por mantener el equilibrio entre la calidad y la igualdad como la mejor garantía de salvaguardar la equidad del sistema.

En el marco expresado con anterioridad, por este Departamento se van a establecer, en el ejercicio 2020, entre otras actuaciones, diversas subvenciones genéricas, para las que se elabora el Plan Estratégico.

2.- PROYECTOS.

2.1.- LA COMPENSACIÓN EDUCATIVA DE LAS DESIGUALDADES.

2.1.1.- SUBVENCIONES AL ALUMNADO COMENSAL DE CENTROS PÚBLICOS CON COMEDOR ESCOLAR.

Objetivo y efectos: cubrir parte del coste del servicio de comedor escolar durante 2020, del segundo semestre del curso 2019/2020 y primer cuatrimestre del curso 2020/2021.

Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: anual. Cumplimiento del plazo.

Coste estimado: 12.297.587,46 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.324 C 48001 LA. 18401302.- "Comedores y desayunos escolares".

2.1.2.- SUBVENCIONES PARA DESAYUNOS ESCOLARES.

Objetivos y efectos: proporcionar desayunos escolares al alumnado en situación crítica o peligro de exclusión social.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa

Plazo: anual.

Coste estimado: 2.655.851,54 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.324 C 48001 LA. 18401302.- "Comedores y desayunos escolares".

2.1.3.- SUBVENCIONES PARA AYUDAS INDIVIDUALIZADAS AL TRANSPORTE.

Objetivo y efectos: cubrir parte del servicio de transporte donde no se puede realizar servicio con vehículos de contrato, del curso escolar 2019/2020.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 50.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.324 C 48001 LA. 18400702-"Ayudas individualizadas al transporte".

2.1.4.- SUBVENCIONES DIRECTAS AL ALUMNADO DE ENSEÑANZA OBLIGATORIA DE LAS RESIDENCIAS ESCOLARES.

Objetivo y efectos: atender los gastos originados por la manutención del alumnado de enseñanza obligatoria residente en las residencias escolares de Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 502.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.324 C 48001 LA. 18400802-"Residencias Escolares" de partida presupuestaria "Transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro".

2.2. SUBVENCIONES POR INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL A DETERMINADAS FUNDACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES.

2.2.1.- SUBVENCIÓN A LAS FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS, ASÍ COMO A SU CONFEDERACIÓN.

Objetivo y efectos: financiar los gastos derivados del funcionamiento del año 2020 de las Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres de alumnos y alumnas de centros sostenidos con fondos públicos, así como a su Confederación.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: anual.

Coste estimado: 40.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.321A 4800100 LA. 184C7702-"Confederación de madres y padres de alumnos de Canarias".

2.2.2.- SUBVENCIÓN DIRECTA A LA FUNDACIÓN RADIO ECCA.

Objetivos y efectos: impulsar la promoción y el éxito educativo en los jóvenes, entre los 18 y los 24 años, que han abandonado ya sus estudios o están en riesgo de hacerlo sin la obtención del graduado en Educación Secundaria o sin proseguir la formación posterior.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro Directivo responsable: Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

Plazo: anual.

Coste estimado: 850.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.15.322K.48201, L.A. 18499941 "Fundación Radio ECCA-Disminución del abandono escolar".

2.2.3.- SUBVENCIÓN DIRECTA A LA ESCUELA DE ACTORES DE CANARIAS.

Objetivos y efectos: contribuir al desarrollo y la consolidación de los estudios superiores de Arte Dramático en Canarias.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro Directivo responsable: Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

Plazo: anual.

Coste estimado: 650.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.15.322K.47001, L.A. 18481402 "Escuela de Actores de Canarias".

2.3. ENSEÑANZA EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADA.

2.3.1.- SUBVENCIÓN DIRECTA A LOS CENTROS PRIVADOS CON UNIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados del transporte escolar de los centros privados con alumnado escolarizado en unidades de Educación Especial concertadas, colaborando en la debida escolarización del alumnado con necesidades educativas específicas.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: quinto día lectivo de diciembre de 2019 a junio de 2020.

Coste estimado: 1.100.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322 B 48001 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.2.- SUBVENCIÓN DIRECTA A LOS CENTROS PRIVADOS CON UNIDADES DE EDUCACIÓN ESPECIAL CONCERTADAS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados del transporte escolar de los centros privados con alumnado escolarizado en unidades de Educación Especial concertadas, colaborando en la debida escolarización del alumnado con necesidades educativas específicas.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: septiembre a diciembre de 2020.

Coste estimado: 700.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322 B 48001 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.3.- SUBVENCIÓN DIRECTA AL CENTRO PRIVADO CONCERTADO DE EDUCACIÓN ESPECIAL CREVO, PARA SUFRAGAR GASTOS DE UN PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA A NIÑOS/NIÑAS DE 0 A 3 AÑOS.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados de contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0 a 3 años, con el objetivo de dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan el alumnado con trastorno en el desarrollo.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro Directivo Responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: enero a junio de 2020.

Coste estimado: 20.170,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322 B 48001 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

2.3.4.- SUBVENCIÓN DIRECTA AL CENTRO PRIVADO CONCERTADO DE EDUCACIÓN ESPECIAL CREVO, PARA SUFRAGAR GASTOS DE UN PROGRAMA DE ATENCIÓN TEMPRANA A NIÑOS/NIÑAS DE 0 A 3 AÑOS.

Objetivo y efectos: sufragar gastos derivados de contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0 a 3 años, con el objetivo de dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan el alumnado con trastorno en el desarrollo.

Procedimiento de concesión: subvención directa.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.

Plazo: septiembre a diciembre de 2020.

Coste estimado: 11.400,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322 B 48001 LA. 18482602.- Enseñanza Educación Especial concertada (Gastos de Funcionamiento).

II.- ÁREA DE UNIVERSIDADES.

1.- ESCENARIO.

Se pretende ampliar las oportunidades de acceso a los estudios universitarios de los estudiantes residentes en Canarias, complementando la política de becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Se articula un plan dirigido a contrarrestar las dificultades con las que tropiezan los estudiantes canarios para cursar estudios universitarios y que derivan de la realidad socio económica de Canarias, en especial, de la fragmentación insular de nuestro territorio.

La complementariedad de las becas del Gobierno de Canarias con las del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se materializa en la ampliación de los umbrales académicos respecto a los contemplados en la convocatoria estatal. Por lo que se beneficiarán de las becas del Gobierno de Canarias los estudiantes que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria autonómica, no cumplan con los requisitos más exigentes de la convocatoria estatal, al posicionar como umbral a atender no el mínimo del definido por la normativa estatal, sino el máximo.

Al ser Canarias una comunidad en la que la isla ha marcado siempre desigualdades y ha constituido una realidad diferenciada en sí misma. Esta fragmentación y las especiales características del territorio dificultan el acceso a determinados bienes y servicios, lo que constituye en sí mismo un factor de desigualdad hasta llegar, en algunos casos, a imposibilitar las medidas de integración. No se trata solo, que lo es, del encarecimiento de la educación, sino que obliga también a diseñar un sistema peculiar de atención a la diversidad que amortigüe las consecuencias derivadas del propio hecho insular.

Se trata en definitiva de compensar, con la convocatoria de ayudas al transporte, el coste de la insularidad para aquellos estudiantes que cursen estudios superiores, tanto en Gran Canaria como en Tenerife, teniendo su residencia habitual en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera o El Hierro y que se encuentren matriculados en títulos oficiales de grado y máster, en las universidades públicas canarias, en centros educativos públicos con oferta de Formación Profesional o de Enseñanzas Artísticas, dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. A su vez de la misma manera, podría alcanzar a corregir limitaciones al acceso a enseñanzas superiores, dentro del ámbito insular, bien por insuficiencia de oferta o por que la elección del alumnado, es cubierta por otros con mejores calificaciones, ocasionando búsquedas dentro o fuera del territorio insular, igualmente y con la finalidad de poder realizar estudios superiores.

2.- PROYECTOS.

2.1.- LA EXCELENCIA EN LA UNIVERSIDAD.

2.1.1.- CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN LOS CURSOS ACADÉMICOS 2019/2020-2020/2021.

Objetivos y efectos: sufragar las distintas modalidades de las becas universitarias de los estudiantes que cumplan los requisitos académicos y universitarios.

Procedimiento de concesión: subvenciones con convocatoria en régimen de concurrencia.

Centro directivo responsable: Dirección General de Universidades.

Plazo: curso académico 2019/2020 y 2020/2021.

Coste estimado:11.063.942,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias. La aplicación presupuestaria con cargo a la cual se financia la convocatoria, es la 18.07.323A L.A. 18404502 Ayudas a los estudios universitarios (Ley 8/2003, de becas y ayudas a los estudios universitarios).

446.02 a Universidades. Importe: 3.500.000,00 euros.

480.01 a familias e instituciones sin fines de lucro. Importe: 7.563.942,00 euros.

2.1.2.- CONVOCATORIA DE AYUDA AL TRANSPORTE PARA RESIDENTES EN ISLAS NO CAPITALINAS Y SITUACIONES EXCEPCIONALES.

Objetivo y efectos: sufragar el sobre coste económico que supone a los estudiantes residentes en Canarias que deban desplazarse a centros públicos fuera de su isla para realizar estudios superiores tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en el caso de que no exista oferta en su isla de residencia o de que aún existiendo no hayan obtenido plaza.

Procedimiento de concesión: subvenciones con convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Centro directivo responsable: Dirección General de Universidades.

Plazo: curso académico 2019/2020.

Coste estimado: 300.000,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.323A 48001 LA. 184G0211 "Ayuda al transporte de estudiantes residentes en islas no capitalinas".

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