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BOC Nº 52. Lunes 16 de Marzo de 2020 - 1126

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

1126 EDICTO de 31 de enero de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000817/2019.

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BOC-A-2020-052-1126. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Pablo David Sánchez González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de enero de 2020.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal (Desahucio precario -250.1.2), nº 0000817/2019 seguido entre partes, de una como demandante Coral Homes, S.L.U., dirigido por el/la Abogado/a Maryelin Méndez Hernández y representado por el/la Procurador/a Ana Jesús García Pérez y de otra como demandada ignorados ocupantes, en rebeldía sobre desahucio por precario.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Coral Homes, S.L.U. contra los ignorados ocupantes, dando lugar al desahucio solicitado sobre el local sito en la calle Candelaria, nº 11, de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente a la finca registral 4.766, del Registro de la Propiedad nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, inscrita al Tomo 2.338, Libro 78, folio 161, inscripción 2ª, debiendo pasar la parte demandada por tal declaración y desalojar el local dentro del término legalmente establecido, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere en dicho plazo. Se condena a la demandada al pago de las costas procesales.

Contra esta Sentencia cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ignorados ocupantes de local sito en calle Candelaria, 11, de Santa Cruz de Tenerife, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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