Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 221.99 Kb.
BOC-A-2020-051-1101.
Firma electrónica
- Descargar
Dña. María Jenny Mora Romero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 12 de diciembre de 2019.
D. Alfonso Manuel Fernández García, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al juicio verbal nº 480/2017, a instancia de la mercantil Buildingcenter, S.A., como parte demandante, representada por la procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez y asistida por el letrado D. Ángel Felipe Torres Álvarez, contra la mercantil Feri Alfombras, S.L.U., como parte demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, procede en nombre de S.M. el Rey a dictar la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 455.1 LEC).
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Feri Alfombras, S.L.U., expido y libro el presente en Arona, a 24 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias