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BOC-A-2020-037-778.
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Examinado el expediente de aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para 2020-2022, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Teniendo en cuenta los siguientes,
I. ANTECEDENTES
1º.- Mediante Orden de 27 de enero de 2017, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2017-2019 (BOC nº 26, de 7.2.17).
2º.- Habida cuenta de la finalización de la vigencia del mencionado Plan y habiéndose aprobado la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020 (BOC nº 252, de 31.12.19), esta Consejería inicia los trámites para la aprobación de un plan estratégico de subvenciones que tenga estabilidad y permanencia en los próximos ejercicios, de forma que los fines que se pretenden lograr con el establecimiento de las líneas de subvenciones gestionadas por las respectivas áreas materiales del Departamento, alineados con los objetivos estratégicos de los diferentes programas presupuestarios, puedan materializarse en un nuevo contexto presupuestario.
3º.- En consecuencia, dada la importancia de las distintas líneas de subvención que tramita la Consejería, así como el carácter plurianual de algunas de las mismas, resulta pertinente, por razones de eficacia procedimental y regularidad en la gestión, que el plan estratégico de subvenciones tenga una vigencia de tres años y comprenda la totalidad del ámbito Departamental, excepto el Servicio Canario de Empleo que, dado el volumen e importancia de su actividad subvencional, cuenta con su propio Plan Estratégico de Subvenciones.
4º.- A los efectos mencionados, la Secretaría General Técnica procedió a recabar de los titulares de los distintos órganos gestores las correspondientes propuestas de líneas de subvención que debían ser incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2020-2022.
5º.- Formuladas las propuestas por los titulares de los Centros Directivos integrados en la estructura orgánica del Departamento, así como el informe respectivo sobre el grado de avance de la aplicación del plan anterior, sus efectos y las repercusiones presupuestarias y financieras que se han generado de su aplicación, previsto en el artículo 6, apartado 5, del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se solicita, con fecha 30 de enero de 2020, a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la emisión del preceptivo informe, previo a la aprobación del plan.
6º.- En el presente plan se incluyen las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes Centros Directivos:
a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
b) Dirección General de Promoción Económica.
c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.
d) Dirección General de Trabajo.
e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.
A los que son de aplicación las siguientes,
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones. En el mismo se describe el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del plan, y las líneas de subvención, debiendo concretarse para cada una de ellas: áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización y detalles de las fuentes de financiación y régimen de seguimiento y evaluación continua, así como un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del plan para cada línea de subvención.
Tercera.- El artículo 6.1 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados". No obstante, conforme al artículo 6.2 del referido Decreto, "... por los titulares de los órganos respectivos según su normativa reguladora se podrán aprobar planes estratégicos especiales, de ámbito inferior al departamental, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado."
Cuarta.- En este sentido, de acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, si bien, dado el volumen e importancia de la actividad subvencional del Servicio Canario de Empleo, este tiene su propio Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Orden de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, de 6 de marzo de 2018, por el que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el ejercicio 2018-2020.
Quinta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento a través de los diferentes Centros Directivos dependientes en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la aprobación de dicho Plan.
Sexta.- El artículo 6.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme a la nueva redacción contenida en el Decreto 5/2015, de 30 de enero, determina que "Los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años ...".
Séptima.- El Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías crea la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (BOC nº 136, de 17.7.19), y en virtud de lo establecido en el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 149, de 5.8.19; c.e. BOC nº 167, de 30.8.19), bajo la superior dirección de su titular, la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
b) Viceconsejería de Empleo.
c) Secretaría General Técnica.
d) Dirección General de Promoción Económica.
e) Dirección General de Asuntos Económicos con África.
f) Dirección General de Trabajo.
g) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.
Octava.- El artículo 31.1, apartado a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.15), establece que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información relativa a los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados. Asimismo, dichos planes deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.
Novena.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE nº 71, de 23.3.07) y Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres (BOC nº 45, de 5.3.10; c.e. BOC nº 69, de 9.4.10 y BOC nº 106, de 2.6.10).
Décima.- La Disposición transitoria primera del mencionado Decreto 203/2019, de 1 de agosto, establece que, en tanto se lleve a efecto lo previsto en su Disposición final segunda, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan la estructura y funciones de, entre otras, las Consejerías de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, además de la Presidencia del Gobierno, siempre que no se oponga o resulten incompatibles con lo previsto en dicho Decreto.
Undécima.- Con fecha 3 de febrero de 2020, se emite informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto. El presente plan se adapta al sentido del referido informe y se da cumplimiento a las condiciones establecidas en el mismo.
Vistas las normas citadas y las demás de aplicación.
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022, en los términos recogidos en el anexo de la presente Orden.
Este Plan tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias del correspondiente ejercicio, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- El Plan aprobado se circunscribe a las actuaciones que en materia de subvenciones se desarrollen por el Departamento en el período 2020-2022, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
En el supuesto de que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2022, no se hubiese iniciado la vigencia del nuevo Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de actuación que cuenten con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2023, hasta tanto se apruebe el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones.
Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de febrero de 2020.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
A N E X O
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020-2022
La Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, en las siguientes áreas materiales:
a) Planificación y promoción de la actividad económica.
b) Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
c) Régimen Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias.
d) Acción económica exterior y cooperación económica con los países africanos.
e) Investigación, innovación tecnológica y sociedad de la información.
f) Trabajo, empleo, emprendeduría, formación profesional ocupacional y continua.
g) Servicios de comunicación audiovisual.
En el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo aprueba el presente Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2020-2022, con el objetivo de contribuir al progreso de Canarias potenciando, a través de las diferentes líneas de subvención, el crecimiento económico equilibrado e integrador, el conocimiento, la investigación, la innovación, la sociedad de la información, el desarrollo sostenible y contribuyendo a la creación de un empleo digno y de calidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A fin de elaborar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2020-2022, la Secretaría General Técnica solicitó a los centros directivos del Departamento las correspondientes propuestas en las que se concretan los contenidos, por sus respectivas áreas competenciales, de los fines estratégicos que se pretenden lograr con el establecimiento de líneas de subvenciones vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios, por lo que se incluye en el presente Plan las actuaciones que en materia de subvenciones gestionan los siguientes centros directivos:
a) Viceconsejería de Economía e Internacionalización.
b) Dirección General de Promoción Económica.
c) Dirección General de Asuntos Económicos con África.
d) Dirección General de Trabajo.
e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.
La nueva estructura de Gobierno determinada por los Decretos 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías y el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, ha facilitado, por primera vez, la unión del conocimiento, la economía y el empleo como un sistema que se retroalimenta a favor del desarrollo de nuestra sociedad, permitiendo potenciar el conocimiento como la base necesaria para una economía canaria más productiva y competitiva, que permita generar empleo.
Las competencias que desarrolla el Departamento tienen su soporte presupuestario a través de los créditos consignados para esta Consejería en la Ley de 19/2019, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020 (BOC nº 252, de 31.12.19), que en una proporción importante están destinados a la actividad subvencional.
Las líneas de trabajo y financiación para la ejecución de los objetivos del presente Plan están alineados con la Estrategia Europea 2020, la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020 (RIS3), el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 y el FSE Canarias 2014-2020, así como con el despliegue de la Estrategia Canaria para Desarrollo Sostenible para el cumplimiento de Agenda 2030, en concreto a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), aprobados por la Asamblea de Naciones Unidas, números 8 y 9:
ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
ODS 9: Industria, innovación e infraestructuras. Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y fomentar la innovación.
Asimismo, es pretensión de este Departamento poner de manifiesto su compromiso con la igualdad real y efectiva a través de la implantación progresiva del enfoque de género en todas las acciones desarrollados por la Consejería, en este sentido y de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres, si en el ámbito en que se desarrolla la línea se subvención se detectan situaciones de desigualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, entre las medidas a adoptar, se recogerá la necesidad de incluir en las bases reguladoras la valoración de actuaciones para alcanzar la efectiva consecución de la igualdad. A estos efectos podrán valorarse, entre otras, las medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, de responsabilidad social de la empresa, o la obtención del distintivo empresarial en materia de igualdad regulado en el Capítulo IV del Título IV de la citada Ley Orgánica.
Por todo lo anterior, en la aprobación y modificación de las bases reguladoras de las convocatorias de concesión de subvenciones en concurrencia competitiva y en la concesión de subvenciones directas, se velará por la incorporación de obligaciones de contenido social y de desarrollo sostenible por parte de los beneficiarios, de forma que se garantice el crecimiento económico equilibrado, sostenible, inclusivo e igualitario y distribuido equitativamente entre toda la población de las islas.
En coherencia con lo expuesto, los objetivos estratégicos del plan están alineados con la estrategia general del Departamento que se resume en lo siguiente objetivos generales:
Área de economía: apoyo y acompañamiento en la creación y consolidación de empresas en Canarias, así como ayudas a la competitividad, productividad, digitalización e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas; apoyo al emprendimiento y se refuerza, además, la cooperación económica y al desarrollo de África.
Área de conocimiento: promoción y atracción del talento científico en la Comunidad Autónoma de Canarias, incrementando las ayudas predoctorales y abriendo una nueva línea en contratos y formación postdoctoral. Fomento de la investigación y el desarrollo de la sociedad de la información, mediante al apoyo a las instituciones científicas y a la innovación empresarial, así como ayudas al proceso de transformación digital.
Área de empleo (excluido el Servicio Canario de Empleo por contar con su propio Plan Estratégico de Subvenciones): se fomentará la concertación social y el diálogo social; apoyo a la formación especializada e inserción laboral, refuerzo en la prevención en riesgos laborales como mejora de la seguridad y salud laboral y de las condiciones de los trabajadores y trabajadoras, avanzando hacia la igualdad laboral.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 36/2009 en el presente plan estratégico de subvenciones se recogerá un régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones. A estos efectos, se determinarán para cada línea de subvención un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, y en la medida de lo posible, desagregados por sexo.
Los órganos gestores realizarán el seguimiento continuado de los objetivos y de los indicadores de cada línea de subvención con la finalidad de obtener información para evaluar los resultados alcanzados.
Finalizado cada año natural, se emitirá por cada centro gestor una memoria anual de ejecución del plan o informe sobre el grado de avance de la aplicación del plan y que contendrá para cada línea de subvención, como mínimo la siguiente información:
1. Información sobre la ejecución de cada línea de subvención de acuerdo con los indicadores previamente establecidos.
2. Grado de ejecución de los objetivos establecidos, con indicación de los resultados esperados y los efectivamente alcanzados.
3. Análisis de las causas de desviación detectadas expresando las medidas correctoras que se propongan, según el caso.
Al finalizar el último año de ejecución del plan, la memoria reflejará la ejecución anual y la ejecución final del plan.
Finalmente, las líneas de subvención del presente Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2020-2022, se adecuarán a los objetivos perseguidos por el Departamento, a los objetivos de los programas presupuestarios, a las prioridades de las políticas de gasto y a las disponibilidades presupuestarias, siendo las mismas las que a continuación se exponen:
Ver anexo en las páginas 5943-5979 del documento Descargar
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