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BOC Nº 34. Miércoles 19 de Febrero de 2020 - 698

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Sanidad

698 Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.- Resolución de 3 de febrero de 2020, por la que se efectúa convocatoria para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento, a efectos de la cobertura de puesto de trabajo específico de la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial para desempeñar sus funciones como Técnico/a en Calidad, con carácter temporal, en la Unidad de Gestión de la Calidad de la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia de este centro asistencial.

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BOC-A-2020-034-698. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 21 de octubre de 2019, el Coordinador del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, eleva propuesta sobre la necesidad de cubrir, con carácter temporal, puesto de trabajo de la categoría de Ingeniero/a Técnico/a Industrial con personal específicamente cualificado para desempeñar sus funciones como Técnico/a de Calidad en la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia de este centro asistencial.

Segundo.- A la citada propuesta se acompaña Memoria justificativa de la necesidad específica a cubrir, conforme a la cual resulta que el Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (en adelante CHUIMI) tiene, dentro de las funciones asignadas por la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario, promover la cultura de la calidad total en nuestro ámbito de actuación que incluye el diseño, desarrollo e implantación de procesos en base a normas internacionales de sistemas de gestión tales como UNE-EN ISO 9001 "Sistemas de gestión de la calidad" (UNE-EN 15224, específica para Servicios Sanitarios), UNE-EN ISO 14001 "Sistemas de gestión ambiental" (UNE 150105, específica en Centros Sanitarios), UNE 179003 "Gestión de riesgos para la seguridad del paciente" y el modelo de autoevaluación EFQM; así como otras específicas y de aplicación al sector sanitario: laboratorios, reproducción asistida, producto sanitario, entre otras.

La implantación de un sistema de gestión en las organizaciones sanitarias, implica un proceso de adaptación de la estructura actual de los servicios asistenciales al marco competitivo en el que se desarrolla su actividad.

El Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del CHUIMI tiene como misión contribuir en la gestión asistencial promoviendo el uso racional de los servicios y productos sanitarios, basado en la evidencia científica, con criterios de seguridad, eficacia y eficiencia, definiendo como sus clientes a: pacientes y/o familiares, personal sanitario, personal no sanitario y directivos.

La norma internacional UNE-EN ISO 9001:2015, especifica los requisitos que permiten la mejora continua de la calidad de sus productos o servicios y exige una metodología de trabajo con objetivos y metas de calidad, procedimientos a desarrollar, responsabilidades definidas, asegurar la capacitación del personal y el cumplimiento de requerimiento legal o reglamentario que aplique a este sector.

Tanto si es por orientación de la Dirección Gerencia en aplicar un sistema de gestión o impuesto por la legislación aplicable, se analiza el sistema de trabajo en el área de interés, se recaban los requisitos legales y los definidos por la norma de aplicación y se diseña un sistema de trabajo que además de buscar la eficiencia y la satisfacción del paciente/usuario no interfiera en el sistema de trabajo del resto de procesos asistenciales del Complejo Hospitalario, se desarrolla considerando nuestras particularidades internas y los requisitos de la Consejería de Sanidad y se evalúa su impacto a pequeña escala y finalmente se implanta en toda el área de interés, cuya supervisión requiere entre otros aspectos auditorías internas por personal cualificado.

Para realizar esta labor la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia, cuenta con personal médico, de enfermería y administrativo, así como un ingeniero técnico de calidad.

La Unidad de Gestión de la Calidad (UCAL) desarrolla las siguientes tareas de gestión:

* Gestión documental.

* Diseño de procesos.

* Certificación de procesos asistenciales y no asistenciales.

* Supervisión del mantenimiento del sistema de gestión en los procesos certificados (auditorías internas, indicadores, revisión de los sistemas, ...).

* Promoción de la cultura de la calidad en el Complejo Hospitalario.

* Mantenimiento de la intranet.

* Tareas asignadas por el equipo directivo.

Tercero.- En la actualidad, la demanda de Servicios asistenciales y no asistenciales a integrarse en sistemas que gestionan la calidad, determina y condiciona dar respuesta a estas demandas, por lo que se precisa cubrir una plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial con el perfil de Técnico/a en Calidad, al objeto de seguir manteniendo los estándares de seguridad, eficacia y eficiencia en calidad, para lo cual deberá aportar como mínimo la siguiente documentación:

* Titulación en Ingeniería Técnica Industrial o Grado equivalente.

* Acreditación de formación de la norma UNE-EN ISO 9001.

* Acreditación de formación en el modelo EFQM.

* Acreditación de experiencia en el diseño de sistemas de calidad basado en la norma ISO 9001 en empresas.

* Acreditación como docente en actividades formativas en gestión o sobre la norma ISO 9001.

* Experiencia en la implantación del modelo de autoevaluación EFQM.

* Conocimiento y/o formación en auditorías.

* Conocimiento y/o realización de auditorías internas según norma ISO 9001 y/o ISO 14001.

* Dominio de herramientas informáticas (editores de texto, desarrollo de bases de datos y hojas de cálculo).

Las tareas a desarrollar como Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil sería, entre otras, las que se indican a continuación:

* Desarrollar el modelo de autoevaluación EFQM del Complejo Hospitalario a efectos de su certificación y mantenimiento.

* Desarrollar el modelo de control para la evaluación de la calidad en los servicios del Complejo Hospitalario a efectos de su certificación y mantenimiento según la norma UNE-EN ISO 9001.

* Desarrollar el modelo de control para la evaluación de la calidad del Complejo Hospitalario a efectos de su certificación y mantenimiento según la norma UNE-EN ISO 14001.

* Definir los procesos y las fases críticas en los Servicios del Complejo Hospitalario: formulación de indicadores de procesos (cumplimiento, evaluación, eficiencia, eficacia y de gestión) y análisis de riesgos (identificación, priorización, propuesta de acciones y su control).

* Formar y cualificar al personal para la gestión y la realización de auditorías internas del Sistema de Gestión.

* Desarrollar auditorías internas de adecuación y de cumplimiento según norma UNE-EN ISO 9001, UNE-EN ISO 14001 y UNE-EN ISO/IEC 17025 según corresponda.

* Participación activa en la auditoría externa y en charlas de formación interna.

* Desarrollar aplicativos informáticos (Base de datos) y Hojas de cálculo a nivel de Complejo Hospitalario para el seguimiento de las acciones de mejora y formación continuada, análisis de datos e interpretación.

* Mantenimiento y potenciación de las aplicaciones de gestión desarrolladas.

* Análisis de diversas fuentes de información que permitan mejorar la calidad (reclamaciones, inspecciones, encuestas, opiniones, ...).

* Elaboración de procedimientos/protocolos de trabajo.

* Colaboración en el desarrollo de las memorias de actividades de los Servicios del Complejo Hospitalario.

* Todas aquellas actividades inherentes al Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia.

Cuarto.- Por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 7 de noviembre de 2011, por la que se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes, entre otras, de la categoría de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho Organismo y en el funcional del nivel de Atención Especializada, y se aprueban las bases por las que se había de regir la convocatoria, previendo en la base decimoséptima, la constitución de una lista de empleo para nombramientos como personal estatutario temporal de la categoría de cada una de las categorías objeto de la convocatoria (BOC nº 226, de 16.11.11, c.e. BOC nº 1, de 2.1.12).

Quinto.- En la Resolución nº 516, de 24 de febrero de 2016, de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, se nombró personal estatutario fijo en la categoría de Ingeniero/a Técnico/a Industrial a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo (BOC nº 44, de 4.3.16).

Sexto.- Mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 20 de octubre de 2017, se aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 211, de 2.11.17).

En la citada lista de empleo se indica el nombre, apellidos, número de documento acreditativo de identidad, puntuación parcial otorgada en cada apartado, puntuación total obtenida, Gerencia/Dirección Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente cada aspirante y orden de prelación que corresponda.

La gestión y funcionamiento de la lista de empleo se ajustará a la Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC nº 121, de 21.6.11).

Séptimo.- En la precitada norma y en relación con los puestos específicos, el artículo 8 prevé la posibilidad de que las Direcciones Gerencias determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento de la lista de empleo que corresponda.

Así y dadas las características del específico puesto de Técnico/a de Calidad en el Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia, la Dirección Gerencia, previa audiencia de la Comisión Técnica de Listas de Empleo prevista en el artículo 13.2, podrá determinar los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento aquellos aspirantes que, estando vinculados a esta Dirección Gerencia, hayan acreditado previamente dicho perfil.

A tal fin, la Dirección Gerencia deberá dictar resolución motivada en la que se determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, otorgando a los interesados que se encuentren vinculados orgánicamente a este Órgano Gestor un plazo de diez días hábiles desde el siguiente al de dicha publicación para acreditar ante la misma, en la forma que se determina en las bases, reunir el perfil necesario.

Octavo.- De conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Orden de 3 de junio de 2011, en sesión celebrada el día 25 de julio de 2018, se ha dado el trámite de audiencia a la Comisión Técnica de Lista de Empleo constituida en esta Dirección Gerencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE nº 301, de 17.12.03), prevé en su artículo 9.1 el nombramiento de personal estatutario temporal por razones de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario.

II.- La Resolución de 3 de enero de 1996, de la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de delegación de ejercicio de competencias en materia de gestión de personal (BOC nº 7, de 15.1.96), delega en los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de los Hospitales y Gerentes de Servicios Sanitarios, en materia de gestión de personal sometido a régimen estatutario, el ejercicio de las competencias en materia de selección y nombramiento del personal temporal.

III.- La Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC nº 121, de 21.6.11).

IV.- La Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 20 de octubre de 2017, por la que se aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico Industrial, en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 211, de 2.11.17).

Por cuanto antecede,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar proceso selectivo entre todos los candidatos integrantes de la Lista de Empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial vinculados orgánicamente a la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento a efectos de la cobertura, mediante nombramiento de personal estatutario temporal de la categoría de Ingeniero/a Técnico/a Industrial para desempeñar sus funciones como Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

Segundo.- El proceso se regirá por las siguientes

BASES

Primera.- Normas generales.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto conformar, en el ámbito del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, lista específica de la categoría de Ingeniero/a Técnico/a Industrial-Técnico/a de Calidad, con los integrantes de la vigente Lista de Empleo de la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico Industrial a los que se reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para desempeñar sus funciones en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

1.2. El procedimiento consistirá en la comprobación de reunir los requisitos requeridos para el desempeño del puesto en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del citado Centro Hospitalario y que se señalan en la base tercera.

1.3. Todas las publicaciones relacionadas con el proceso se realizarán en el tablón de anuncios de esta Dirección Gerencia, ubicado en la siguiente dirección: Edificio Anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (Unidad de Atención al Empleado), Avenida Marítima del Sur, s/n, código postal 35016-Las Palmas de Gran Canaria y en la intranet del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

Segunda.- Participantes.

Únicamente podrán participar en la presente convocatoria los candidatos que formen parte de la Lista de Empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial vinculados orgánicamente a la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 211, de 2 de noviembre de 2017.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes integrantes de la Lista de Empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil para desempeñar sus funciones como Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia de este Centro asistencial, deberán acreditar, al término del plazo fijado para la presentación de solicitudes:

* Titulación en Ingeniería Técnica Industrial o Grado equivalente.

* Acreditación de formación de la norma UNE-EN ISO 9001.

* Acreditación de formación en el modelo EFQM.

* Acreditación de experiencia en el diseño de sistemas de calidad basado en la norma ISO 9001 en empresas.

* Acreditación como docente en actividades formativas en gestión o sobre la norma ISO 9001.

* Experiencia en la implantación del modelo de autoevaluación EFQM.

* Conocimiento y/o formación en auditorías.

* Conocimiento y/o realización de auditorías internas según norma ISO 9001 y/o ISO 14001.

* Dominio de herramientas informáticas (editores de texto, desarrollo de bases de datos y hojas de cálculo).

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Cuarta.- Plazos de presentación y registro de solicitudes.

4.1. Las solicitudes para participar en esta convocatoria se ajustarán necesariamente al modelo que figura en el Anexo I de la presente Resolución y se dirigirán a la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

4.2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4.3. La solicitud de participación, acompañada de los documentos que se refiere la base quinta de esta convocatoria, se presentarán en el Registro Auxiliar de la Dirección Gerencia ubicado en la planta baja del Edificio Anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria, o en cualquiera de las dependencias previstas en el Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta.- Documentación.

5.1. Junto a la solicitud, los participantes deberán aportar inexcusablemente los siguientes documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base tercera de la presente Resolución:

* Fotocopia compulsada del DNI o documento acreditativo de la identidad.

* Fotocopia compulsada del título exigido, o en su defecto, resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditar su homologación según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, y el Real Decreto 1830/2004, de 27 de agosto, o su reconocimiento al amparo de lo establecido en la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre. Dicha homologación deberá estar concedida, no en tramitación, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

* Documentación compulsada acreditativa de los cursos, experiencia y formación requerida.

5.2. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, suscritos por autoridades competentes, legalizados por vía diplomática y acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción al castellano.

Sexta.- Admisión y comprobación de los requisitos por los aspirantes.

6.1. La documentación presentada por los aspirantes será revisada por la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos, a efectos de comprobar la acreditación de los méritos requeridos.

6.2. Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados que se aporten durante el plazo de presentación de solicitudes.

6.3. La Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario aprobará, mediante Resolución que se publicará en sus tablones de anuncios e intranet, la relación provisional de los candidatos admitidos y excluidos que reúnan los requisitos requeridos para desempeñar puesto específico como Ingeniero/a Técnico/a Industrial-Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

6.4. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución para subsanar los defectos apreciados y, en su caso, la exclusión indebida. Si dentro del plazo establecido no subsanan el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, no se les reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para el desempeño de las funciones como Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil.

6.5. Una vez finalizado el plazo de subsanaciones y reclamaciones y estudiadas las mismas por la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección Gerencia dictará Resolución aprobando la lista definitiva de integrantes de la Lista de Empleo de Ingeniero/a Técnico/a Industrial-Técnico/a de Calidad a quienes se reconoce preferencia en el orden de llamamiento para ofertar nombramiento estatutario de carácter temporal para el desempeño de las funciones como Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, que publicará en sus tablones de anuncios e intranet.

Séptima.- Criterio de llamamiento.

7.1. Cuando surja la necesidad de cubrir temporalmente un puesto de Técnico/a de Calidad en la Unidad de Gestión de la Calidad, perteneciente a la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, se procederá al llamamiento de los candidatos a los que se les haya reconocido preferencia mediante el presente procedimiento.

7.2. El orden de llamamiento vendrá determinado por el lugar que se ocupe en la vigente Lista de Empleo correspondiente a la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Industrial vinculado orgánicamente a esta Dirección Gerencia y que además figure en la correspondiente lista específica como Técnico/a de Calidad conformada para la Unidad de Gestión de la Calidad de la Coordinación del Área de Gestión de la Calidad, Atención al Usuario y Formación Continuada y Docencia del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, conforme a los requisitos requeridos en la presente convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, o bien potestativamente recurso de reposición dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de un mes a partir del siguiente al de la citada publicación/notificación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2020.- La Directora Gerente, María Alejandra Torres Afonso.

Ver anexo en las páginas 5516-5516 del documento Descargar

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