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BOC Nº 32. Lunes 17 de Febrero de 2020 - 641

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 (antiguo Mixto nº 1) de San Cristóbal de La Laguna

641 EDICTO de 26 de abril de 2019, relativo al fallo y auto de rectificación de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000876/2017.

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BOC-A-2020-032-641. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Ángel Luis Sánchez Martínez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 (antiguo Mixto nº 1) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En La Laguna, a 23 de abril de 2019.

La Ilustrísima Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Divorcio de referencia, promovidos por D. Jesús Germán Navarro Mesa, y en su representación el Procurador de los tribunales Sra. Lara Rodríguez, y con asistencia del letrado Sr. Navarro Mesa, contra Dña. Carla González Rodríguez, declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador Sra. Lara Rodríguez, en nombre y representación de quien comparece, y en su consecuencia debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado por D. Jesús Germán Navarro Mesa y Dña. Carta González Rodríguez con todos los efectos legales inherentes.

Se acuerdan como medidas para regular las consecuencias de la anterior declaración las siguientes,

1°.- Los cónyuges podrán vivir separados cesando la presunción de convivencia conyugal.

2°.- Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, en su caso.

Todo ello sin hacer declaración expresa en materia de costas procesales.

Contra esta Sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación. Para su admisión a trámite será necesario haber consignado previamente a la solicitud de preparación, y en la cuenta de Depósitos de este Juzgado, un depósito de cincuenta euros conforme a lo establecido en la Disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

AUTO

En San Cristóbal de La Laguna, a 26 de abril de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente juicio se ha dictado Sentencia 23 de abril de 2019, que ha sido notificada a las partes en 24 de abril de 2019.

Segundo.- En la referida resolución en el encabezado de la Sentencia se expresa: "En La Laguna, a 23 de abril de 2019.

La Ilustrísima Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Divorcio de referencia, promovidos por D. Jesús Germán Navarro Mesa, y en su representación el Procurador de los tribunales Sra. Lara Rodríguez, y con asistencia del letrado Sr. Navarro Mesa, contra Dña. Carla González Rodríguez, declarada en situación de rebeldía procesal.

cuando en realidad se debiera haber expresado: En La Laguna, a 23 de abril de 2019.

La Ilustrísima Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Divorcio de referencia, promovidos por D. Jesús Germán Navarro Mesa, y en su representación el Procurador de los tribunales Sra. Lara Rodríguez, y con asistencia del letrado Sr. Manuel Montesinos Borges, contra Dña. Carla González Rodríguez, declarada en situación de rebeldía procesal.

Tercero.- Por el Procurador D./Dña. Elena Margarita Lara Rodríguez se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.

PARTE DISPOSITIVA

SE RECTIFICA el encabezamiento de la Sentencia de fecha 23 de abril de 2019, en el sentido de donde se dice

"En La Laguna, a 23 de abril de 2019.

La Ilustrísima Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Divorcio de referencia, promovidos por D. Jesús Germán Navarro Mesa, y en su representación el Procurador de los tribunales Sra. Lara Rodríguez, y con asistencia del letrado Sr. Navarro Mesa, contra Dña. Carla González Rodríguez, declarada en situación de rebeldía procesal.

Debe decir.

En La Laguna, a 23 de abril de 2019.

La Ilustrísima Sra. Dña. Judith Isabel Lorenzo Bastidas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de esta Ciudad, habiendo visto los presentes autos de Divorcio de referencia, promovidos por D. Jesús Germán Navarro Mesa, y en su representación el Procurador de los tribunales Sra. Lara Rodríguez, y con asistencia del letrado Sr. Manuel Montesinos Borges, contra Dña. Carla González Rodríguez, declarada en situación de rebeldía procesal.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Carla González Rodríguez, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 26 de abril de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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