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BOC Nº 32. Lunes 17 de Febrero de 2020 - 630

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

630 RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2020, por la que se hace pública la corrección de errores de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, que convocaba pruebas selectivas mediante el sistema de concurso oposición restringido, para cubrir un puesto de Personal Laboral Fijo, Titulado Superior, Seguridad, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Universidad (BOC nº 251, de 30.12.19).

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BOC-A-2020-032-630. Firma electrónica - Descargar

Una vez publicada la Resolución de la Gerencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 13 de diciembre de 2019, por la que se convocan las pruebas selectivas mencionadas en el encabezamiento (publicación en el BOC de 30.12.19), se ha detectado un error material en la misma que procede subsanar.

De conformidad, con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Gerencia, en uso de las atribuciones que tiene delegadas por Resolución del Rectorado de esta Universidad de fecha 3 de noviembre de 2018 (BOC de 14.12.18).

R E S U E L V E:

Primero.- Realizar la corrección de errores que se recoge en el Anexo I a la presente Resolución.

Segundo.- Abrir un nuevo plazo de solicitudes de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución y considerar admitidas las solicitudes presentadas dentro del plazo de 20 días hábiles de la Resolución del 13 de diciembre de 2019, siempre que cumplan todos los requisitos para ello.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de enero de 2020.- La Gerente, María Eulalia Gil Muñiz.

A N E X O I

APARTADO 4. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.

En el apartado b), donde dice:

"b) Poseer la titulación de Grado, Licenciatura o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación."

En el mismo apartado b), debe decir:

"b) Poseer la titulación de Grado, Licenciatura o equivalente más la habilitación oficial para ejercer como Director/a de Seguridad. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación."

APARTADO 5. SOLICITUDES.

En el apartado 5.6.a), donde dice:

"a) Copia del Título de Grado, Licenciado o Equivalente, o del resguardo de su solicitud. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, estos deberán ir acompañados de la resolución de la homologación expedida por el Ministerio de Educación español. La presentación de esta documentación no será preceptiva cuando obre en su expediente personal."

En el mismo apartado 5.6.a), debe decir:

"a) Copia del Título de Grado, Licenciado o Equivalente, o del resguardo de su solicitud. Copia de la habilitación oficial para ejercer como Director/a de Seguridad. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, estos deberán ir acompañados de la resolución de la homologación expedida por el Ministerio de Educación español. La presentación de esta documentación no será preceptiva cuando obre en su expediente personal."

ANEXO I. PUESTO QUE SE CONVOCA.

Se añade el siguiente texto:

"REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO: TITULACIÓN PROPIA DEL GRUPO DE CLASIFICACIÓN MÁS HABILITACIÓN OFICIAL PARA EJERCER COMO DIRECTOR/A DE SEGURIDAD."

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