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BOC Nº 30. Jueves 13 de Febrero de 2020 - 565

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

565 ORDEN de 3 de febrero de 2020, por la que se corrige error material detectado en la Orden de 16 de enero de 2020, que aprueba las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas al objeto de prolongar durante doce meses adicionales la "Tarifa Plana" en la cuota de cotización de la Seguridad Social, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado (BOC nº 19, de 29.1.2020).

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BOC-A-2020-030-565. Firma electrónica - Descargar

Advertido error material en la base vigésima del Anexo 1 de la Orden de 16 de enero de 2020, de la Consejería de Economía Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras por la que se regirá la concesión de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas al objeto de prolongar durante doce meses adicionales la "Tarifa Plana" en la cuota de cotización de la Seguridad Social, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado (BOC nº 19, de 29.1.2020) y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que "las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

R E S U E L V O:

Corregir el error material detectado en la base vigésima del Anexo 1 de la Orden de 16 de enero de 2020, de la Consejería de Economía Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras por la que se regirá la concesión de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras autónomas al objeto de prolongar durante doce meses adicionales la "Tarifa Plana" en la cuota de cotización de la Seguridad Social, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado, en siguiente sentido:

Donde dice:

"De acuerdo con los artículos 3.2 de los citados reglamentos, el importe máximo de total de las ayudas de minimis que se pueden recibir durante tres ejercicios fiscales es de:

- 200.000 euros, en general, y 100.000 euros, en el caso de empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

- 30.000 euros, si operan en el sector de la pesca y acuicultura.

- 20.000 euros, si opera en el sector de la agricultura."

Debe decir:

"De acuerdo con los artículos 3.2 de los citados reglamentos, el importe máximo de total de las ayudas de minimis que se pueden recibir durante tres ejercicios fiscales es de:

- 200.000 euros, en general, y 100.000 euros, en el caso de empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

- 20.000 euros, si opera en el sector de la agricultura."

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2020.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,

CONOCIMIENTO Y EMPLEO,

Elena Máñez Rodríguez.

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