Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 28. Martes 11 de Febrero de 2020 - 530

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

530 Secretaría General Técnica.- Resolución de 27 de enero de 2020, por la que se ordena la publicación de la Adenda séptima de prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 20 de junio de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales.

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 310.18 Kb.
BOC-A-2020-028-530. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 20 de junio de 2016, se formalizó un Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 8 de julio de 2016, con el nº RCO2016TF00010 y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 140, de 21 de julio de 2016.

Segundo.- Con fecha 22 de diciembre de 2016, se firmó la Adenda primera de prórroga del Convenio ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2017, y ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 14, de 20 de enero de 2017.

Tercero.- Con fecha 10 de mayo de 2017, se firmó la Adenda segunda de modificación y prórroga ampliando la vigencia del Convenio desde el 1 de julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 105, de 2 de junio de 2017.

Cuarto.- Con fecha 15 de septiembre de 2017, se firmó la Adenda tercera de modificación del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 197, de 11 de octubre de 2017.

Quinto.- Con fecha 21 de diciembre de 2017, se firmó la Adenda cuarta de modificación y prórroga ampliando la vigencia del Convenio desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 y ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 26, de 6 de febrero de 2018.

Sexto.- Con fecha 30 de octubre de 2018, se ha firmado la Adenda quinta de modificación del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 230, de 27 de noviembre de 2018.

Séptimo.- Con fecha 20 de diciembre de 2018, se firmó la Adenda sexta de prórroga y modificación del Convenio, ampliando su vigencia desde 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019 y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 23, de 4 de febrero de 2019.

Octavo.- Con fecha 30 de diciembre de 2019, se ha firmado la Adenda séptima de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2020, hasta el 30 de junio de 2020.

A los anteriores, le es de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO JURÍDICO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias de Canarias, se deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. En el mismo plazo también deberán publicar en el citado diario oficial los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, salvo las relativas a empleo y vivienda. Asimismo asume las competencias en materia de igualdad y juventud que tenía atribuidas la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, aplicable en virtud de la Disposición transitoria primera del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda séptima de Prórroga del Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales , cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de enero de 2020.- La Secretaria General Técnica, Marlene Santana Rodríguez.

A N E X O

ADENDA SÉPTIMA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 20 DE JUNIO DE 2016 ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA EXTINTA CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA "ASOCIACIÓN PARA LA ACCIÓN SOCIO COMUNITARIA SUMAS" PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE LLEVA CONSIGO EL ACOGIMIENTO FAMILIAR ESPECIALIZADO PARA MENORES CON NECESIDADES O CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES.

En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2019.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. María Teresa Cruz Oval, Consejera de Sanidad, por suplencia de la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, de conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente nº 217/2019, de 29 de noviembre, en virtud de su nombramiento mediante el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros y a las Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC nº 137, de 18 .7.19), actuando en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en virtud de las competencias que el otorga el artículo 29.1, letra k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, así como de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 136, de 17.7.19), así como en el artículo 1.d) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre (BOC nº 188, de 27.9.16) el cual resulta de aplicación supletoria en virtud de lo previsto en la Disposición transitoria primera del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 149, de 5.8.19).

De otra parte D. Francisco Javier Figueroa Marrero, con DNI nº ****5574* en calidad de Presidente de la Asociación para la Acción Sociocomunitaria SUMAS, con CIF G-76654102 habilitada como entidad colaboradora de atención integral a menores por Resolución nº LRS2014FA17767 de la extinta Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia, hoy Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, el 28 de noviembre de 2014, ampliada mediante resolución nº LRS2015MM00615, de 30 de octubre de 2015, de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, actuando en nombre y representación de la misma, de conformidad con las competencias y facultades que le son conferidas en el artículo 19 de sus Estatutos Fundacionales aprobados el 29 de octubre de 2014, que continúan en vigor según Certificación del Secretario de la entidad de ratificación de cargos, de fecha 22 de noviembre de 2019.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio y al efecto,

EXPONEN

Primero.- El 20 de junio de 2016, se formalizó Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales, inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 8 de julio de 2016 y con nº RCO2016TF00010, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 140, de 21 de julio de 2016.

Segundo.- Con fecha 22 de diciembre de 2016, se firmó Adenda primera de prórroga al Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 14, de 20 de enero de 2017.

Tercero.- Con fecha 10 de mayo de 2017, se firmó Adenda segunda de modificación y prórroga al Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 105, de 2 de junio de 2017.

Cuarto.- Con fecha 15 de septiembre de 2017, se firmó Adenda 3ª de modificación, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 197, de 11 de octubre de 2017.

Quinto.- Con fecha 21 de diciembre de 2017, se firmó Adenda 4ª de modificación y prórroga, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 26, de 6 de febrero de 2018.

Sexto.- Con fecha 30 de octubre de 2018, se firmó Adenda 5ª de modificación, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 230, de 27 de noviembre de 2018.

Séptimo.- Con fecha 20 de diciembre de 2018, se firmó Adenda 6ª de modificación, y prórroga, ampliando la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 23, de 4 de febrero de 2019.

Octavo.- La cláusula decimosegunda, en su redacción dada por la Adenda cuarta, establece que el Convenio tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 y podrá ser objeto de prórrogas, previa acreditación de la existencia de crédito adecuado, suficiente y disponible en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias y suscripción de la pertinente Adenda de prórroga. La duración máxima del Convenio, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de cuatro años.

Noveno.- La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, que entró en vigor el 18 de mayo de 2019, en su Disposición transitoria tercera, señala que mientras no se dicten las correspondientes normativas de desarrollo en materia de conciertos sociales, se prorrogarán aquellos convenios vigentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley, siempre que exista acuerdo entre las partes.

Décimo.- Llegado el vencimiento del Convenio, procede mantener un marco de colaboración entre la Entidad Colaboradora Asociación SUMAS y la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, hasta el 30 de junio de 2020, a fin de ofrecer apoyo técnico al acogimiento familiar de menores con características especiales y especializado, en tanto que es competencia exclusiva de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, que requieren procesos de intervención terapéutica en la Comunidad Autónoma de Canarias para menores bajo tutela o guarda de la Entidad Pública garantizando la colaboración técnica cuando sea preciso y el adecuado funcionamiento del programa, para poder seguir realizando la actividad objeto del Convenio.

Las partes, según están representadas, firman la presente Adenda y se comprometen a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- La vigencia del Convenio de Colaboración suscrito el 20 de junio de 2016, entre la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales, se prorroga desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020.

Segunda.- La aportación máxima por parte del departamento se fija, en atención al número de casos atendidos y a la ampliación del periodo de vigencia, en trescientos noventa y siete mil cuatrocientos setenta y un euros con setenta y cuatro céntimos (397.471,74 euros), cantidad que se imputará al presupuesto de gastos de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, en la aplicación presupuestaria 23.17.231H.2297100 quedando condicionada su efectividad a la existencia de crédito adecuado, suficiente y disponible en la aplicación presupuestaria indicada en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2020.

Tercera.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio citado, seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por las sucesivas adendas.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuadriplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- La Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, p.s., la Consejera de Sanidad (Decreto del Presidente nº 217/2019, de 29.11.19), María Teresa Cruz Oval.- Asociación SUMAS, Francisco Javier Figueroa Marrero.

© Gobierno de Canarias