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BOC Nº 24. Miércoles 5 de Febrero de 2020 - 464

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

464 Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan).- Resolución de 22 de enero de 2020, del Consejero Delegado, por la que se dispone la publicación de la segunda Adenda al Convenio de Colaboración entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. y Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo.

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BOC-A-2020-024-464. Firma electrónica - Descargar

Primero.- Que Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan), es una sociedad mercantil pública creada por el Gobierno de Canarias mediante Decreto 271/1991, de 18 de octubre, que forma parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en relación con el artículo 117 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Que los convenios suscritos por la sociedad mercantil pública Gesplan con la Administración General del Estado, con los entes, entidades u organismos que formen parte del sector público estatal, con otras comunidades autónomas, con órganos constitucionales o estatutarios, con entes públicos extranjeros u organismos internacionales, con los Cabildos Insulares, los ayuntamientos y demás entidades locales canarias; así como con cualquier otra institución o persona física o jurídica, tanto de naturaleza pública como privada, están sujetos a las prescripciones del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en su artículo 3.1.

Tercero.- Que el artículo 20 del citado Decreto dispone que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma. En el mismo plazo también deberán publicar en el citado diario oficial los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

Cuarto.- Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de los Estatutos Sociales de Gesplan, la representación de la sociedad corresponde al Consejo de Administración.

Quinto.- Que el Consejo de Administración, en sesión celebrada, el día 8 de noviembre de 2019, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: Nombramiento de Consejero Delegado, delegación de facultades y autorización al Presidente del Consejo de Administración para la firma de su contrato y de otras actuaciones, por el que, se nombra a D. Manuel Agoney Piñero Ortiz, Consejero Delegado y se le delegan todas las facultades del Consejo de Administración, excepto las indelegables legal y estatutariamente.

Que dicho acuerdo fue elevado a público en escritura pública, otorgada ante el Notario de en Las Palmas de Gran Canaria, D. Lesmes Gutiérrez Rodríguez-Moldes, el día diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, bajo el protocolo dos mil ciento cincuenta y ocho, e inscrito en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria.

Sexto.- Que en virtud de lo expuesto, ut supra,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la segunda Adenda al Convenio de Colaboración entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. y Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de enero 2020.- El Consejero Delegado, Manuel Agoney Piñero Ortiz.

A N E X O

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. Y DÑA. MARÍA INMACULADA AMADOR NARANJO, DÑA. MARÍA SOLEDAD RIVERO ALMEIDA Y DÑA. TERESA NAVARRO TRUJILLO.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Agoney Piñero Ortiz, Consejero Delegado de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante Gesplan), con CIF A38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración, celebrada el 8 de noviembre de 2019, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.

Y de otra, Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, con DNI nº 4283*****, con domicilio en la calle *******; Dña. María Soledad Rivero Almeida, con DNI nº ****5436*, domiciliada en la calle *******; y Dña. Teresa Navarro Trujillo, con DNI nº 42****60* y domicilio en la calle ******, todos en el Las Palmas de Gran Canaria.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento, y en ese sentido,

EXPONEN

I.- Que con fecha 6 de febrero de 2019, se firma Convenio de Colaboración entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. y Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, para fomentar la adopción de los animales acogidos en el Albergue Insular de Animales, a través de su difusión mediante la página de Facebook "Adopta y salva una vida en Bañaderos" gestionada por las colaboradoras, publicado en el Boletín Oficial de Canarias, nº 44, de 5 de marzo de 2019, e inscrito en el Registro de Convenios del Gobierno de Canarias, bajo el número 56/2019.

II.- Que con fecha 27 de septiembre de 2019, se firma Adenda de prórroga del citado Convenio de Colaboración entre Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. y Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, nº 213, de 5 de noviembre de 2019, e inscrita en el Registro de Convenios del Gobierno de Canarias, estableciendo la estipulación única que: <<Se modifica la estipulación séptima del Convenio quedando de la siguiente manera: La duración de este Convenio será hasta el 31 de diciembre de 2019, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento por el periodo que las partes acuerden, siendo necesario firmar por todas las partes un documento de prórroga, siendo el plazo máximo del presente Convenio y de sus posibles prórrogas el establecido en el artículo 49.h).1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ya citada anteriormente>>.

III.- Que la estipulación segunda del Convenio establece que: <<Que para lograr estos objetivos se llevarán a cabo las siguientes actividades:

* Generar periódicamente contenido audiovisual de parte de los animales del centro disponibles para su adopción.

* Promocionar, a través de las redes sociales gestionadas por las Colaboradoras, casos concretos de animales alojados en el centro.

Para el buen desarrollo de las citadas actividades, Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, comunicarán a los responsables de Gesplan en el Albergue las personas autorizadas por las mismas que vayan a acceder a las instalaciones para llevar a cabo los fines descritos en el presente Convenio. Esta información se suministrará por correo electrónico al Responsable de Gesplan en el Albergue.

Dicho acceso a las instalaciones está supeditado a que haya personal de Gesplan en el Albergue y deberá ser previamente comunicado al director o a las personas responsables de Gesplan del Albergue.

Durante las visitas de Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo al Albergue, estarán acompañadas por personal del mismo y podrán tomar imágenes y videos de los animales autorizados por dicho personal, exclusivamente, y solamente para la consecución de los objetivos que se describen en el presente Convenio, y para su publicación en la página web del Albergue y en la página del Facebook que gestiona las colaboradoras, siendo responsables si esas imágenes se emplean para fines distintos a los indicados.

Gesplan cederá imágenes de forma periódica de los animales que se encuentran en el Albergue con el fin de que sean usadas para promocionar su adopción. Para ello, Gesplan mantendrá informadas a Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, de las adopciones realizadas (especialmente de aquellos animales que se están difundiendo en las redes administradas por las colaboradoras) así como de los animales que lleguen al Albergue o estén alojados en el mismo, con el fin de que la información divulgada esté actualizada.

Queda totalmente prohibido un uso privado de las instalaciones distinto a las indicadas en el presente Convenio.

Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, se comprometen a cumplir en todo momento las normas establecidas en el Albergue por Gesplan>>.

III.- Que mediante Decreto nº 70/2019, de fecha 23 de diciembre, se prorroga durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020, el encargo adjudicado mediante Resolución, nº 1824, de 28 de diciembre de 2018, a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. para la ejecución del Servicio de Gestión del Albergue Insular de Animales Domésticos Abandonados, prorrogado el encargo durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019, mediante Decreto nº 40/2019, de 19 de septiembre.

En consecuencia, ambas partes acuerdan formalizar la segunda Adenda al Convenio, según las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- Se modifica la estipulación séptima del Convenio y la estipulación única de la Adenda, de fecha 27 de septiembre de 2019, quedando redactada de la siguiente manera:

La duración de este Convenio será hasta el 30 de junio de 2020, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento, por el periodo que las partes acuerden, siendo necesario firmar por todas las partes un documento de prórroga, siendo el plazo máximo del presente Convenio y de sus posibles prórrogas el establecido en el artículo 49.h).1º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ya citada anteriormente.

Segunda.- Se modifica la estipulación segunda del Convenio, quedando redactada de la siguiente manera:

Que para lograr estos objetivos se llevarán a cabo las siguientes actividades:

* Generar periódicamente contenido audiovisual de parte de los animales del centro disponibles para su adopción.

* Promocionar, a través de las redes sociales gestionadas por las Colaboradoras, casos concretos de animales alojados en el centro.

Para el buen desarrollo de las citadas actividades, Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, comunicarán a los responsables de Gesplan en el Albergue las personas autorizadas por las mismas que vayan a acceder a las instalaciones para llevar a cabo los fines descritos en el presente Convenio. Esta información se suministrará por correo electrónico al Responsable de Gesplan en el Albergue.

Dicho acceso a las instalaciones está supeditado a que haya personal de Gesplan en el Albergue y deberá ser previamente comunicado al director o a las personas responsables de Gesplan del Albergue.

Durante las visitas de Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo al Albergue, estarán acompañadas por personal del mismo y podrán tomar imágenes y videos de los animales autorizados por dicho personal, exclusivamente, y solamente para la consecución de los objetivos que se describen en el presente Convenio, y para su publicación en la página web del Albergue y en la página del Facebook que gestiona las colaboradoras, siendo responsables si esas imágenes se emplean para fines distintos a los indicados.

Gesplan cederá imágenes de forma periódica de los animales que se encuentran en el Albergue con el fin de que sean usadas para promocionar su adopción.

Queda totalmente prohibido un uso privado de las instalaciones distinto a las indicadas en el presente Convenio.

Dña. María Inmaculada Amador Naranjo, Dña. María Soledad Rivero Almeida y Dña. Teresa Navarro Trujillo, se comprometen a cumplir en todo momento las normas establecidas en el Albergue por Gesplan>>.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, ambas partes subscriben el presente documento, en tres ejemplares, en el lugar y fecha indicados ut supra.- El Consejero Delegado, Manuel Agoney Piñero Ortiz.- María Inmaculada Amador Naranjo.- María Soledad Rivero Almeida.- Teresa Navarro Trujillo.

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