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BOC Nº 24. Miércoles 5 de Febrero de 2020 - 462

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

462 Secretaría General Técnica.- Resolución de 20 de enero de 2020, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, la Fundación Bancaria Caixa D'Estalvis I Pensions de Barcelona, "La Caixa", y la Fundación Bancaria Cajacanarias para el proyecto de Aulas multisensoriales en Centros de Educación Especial.

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BOC-A-2020-024-462. Firma electrónica - Descargar

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del Convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, la Fundación bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, "La Caixa", y la Fundación Bancaria Cajacanarias, para el proyecto de Aulas multisensoriales en Centros de Educación Especial.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 2020.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

A N E X O

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, LA FUNDACIÓN BANCARIA CAIXA D'ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA, "LA CAIXA", Y LA FUNDACIÓN BANCARIA CAJACANARIAS PARA EL PROYECTO DE AULAS MULTISENSORIALES EN CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL.

En Canarias, a 4 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

La Excma. Sra. Dña. María José Guerra Palmero, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrada mediante Decreto 121/2019, de 17 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC nº 137, de 18.7.19), actuando en nombre y representación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, en uso de las facultades que les confieren los artículos 16 y 29.1.k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en su redacción actual.

de otra parte,

El Sr. D. Rafael Fernando Chueca Blasco, Director Corporativo de Territorio y Centros, actuando en nombre y representación, de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, "la Caixa" (en adelante, Fundación Bancaria "la Caixa"), entidad domiciliada en Palma (Illes Balears), Plaza Weyler, 3, código postal, 07001 y con CIF G58899998.

y, de otra parte,

El Sr. D. Alberto Delgado Prieto, Presidente de la Fundación Bancaria CajaCanarias (en adelante, Fundación CajaCanarias), actuando en nombre y representación de la misma, entidad domiciliada en Santa Cruz de Tenerife, Plaza del Patriotismo, nº 1 y CIF G38001749.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen la capacidad legal y necesaria para formalizar el presente Convenio de Colaboración y, en especial, de la representación de las instituciones que se mencionan, y

MANIFIESTAN

I. Que de conformidad con la exposición de motivos de la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC nº 152, de 7 de agosto), la Comunidad Autónoma de Canarias tiene, según el artículo 32.1 de su Estatuto de Autonomía, competencia plena en materia de educación, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y las leyes orgánicas que lo desarrollan. Canarias tiene además características propias que su sistema educativo debe considerar. Así pues, en el marco de las leyes educativas vigentes, nuestra Comunidad Autónoma necesita definir, contextualizar y desarrollar un sistema educativo de calidad para responder así a una realidad singular que precisa y demanda políticas específicas orientadas a garantizar, en el marco constitucional y estatutario, el derecho a la educación de todos los canarios y canarias y de los que han decidido vivir entre nosotros.

Que la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias al que le corresponde dirigir y ejecutar, bajo las directrices del Gobierno, la política educativa del Departamento.

Que, bajo la superior dirección de la Consejera, la Consejería Educación, Universidades, Cultura y Deportes se estructura en una serie de órganos superiores entre los que se encuentra la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad, que tiene entre sus competencias generales y específicas, en materia de promoción educativa se encuentran la de gestionar y desarrollar las distintas acciones específicas de compensación socioeducativa en los términos establecidos en las normas de rango legal, en el marco competencial de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y desarrollar e impulsar actuaciones de promoción social y educativa dirigidas a la población escolar que vive en nuestra Comunidad. También dicha Dirección General en materia de ordenación e innovación educativa, está la de diseñar e impulsar actuaciones para la generalización del uso educativo y didáctico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los centros educativos (BOC nº 203, 19.10.16, artº. 13).

II. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en el Capítulo I como principios del sistema educativo «La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias" y "La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad».

En el Decreto 25/2018, de 26 de febrero, por el que se regula la atención a la diversidad en el ámbito de las enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias se especifica que la educación inclusiva consiste en mantener altas expectativas con respecto a todos los alumnos y las alumnas, y en establecer las diferentes formas en que estas se pueden alcanzar. Significa trasladar el foco de atención del alumnado al contexto, en el sentido de que no son tan determinantes las condiciones y las características del alumnado como la capacidad que tenga el centro educativo para acoger, valorar y responder a la diversidad de necesidades que estos plantean.

Todos los aprendizajes y conocimientos del ser humano provienen de la información que percibimos mediante los sentidos en forma de sensaciones. Durante el desarrollo, se va adquiriendo una representación del mundo cada vez más compleja, a medida que se vaya experimentando y conectando dicha información. La manera que tenemos de aprender, de conocer y de crear las representaciones mentales de nuestro entorno es a través de los sentidos.

El alumnado con necesidades educativas especiales requiere de un entorno estimulante que le permita adquirir diferentes experiencias que le ayuden a dar significado a las sensaciones que percibe, a integrar la información que recibe y a potenciar su capacidad para comunicar lo que siente.

La utilización de tecnologías de la información y la comunicación en los espacios multisensoriales facilita de forma cualitativa la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, desarrolla capacidades y competencias, atendiendo a la singularidad y a las necesidades individuales de cada alumno y alumna, potencia la motivación dando un carácter significativo a los aprendizajes y favorece la calidad de vida del alumnado con necesidades educativas especiales.

"Garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y promover las oportunidades de aprendizaje permanente para todos" es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que las Naciones Unidas han definido en septiembre de 2015 para los próximos 15 años, como parte de la nueva agenda de desarrollo sostenible, para concluir la labor realizada anteriormente y para garantizar que nadie se quede atrás.

Por tanto, la inclusión digital debe ser también un objetivo prioritario de las políticas educativas para el logro de esos objetivos y este a su vez debe poder adaptarse a las diferentes modalidades de escolarización y necesidades del alumnado. Para ello, resulta más que nunca necesario el desarrollo continuo de instrumentos que incrementen la eficiencia y eficacia de nuestro sector público y su reorganización, con el fin de liberar los recursos presupuestarios necesarios para la prestación de los servicios públicos fundamentales.

III. Que la Fundación Bancaria "la Caixa", contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad.

La misión de la Fundación Bancaria "la Caixa" es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan.

La Fundación Bancaria "la Caixa" desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

IV. Que la Fundación CajaCanarias es una entidad que tiene entre sus fines el mantenimiento y continuación de la obra benéfico social desarrollada a lo largo de su historia, contribuyendo a la promoción del desarrollo y del equilibro económico y social de Canarias. En particular, la Fundación CajaCanarias persigue el fomento de la educación y de la formación, el desarrollo y la innovación empresarial y científica, la promoción y difusión de la cultura, la divulgación y protección del entorno natural, el fomento de la actividad deportiva y la mejora del bienestar social, asistencial y sanitario, y, en general, el progreso de la sociedad canaria.

V. Que la realización de tales objetivos requiere de un planteamiento global y sistémico que facilite el acceso a los recursos educativos que ofrece el Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial".

El proyecto aulas multisensoriales en centros de educación especial pretende facilitar la creación de contextos de aprendizaje a través del uso de las TIC en el alumnado con necesidades educativas especiales, para compensar sus dificultades sensoriales, proporcionando herramientas para trabajar y mejorar sus condiciones de vida utilizando medios y estrategias que trabajan las capacidades más básicas del ser humano: sensación, percepción e integración sensorial.

A través de herramientas como los paneles interactivos, se potencian las relaciones, la comunicación y estructuración, el desarrollo personal y la autonomía del alumnado. Las mesas de luz y las bandejas de exploración luminosa permiten adquirir conocimientos a través de la experimentación sensorial de forma motivadora. La fibra óptica permite experiencias visuales muy estimulantes a través de diversos formatos, en racimos para manipularla, a través de duchas para envolver al alumnado o en alfombras. La luz ultravioleta y los tubos de burbujas ayudan a focalizar la atención, la propiocepción y los seguimientos visuales. Los proyectores ayudan a crear ambientes envolventes en los que entremezclar los diferentes sentidos y favorecer la relajación. Lo que se busca principalmente es crear un espacio de bienestar emocional y físico en el que el alumnado pueda aprender a descubrirse, a relacionarse con el entorno, mediante experiencias sencillas y estructuradas.

VI. Que la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias tienen intención de suscribir un Convenio de Colaboración para la realización conjunta de proyectos de obra social en la Comunidad, y es voluntad de las partes, en el marco del mencionado Convenio, regular los términos de su colaboración en el desarrollo del proyecto mencionado en la anterior manifestación.

Para lo cual resulta esencial constituir esta fórmula de cooperación y coordinación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias con el fin de crear un marco común de trabajo destinado a fijar procedimientos concretos de actuación.

Con el presente Convenio se pretende, en definitiva, establecer un marco de colaboración destinado a potenciar los recursos propuestos en el Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial" y asegurar la máxima eficacia y eficiencia de sus resultados.

A partir de estas manifestaciones, y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan la formalización del presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El presente Convenio de Colaboración regula el establecimiento de las condiciones que deben regir la colaboración de la Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias con la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en relación con el proyecto "Aulas multisensoriales en Centros de Educación Especial" en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias cuya descripción, objetivos y plan de actuación, entre otros aspectos, se detallan en el Anexo I a este Convenio.

Segunda.- Compromisos de la Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias.

La Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias han acordado colaborar conjuntamente con la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para la realización del plan de acción indicado en la cláusula anterior. A dicho fin, la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias realizarán la aportación económica, a favor de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, de la cantidad máxima de doscientos veintitrés mil seiscientos treinta y seis euros (223.636 euros) (impuestos, en su caso, incluidos). La gestión administrativa del pago la realizará la Fundación Bancaria "la Caixa" y se hará efectiva mediante transferencia a una cuenta corriente del Gobierno de Canarias titularidad de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias en CaixaBank, IBAN ES29-0049-1848-7827-1034-4855; señalando claramente el objeto del ingreso: "Convenio de Colaboración entre Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias para el Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial", previa presentación por parte de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de la correspondiente carta de pago (el modelo a presentar se detalla en el Anexo II).

Tercera.- Compromisos de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes destinará íntegramente el importe de la aportación económica que se regula en la cláusula segunda, al proyecto objeto de este Convenio y mencionado en la cláusula primera.

Asimismo, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aportará todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto objeto de este Convenio y será el único responsable de la acción, comprometiéndose a:

1. Dictar las instrucciones que sean necesarias para la ejecución del proyecto.

2. Elaborar los materiales técnicos necesarios para contribuir al desarrollo del Convenio.

3. Dar a conocer el Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial", a través de sus acciones y canales habituales dirigidos a toda la comunidad educativa, garantizando en la misma la presencia de la imagen de la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias.

4. Poner en marcha los recursos y actividades específicas contenidas en el marco del Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial", con la colaboración de la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias.

5. Divulgar los resultados de los proyectos y actuaciones desarrollados en el marco del presente Convenio, garantizando la presencia de la imagen de la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias.

6. Informar, a la finalización del Convenio, tanto a la Fundación la Caixa como a la Fundación CajaCanarias, del desarrollo del Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial", con detalle de la aplicación de los fondos percibidos, así como de los resultados conseguidos.

7. Realizar el seguimiento, coordinación y control de la correcta ejecución del Proyecto "Aulas multisensoriales en centros de educación especial" y justificar la efectiva destinación de las aportaciones de la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias.

8. Aportar todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo el Proyecto objeto de este Convenio siendo el único responsable de la acción.

A la finalización del mismo presentará a la Fundación Bancaria "la Caixa" y/o a la Fundación CajaCanarias, un informe explicativo de la aplicación de los fondos percibidos, así como de los resultados conseguidos.

Cuarta.- Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento del desarrollo de este Convenio y a instancias de la Fundación Bancaria "la Caixa" o Fundación CajaCanarias, podrá ser convocada, en cualquier momento, una comisión paritaria mixta, integrada por representantes de cada una de las partes firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento y que tendrá la siguiente composición:

* Un representante de Fundación Bancaria "la Caixa".

* Un representante de Fundación CajaCanarias.

* Dos representantes de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

* Un Secretario, con voz y sin voto, funcionario de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, que se encargará de redactar las actas de las reuniones de la Comisión de Seguimiento.

A esta comisión, que adoptará todas las decisiones mediante el consenso de las partes que la componen, le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

- Velar por el correcto desarrollo del proyecto.

- Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

- Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de la ayuda económica.

- Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

- Evaluar el resultado de la colaboración.

Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente Convenio y/o que las partes estimen convenientes.

La Comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo. De las reuniones se extenderán las correspondientes actas que deberán ser firmadas por los asistentes.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinta.- Justificación de la aportación y auditoría.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes deberá aportar la documentación precisa para verificar la ejecución del proyecto y la correcta aplicación de la aportación económica.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes pondrá a disposición de Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias la documentación económica relativa al proyecto en el que colaboran las Fundaciones. Esta documentación se podrá consultar por Fundación Bancaria "la Caixa" y/o por Fundación CajaCanarias en el momento que estas la soliciten para verificar y controlar la ejecución del proyecto.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y autoriza a Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias, así como a las empresas o firmas especializadas por ella contratadas a realizar auditorías en los centros participantes en el proyecto para verificar la correcta aplicación de los fondos percibidos, y el cumplimiento de las actividades previstas en el proyecto.

Sexta.- Difusión.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes previo consenso con la Fundación Bancaria "la Caixa" y con Fundación CajaCanarias, se compromete a difundir la colaboración de las mismas en los documentos, soportes gráficos, audiovisuales, publicitarios y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a la dotación efectuada por estas, y en su Memoria Anual y página web. La Fundación Bancaria "la Caixa" con la Fundación CajaCanarias deberán aprobar previamente, en su caso, la utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público (ruedas de prensa, acto público de firma, etc.).

Por su parte, la Fundación Bancaria "la Caixa" y Fundación CajaCanarias podrán realizar la difusión que estimen conveniente de la colaboración regulada mediante este Convenio, previa aprobación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en lo que se refiere al correcto uso de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos.

Séptima.- Tratamiento de datos de carácter personal.

7.1. Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que esta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:

* Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de seguridad de cada una de ellas son los siguientes:

* Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria "la Caixa": E-mail: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal 621-629, 08028-Barcelona.

* Datos del delegado de protección de datos o en su caso, del responsable de Seguridad de la Fundación CajaCanarias: Dirección postal: Plaza del Patriotismo, 1, 38002-Santa Cruz de Tenerife.

* Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de seguridad de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes: Dirección postal: calle Granadera Canaria, nº 2, Edificio Granadera, 1ª planta, 35001-Las Palmas de Gran Canaria o Avenida Buenos Aires, nº 5, Edificio Tres de Mayo, 4ª planta, 38071-Santa Cruz de Tenerife.

* Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.

* En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de seguridad, a través de las direcciones indicadas.

* Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de seguridad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

* Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de seguridad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

7.2. Queda expresamente convenido que todos los datos o información que la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes comunique a Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias en relación con el proyecto o programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias, durante el desarrollo del presente Convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Convenio, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria "la Caixa" y/o Fundación CajaCanarias, deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.

Todas las partes se comprometen a cumplir con la normativa en vigor relativa a la protección de datos, quedando a salvo la atribución de responsabilidades que pudiera exigírseles, caso por caso.

Octava.- Vigencia del Convenio.

El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y extenderá su vigencia hasta el día 30 de noviembre 2020.

Novena.- Causas de resolución anticipada.

Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio las siguientes:

1. El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las partes.

2. El mutuo acuerdo de las partes.

3. La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.

No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control del Convenio podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las facultades de resolución aquí previstas se establecen sin perjuicio del derecho de cada una de las partes a solicitar una indemnización por los daños y perjuicios que pueda haber ocasionado la parte incumplidora.

Décima.- Cesión.

Este Convenio es personal entre las partes y no podrá ser cedido, total o parcialmente, por ninguna de ellas sin el consentimiento por escrito de las demás partes.

Undécima.- Naturaleza jurídica.

El presente Convenio se suscribe al amparo de los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; artículos 15 y 16 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; y la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y del mismo no pueden derivarse obligaciones económicas para la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. Asimismo, se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo.

Duodécima.- Resolución de conflictos y jurisdicción.

El presente Convenio se interpretará de conformidad con la legislación española. En particular, la aportación económica prevista se circunscribe en las contempladas en el marco de un Convenio de Colaboración empresarial en actividades de interés general al amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación o aplicación del presente Convenio se sustanciarán ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo y conforme a sus normas de competencia y procedimiento, el órgano jurisdiccional competente es la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.m) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y para dejar constancia de lo convenido, las partes firman el presente documento por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, María José Guerra Palmero, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.- Por la Fundación CajaCanarias, Alberto Delgado Prieto, Presidente.- Por la Fundación Bancaria "la Caixa", Rafael Fernando Chueca Blasco, Director Corporativo de Territorio y Centros.

A N E X O I

DETALLE DE LA ACTIVIDAD

Descripción.

El proyecto aulas multisensoriales en centros de educación especial pretende facilitar la creación de contextos de aprendizaje a través del uso de las TIC en el alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE), para compensar sus dificultades sensoriales, proporcionando herramientas para favorecer los procesos de enseñanza y aprendizaje así como mejorar sus condiciones de vida utilizando medios y estrategias que desarrollan las capacidades más básicas del ser humano: sensación, percepción e integración sensorial.

A través de herramientas como los paneles interactivos, se potencian las relaciones, la comunicación y estructuración, el desarrollo personal y la autonomía del alumnado. Las mesas de luz y las bandejas de exploración luminosa permiten adquirir conocimientos a través de la experimentación sensorial de forma motivadora. La fibra óptica permite experiencias visuales muy estimulantes a través de diversos formatos, en racimos para manipularla, a través de duchas para envolver al alumnado o en alfombras. La luz ultravioleta y los tubos de burbujas ayudan a focalizar la atención, la propiocepción y los seguimientos visuales. Los proyectores ayudan a crear ambientes envolventes en los que entremezclar los diferentes sentidos y favorecer la relajación. Lo que se busca principalmente es crear un espacio de bienestar emocional y físico en el que el alumnado pueda aprender a descubrirse, a relacionarse con el entorno, mediante experiencias sencillas y estructuradas.

Objetivos.

1. Garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, que promueva las oportunidades de aprendizaje para el alumnado con necesidades educativas especiales.

2. Favorecer un modelo democrático de educación, que facilite el acceso a los aprendizajes en una escuela digital que garantice que el alumnado destinatario de este proyecto, adquiera el apoyo necesario para desarrollar la Competencia Digital atendiendo a sus necesidades, promoviendo su integración como parte de la ciudadanía digital en la sociedad del siglo XXI.

3. Compensar desigualdades mediante la dotación de tecnologías digitales de aprendizaje a centros educativos cuyo alumnado precisa de recursos especializados como son las aulas multisensoriales.

La actuación se enmarca en un proyecto que se pondrá en marcha mediante un Convenio de Colaboración entre dos entidades bancarias como son Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (CEUCD). Para garantizar la consecución de los objetivos marcados se contemplan dos intervenciones complementarias y necesarias:

Dotación de elementos para la creación de las aulas multisensoriales:

Con esta acción se dotará a los Centros de Educación Especial de Canarias de los medios tecnológicos que permitan crear un aula multisensorial. Esta parte del proyecto es asumida por la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias y coordinada y dirigida desde la CEUCD.

Los centros educativos deberán asumir una serie de compromisos que garanticen el máximo aprovechamiento de los medios ofertados en el proyecto y la consecución de los objetivos planteados.

El proyecto contempla el diseño de un aula multisensorial que está formada por diferentes dispositivos y materiales que facilitan el acceso por parte del profesorado y del alumnado y la creación de un espacio en el centro educativo que permita la utilización de recursos digitales para el desarrollo de la integración multisensorial con el alumnado con necesidades educativas especiales.

La tecnología adecuada sería aquella que permita que todos los recursos y soluciones presentes en la sala actúen de forma coordinada para crear entornos integrales de estimulación, a través de un sistema de control único que permita integrar todos los elementos interactivos y multimedia de la sala.

De esta manera, es posible crear ambientes temáticos o diseñar actividades específicas con infinitas posibilidades de interacción en función de las necesidades individuales.

Además, que todos los dispositivos, desde reproducciones de sonido y vídeo a tubos de burbujas y fibras ópticas, puedan ser activados y controlados de forma simultánea desde diversos dispositivos móviles.

El aula tipo debe de tener:

1. Sistema de control de la sala multisensorial que conecte cada elemento de la misma (iluminación de la sala, tubo de burbujas, fibra óptica o cualquier otro elemento similar) y que permita un efecto inmersivo completo (jugar con todos los matices de color, control de iluminación en función del color medio de las imágenes proyectadas, los sonidos graves convertidos en señales vibroacústicas ajustables, regular efectos luminosos con la intensidad de voz, control de secuencias e imágenes mediante pulsadores, acceso por barrido, acceso aleatorio, múltiples formas de acceso, control de efectos a través de la máquina de pompas de jabón, etc.), mediante la elección de las escenas incluidas o bien diseñadas como nuevas.

2. Mandos de control que permitan el control centralizado de todos los elementos del aula multisensorial a través de diversos dispositivos (tableta, mando, alfombra, dado, ...).

3. Sistemas de iluminación incluyendo diversos tipos de focos de luz de diversos colores y luz ultravioleta, así como un cubo de luz que permita la proyección de diversos materiales transparentes y un suelo de luz que cambie de color al subirse y pueda modificarse a través de un mando.

4. Mobiliario adecuado para su uso con los diferentes elementos: puf transformable, que permita a las personas que van en silla de ruedas cambiar de postura y estar en una posición agradable, cama de agua vibratoria que se moldee y se adapte al cuerpo y que, gracias a su sistema de calefacción mantenga una temperatura confortable. Amplificador vibroacústico conectado al sistema de control de la sala para que vibre al ritmo de la música, de la voz o del sonido de cualquier video, base esquina para fibra óptica y tubo de burbujas con patas accesible para grúas de suelo y pompas de jabón compatibles con el sistema de control, espejos rectos de alta calidad para potenciar la movilidad, el reconocimiento del esquema corporal, la atención conjunta y ofrecer un efecto multiplicador sobre la base esquina del tubo de burbujas.

5. Fibra óptica, ramo de haces de fibras óptica, ligeras y resistentes, con diámetro de 3mm y 2 metros de largo, con una fuente de luz alimentada a la red y un mando conectado al control para variar los efectos pudiendo elegir cualquier color o incluso que el color del tubo cambie con el color de la imagen proyectada o con la voz.

6. Tubo de burbuja de 1 metro, integrado en el control central pudiendo elegir cualquier color o incluso que el color del tubo cambie con el color de la imagen proyectada o con la voz.

Servicios de apoyo para la puesta en marcha del proyecto:

Por otro lado, la CEUCD participa en el proyecto ofreciendo todos aquellos medios necesarios que garanticen la puesta en marcha y el buen funcionamiento del proyecto. Para ello se garantizarán:

7. El apoyo organizativo: para la realización de la selección de los centros participantes, el contacto con los mismos, la coordinación con la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias y con las empresas que realicen las dotaciones.

8. El apoyo técnico: para la realización del inventariado, para el diseño de los requisitos mínimos que deben de tener los dispositivos para el correcto funcionamiento en el entorno tecnológico de la CEUCD y para la atención de incidencias que serán tramitadas con el compromiso de garantía de cada dispositivo.

9. El apoyo educativo y pedagógico: se realizarán los diseños de las propuestas de uso educativo de las aulas multisensoriales, los compromisos asumidos por los centros, la coordinación y seguimiento del proyecto en cada centro, el apoyo necesario para la puesta en marcha, el asesoramiento, los recursos necesarios para garantizar el éxito y la actualización y formación necesaria del profesorado implicado en el proyecto.

10. Difusión, coordinación y seguimiento: se creará un espacio web específico para el proyecto, en donde se pondrá la información relevante del mismo y se podrán realizar las gestiones de seguimiento y control de los centros participantes.

Centros destinatarios.

En la Comunidad Autónoma de Canarias, dentro de las medidas de atención a la diversidad contempladas en el ámbito educativo figuran, entre otras, como medidas excepcionales la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en Centros de Educación Especial. Con esta medida se atiende al alumnado con NEE cuando precisa de la utilización de recursos extraordinarios de difícil generalización, como es el caso de las aulas multisensoriales, centradas en desarrollar habilidades y capacidades necesarias para la autonomía personal, la autonomía social y la comunicación.

Los centros a los que va dirigido el proyecto, Centros de Educación Especial de Canarias, deben de comprometerse a todas las condiciones que se establezcan para el seguimiento y puesta en marcha del mismo.

Criterios de selección.

Centros educativos que cumplan los requisitos de las tipologías de centros establecidos:

11. Centros de Educación Especial. En Canarias se contemplan 14 centros distribuidos de la siguiente forma: 4 en Gran Canaria, 4 en Tenerife, 2 en La Palma, 1 en El Hierro, 1 en La Gomera, 1 en Fuerteventura y 1 en Lanzarote. Actualmente existen 11 CEE en el archipiélago, pero el número de centros contemplados se amplía porque lo que se pretende, con el presente Convenio, es llegar a todo el alumnado que lo necesita. Por tanto, se tiene presente la situación de aquellas islas que no cuentan con CEE o que por la distribución geográfica (caso de La Palma) que a pesar de contar con uno se hace difícil el impacto del mismo en toda la isla. Por ejemplo, en La Gomera y en El Hierro no hay CEE y se ha añadido el aula en un CEIP, mismo caso en La Palma para atender a la zona de Los Llanos.

12. Centros cuyo proyecto educativo refleje de forma explícita su apuesta por el desarrollo de la Competencia Digital y el uso de las tecnologías digitales educativas, liderado e impulsado por el equipo directivo.

13. Centros que estén dispuestos a adquirir el compromiso de trabajar en red para compartir el conocimiento generado, las evidencias del trabajo desarrollado con las tecnologías recibidas y la evaluación de la experiencia, para su difusión en los espacios web de la Consejería.

Dotaciones para cada centro.

14. 1 Programa de control de la sala multisensorial que permita interactuar con todos los elementos de la misma.

15. 1 Mando de control en forma de tableta.

16. 1 Mando de control en forma de dado.

17. 1 Mando de control en forma de alfombra.

18. 3 Focos de luz.

19. 1 Foco UV.

20. 1 Cubo gigante luminoso.

21. 1 Suelo luminoso.

22. 1 dispositivo que permita encender y apagar los aparatos eléctricos que se puedan enchufar a la red eléctrica, con salida de conmutador para controlar cámaras adaptadas, juguetes o cualquier otro dispositivo con una entrada de conmutador.

23. 1 Puf transformable.

24. 1 Cama de agua vibroacústica.

25. 1 base para tubo de burbujas y fibra óptica.

26. 1 Tubo de burbujas.

27. 1 Fibra óptica con fuente de luz.

28. 1 máquina de hacer pompas.

29. 2 espejos rectos.

30. 1 Instalación sala completa.

Apoyo y formación específica para el centro.

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes ofrecerá el apoyo y la formación necesaria para el manejo y uso educativo de las herramientas instaladas.

Presupuesto.

El presupuesto de ejecución de este proyecto asciende a 223.636 euros, tal y como se recoge en la cláusula sexta del Convenio.

Calendario.

Ver anexo en la página 3654 del documento Descargar

Aceptación de los centros.

Los centros beneficiarios del presente programa suscribirán un documento de Aceptación de participación en el proyecto.

Centros que participarán en el programa.

Ver anexo en las páginas 3655-3656 del documento Descargar

Esta selección inicial podrá ser objeto de modificación si se produjeran causas justificadas para ello, lo que se deberá notificar a la Fundación Bancaria "la Caixa" y la Fundación CajaCanarias tan pronto como se produzcan las mismas.

Indicadores relacionados con la participación en el proyecto:

1. Rellenan los documentos o el formulario de participación en el proyecto y aceptación de las condiciones por parte de las personas responsables del centro educativo.

2. Nombran una persona responsable de la coordinación para el desarrollo del proyecto en su centro.

Indicadores relacionados con la adquisición e instalación de dispositivos:

3. Se libera la partida económica y se hace el ingreso correspondiente.

4. Se siguen las instrucciones establecidas por la CEUCD para la adquisición de los dispositivos por parte del centro educativo.

5. Se ejecuta la dotación en los plazos establecidos y siguiendo las instrucciones recogidas en este proyecto.

6. Los dispositivos y elementos funcionan correctamente y están a disposición del alumnado y profesorado participante.

Indicadores de uso:

- Número de profesorado y alumnado que participa en el proyecto.

- Presentación de un informe de la experiencia a través de los formularios establecidos al respecto y una memoria al final de las acciones desarrolladas conforme al modelo que se solicite por el Área de Tecnología Educativa.

- Se comparten los materiales didácticos generados en los espacios colaborativos creados al efecto por el Área de Tecnología Educativa.

- Colaboración en los espacios de trabajo y publicación creados para el desarrollo del proyecto.

- Participación en la formación específica programada para un mejor aprovechamiento de los recursos aportados.

Indicadores organizativos:

1. Se adoptan las decisiones organizativas necesarias en el centro para asegurar un aprovechamiento óptimo de los recursos proporcionados.

2. Se establecen protocolos para guardar, custodiar y mantener en buen estado los dispositivos.

A N E X O I I

MODELO DE CARTA DE PAGO

Nota: la carta de pago debe enviarse una vez firmado el Convenio a la siguiente dirección:

Apartado de Correos nº 14.

08820-El Prat de Llobregat.

Barcelona.

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