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BOC-A-2020-018-328.
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Dña. María Maravillas Morón Saen de Casas, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en esta Sección se ha dictado sentencia en el rollo de apelación 1357/2018, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, en los autos nº 55/2017, seguidos por los trámites del juicio ordinario, sobre responsabilidad Administrador y promovidos, como demandante, por la entidad Emicela, S.A., representada por el Procurador don Javier Hernández Berrocal y dirigida por el Letrado Ángel Salvador Rodríguez y Henríquez, contra D. Claudio Martín Sosa, representado por el Procurador don José Ignacio Hernández Berrocal y dirigido por el Letrado don Adolfo García Lledó, y contra D. Roberto Ramos González, declarado en rebeldía, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la presente sentencia siendo Ponente la Magistrado doña Pilar Aragón Ramírez, con base en los siguientes.
Desestimando el recurso de apelación formulado contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de esta provincia en el juicio ordinario nº 55/17, se confirma íntegramente dicha resolución, con imposición de las costas de esta alzada a la parte recurrente.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Roberto Ramos González, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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