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BOC Nº 10. Jueves 16 de Enero de 2020 - 168

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

168 EDICTO de 30 de octubre de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000103/2018.

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BOC-A-2020-010-168. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal·

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a once de septiembre de dos mil diecinueve. Dña. Nuria Navarro García, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Siete de Santa Cruz de Tenerife y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 103/2018, promovidos por D. Francisco Javier Santana Expósito representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles Patiño Beautell y bajo la dirección del Letrado D. Raúl Florit Medina, y siendo parte demandada Dña. María del Pilar Perera Izquierdo, declarada en situación legal de rebeldía procesal

FALLO

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles Patiño Beautell, en nombre y representación de D. Francisco Javier Santana Expósito contra Dña. María del Pilar Perera Izquierdo, declarada en situación legal de rebeldía procesal, decreto el divorcio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes al mismo, sin atribución expresa a ninguna de las partes del domicilio familiar.

No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil, donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio. mando y firmo, Dña. Nuria Navarro García, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María del Pilar Perera Izquierdo, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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