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BOC Nº 9. Miércoles 15 de Enero de 2020 - 159

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane

159 EDICTO de 29 de noviembre de 2019, relativo a cédula de notificación de sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000365/2018.

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BOC-A-2020-009-159. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: (La parte demandante litiga acogida al beneficio de Justicia gratuita).

SENTENCIA

En los Llanos de Aridane, a 19 de noviembre de 2019.

S.Sª. Dña. Estrella Monleón Herrera, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane y su partido, habiendo visto los presentes autos en virtud de demanda sobre guarda, custodia y alimentos, registrados bajo el nº 365/2018, promovidos por Dña. Jennifer Pérez Reyes, representada por la Procuradora Dña. María Isabel González Déniz y defendida por la Letrada Dña. Cándida Rosa Cruz Arteaga (por compañera Dña. Carolina Díaz Camacho) contra D. Adilson Carlos Carneiro en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Estimo parcialmente la demanda presentada por Dña. Jennifer Pérez Reyes, representada por la Procuradora Dña. María Isabel González Déniz y defendida por la Letrada Dña. Cándida Rosa Cruz Arteaga (por compañera Dña. Carolina Díaz Camacho) contra D. Adilson Carlos Carneiro en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal, se acuerda:

1. Establecer la patria potestad compartida para ambos progenitores.

2. Conceder a la madre, Dña. Jennifer Pérez Reyes, la guarda y custodia de la menor, G.

3. No se establece régimen de visitas a favor del padre.

4. En concepto de pensión alimenticia D. Adilson Carlos Carneiro abonará a Dña. Jennifer Pérez Reyes la suma de 100 euros mensuales por la hija menor, por meses anticipados, en doce mensualidades al año y dentro de los cinco primeros días de cada mes a partir de la fecha de la presente sentencia. Dicha suma será actualizada con efectos de primero de enero de cada año con arreglo al porcentaje de variación experimentado por el índice general de precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya.

Igualmente D. Adilson Carlos Carneiro sufragará la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida de la hija menor de edad, tales como operaciones quirúrgicas, largas enfermedades y análogas, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo para su aprobación y, en caso de desacuerdo, resolverla el juzgada.

5. No se hace especial pronunciamientos sobre las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación.

Por esta Sentencia lo acuerdo, mando y firma.

Publicación.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Sra. Magistrada que la suscribe, hallándose celebrando en audiencia pública en el día de la fecha. Doy Fe.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente juicio se ha dictado sentencia de fecha 19 de noviembre de 2019.

Segundo.- En la referida resolución se indicaba que se trataba de una demanda de guarda y custodia y como tal no se hacia mención alguna al divorcio de los cónyuges cuando en realidad se debiera haber expresado que se trata de una demanda de divorcio con su consiguiente pronunciamiento en el fallo.

Tercero.- Por el Procurador D./Dña. María Isabel González Déniz se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica la sentencia de 19 de noviembre de 2019, en el sentido de que en el fallo de la resolución se debe añadir que: declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Jennifer Pérez Reyes y D. Adilson Carlos Carnero, con todas los efectos legales consiguientes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Tribunal.

Así lo dispone, manda y firma D./Dña. Estrella Monleón Herrera, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Adilson Carlos Carneiro, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Los Llanos de Aridane, a 29 de noviembre de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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