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BOC Nº 246. Viernes 20 de diciembre de 2019 - 6055

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

6055 RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2019, de la Gerente, por la que modifica la Resolución de 20 de mayo de 2019, que aprueba las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos para el acceso por el turno de promoción interna, a las diversas escalas de funcionariales de esta Universidad (BOC nº 105, de 4.6.19).

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BOC-A-2019-246-6055. Firma electrónica - Descargar

Por Resolución de fecha 20 de mayo de 2019 se aprobaron las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos para el acceso por el turno de promoción interna a las diversas escalas funcionariales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (BOC de 4.6.19), publicándose una corrección de errores a la misma mediante Resolución de 12 de julio de 2019 (BOC de 25.7.19).

Celebrada sesión negociadora de la Mesa Sectorial de Funcionarios de Administración y Servicios de esta Universidad con fecha 11 de noviembre de 2019, se acuerda modificar las bases generales para el acceso por el turno de promoción interna en los siguientes apartados:

Primero.- Se modifica la base cuarta. Admisión de aspirantes. Apartado 3:

Donde decía: "3. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Finalizado el plazo de subsanación, la Gerencia de la ULPGC hará pública en los lugares señalados en la base tercera, la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma. En dicha Resolución se hará constar la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.",

Debe decir: "3. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Finalizado el plazo de subsanación, la Gerencia de la ULPGC dictará resolución definitiva que se publicará en el BOC que indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de admitidos y excluidos, que serán los lugares señalados en la base Tercera 2 y 3, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma. En dicha Resolución se hará constar la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio."

Segundo.- Se modifica la base sexta.- Procedimiento de Selección, punto 1.1.a) Primer ejercicio: se suprime el texto siguiente: "Cada pregunta errónea descontará 0,25 puntos, del valor de cada pregunta".

Tercero.- Se modifica la base octava. Relación de personas aprobadas. Apartado tercero. Se añade el siguiente texto como párrafo número dos:

"En caso de empate en la calificación final, para dirimirlo, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, y en el supuesto de que persistiera el mismo se atenderá a la puntuación obtenida en el primer ejercicio. De seguir existiendo, en el segundo, y de continuar, en el tercero. Si continuara el empate se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y, finalmente al sorteo".

Cuarto.- Se acuerda añadir una base décima con el siguiente contenido:

Décima.- Bolsa de Empleo para la selección de personas funcionarias interinas.

1. Una vez finalizados los procesos selectivos se constituirá una Bolsa de Empleo.

2. El orden de las personas aspirantes en dicha Bolsa vendrá determinado por la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Solo integrarán la bolsa quienes hayan superado dicho proceso, pero no hayan obtenido plaza. En caso de empate en la calificación final, para dirimirlo, el orden de la relación de aprobados o aprobadas se establecerá atendiendo, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. En el supuesto de que persistiera, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De seguir existiendo, a la puntuación obtenida en el tercero, a continuación, a la puntuación obtenida en la fase de concurso y finalmente al sorteo.

3. Una vez confeccionado el listado de personas aspirantes que configuren la Bolsa de Empleo se procederá a su aprobación y publicación en los lugares establecidos en la base tercera, 2 y 3.

4. Quienes deseen ser incluidos en las Bolsas de Empleo de las convocatorias que así lo establezcan, deberán hacerlo constar en la solicitud de participación.

5. La lista de sustitución derivada de este proceso selectivo tendrá prioridad frente a cualquier otra lista anterior, por lo que a la lista de sustitución que se genere tras este proceso de promoción interna, se acumularán las listas existentes, si las hubiera, derivadas de los procesos de selección de funcionarios interinos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- La presente resolución se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 34 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que los actos administrativos que se dicten por las Administraciones Públicas se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido, y que su contenido se ajustará a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y será determinado y adecuado a los fines de aquellos.

Segundo.- Esta Gerencia, es competente para dictar la presente resolución en virtud de las competencias que tiene delegadas del Rector mediante resolución del Rectorado de esta Universidad de fecha 3 de noviembre de 2018 (BOC de 14.12.18)

R E S U E L V E:

Primero.- Acordar la modificación de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos para el acceso por el tuno de promoción interna, a las diversas escalas funcionariales de la ULPGC en el sentido que se describe en la presente resolución.

Segundo.- Publicar la misma en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 2019.- La Gerente, María Eulalia Gil Muñiz.

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