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BOC Nº 237. Lunes 9 de diciembre de 2019 - 5833

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

5833 Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 2 de diciembre de 2019, de la Directora, por la que se incrementa la dotación económica de la convocatoria de subvenciones a entidades sin fin de lucro, destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, para el ejercicio 2019.

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BOC-A-2019-237-5833. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 457955.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución por la que se incrementa la dotación económica de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Objeto 1º.- Mediante Resolución de la Dirección del SCE de 28 de mayo de 2019, cuyo extracto ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 118, de 21.6.19), se convocaron subvenciones destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad para el ejercicio 2019. En el resuelvo tercero se contempla la posibilidad de incrementar el importe del crédito presupuestario disponible.

2º.- Resulta necesario proceder a un incremento de la dotación presupuestaria de la convocatoria, con la finalidad de mejorar la empleabilidad de los colectivos a los que se dirige así como su inserción laboral mejorando su competitividad y con el objetivo último de lograr una mejor y más eficaz distribución de los fondos públicos a destinar en la formación profesional para el empleo.

3º.- La Dirección del SCE es el órgano competente para dictar la presente Resolución en virtud de lo establecido en el resuelvo segundo de la Resolución nº 5728/2017, de la Presidenta del SCE, de fecha 29 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras, que delega en la dirección del SCE la aprobación de las correspondientes convocatorias y la resolución de las mismas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4º.- El resuelvo tercero de la Resolución de convocatoria establece que: "El volumen total de las subvenciones a conceder dentro de este ejercicio presupuestario no superará la citada consignación salvo que se produzca un incremento del importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.4 del Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el artículo 58, punto 2, apartado 4º, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este supuesto, el órgano concedente publicará la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.".

5º.- Se resuelve incrementar la dotación económica señalada en el resuelvo tercero de la Resolución de la Dirección del SCE de 28 de mayo de 2019, por la que se convocaron subvenciones destinadas a la realización de proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, para el ejercicio 2019, en seiscientos setenta y cuatro mil doscientos sesenta y dos euros con cuarenta y cuatro céntimos (674.262,44 euros), con lo que el crédito global de financiación de la convocatoria asciende a cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil quinientos doce euros con cuarenta y cuatro céntimos (4.869.512,44 euros), con cargo a la siguiente partida del presupuesto de gastos del SCE para el año 2019.50.01.241L.480.00 L.A. 50400048 FSE 14-20 Promoción de la Inclusión activa y la igualdad de oportunidades.

6º.- Publicar la declaración del crédito disponible de la convocatoria que, tras el incremento de la dotación económica asciende a cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil quinientos doce euros con cuarenta y cuatro céntimos (4.869.512,44 euros), con cargo a la siguiente partida del presupuesto de gastos del SCE para el año 2019.50.01.241L.480.00 L.A. 50400048 FSE 14-20 Promoción de la Inclusión activa y la igualdad de oportunidades, se distribuirá de la siguiente manera:

* Para los PIIIL dirigidos a personas en exclusión social o en riesgo de padecerla: tres millones veintiséis mil trescientos doce euros con cuarenta y cuatro céntimos (3.026.312,44 euros).

* Para los PIIIL dirigidos a personas inmigrantes: ciento cuarenta y cuatro mil (144.000,00) euros.

* Para los PIIIL dirigidos a personas con discapacidad: un millón seiscientos noventa y nueve mil doscientos (1.699.200,00) euros.

Si finalizada la asignación de proyectos de los colectivos anteriores siguiera quedando crédito por asignar en uno de los colectivos, se procedería a trasvasar dicho crédito a otro colectivo en el que quedasen proyectos por seleccionar, siguiendo los criterios especificados en las citadas bases.

El resto de la convocatoria se mantiene en sus mismos términos. Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, o bien potestativamente, recurso de reposición ante la Presidenta del SCE, en el plazo de un mes, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 2019.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

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