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BOC Nº 236. Jueves 5 de diciembre de 2019 - 5805

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

5805 EDICTO de 23 de septiembre de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000469/2018.

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BOC-A-2019-236-5805. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Sandra Batista Ortega, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 20 de septiembre de 2019.

Vistos por el Sr. D. José Manuel Díaz Pavón, juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de esta ciudad y su partido los presentes autos de divorcio contencioso nº 469/18 seguido entre partes, de una, como demandante, Dña. Berit Rohr, representada por la procuradora Dña. María del Mar Montesdeoca Calderín y de otra, como demandado, D. Sascha Kurt Chistian Rohr, en situación de rebeldía, resuelve con fundamento en los siguientes:

FALLO

Que, estimando la demanda origen del presente procedimiento debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio contraído, en fecha 9 de febrero de 1994, en Tamm, distrito de Ludwigsburg, Alemania, por Dña. Berit Rohr y D. Sascha Kurt Chistian Rohr, rigiéndose el divorcio por los efectos legales inherentes a la disolución del vínculo matrimonial por tal causa.

No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Firme esta Sentencia líbrese oficio al Registro Civil donde fue inscrito el matrimonio a fin de que se proceda a efectuar la correspondiente inscripción, acompañándose testimonio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.

Así por mi esta Sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.- El Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Sascha Kur Christian Rohr, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 23 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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