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BOC Nº 236. Jueves 5 de diciembre de 2019 - 5797

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

5797 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 20 de noviembre de 2019, por la que acuerda la revocación parcial de la delegación de competencias para la convocatoria de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, mediante libre designación, en favor de las Secretarías Generales Técnicas y en la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, respecto de los puestos de trabajo de sus correspondientes Departamentos y Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público adscritos a los mismos, acordada mediante Resolución de 26 de junio de 2017.

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BOC-A-2019-236-5797. Firma electrónica - Descargar

El apartado primero del artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que "la competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esta u otras leyes". En términos similares se pronuncia el apartado segundo del artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

El artículo 68 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, en cuanto relaciona las competencias de la Dirección General de la Función Pública en materia de selección, provisión de puestos de trabajo y promoción interna, en su apartado primero, letra e) le atribuye "la convocatoria de provisión de puestos de trabajo".

Por su parte, el artículo 17 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, confiere la facultad para proveer los puestos de libre designación a las personas titulares de cada Departamento, previo informe de la Dirección General de la Función Pública sobre el cumplimiento por las personas solicitantes de los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos convocados (cfr. artículo 20 del citado Decreto 48/1998, de 17 de abril).

Mediante Resolución de 26 de junio de 2017, de la persona titular de la Dirección General de la Función Pública se delegaron las competencias para la convocatoria de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, mediante libre designación, en las Secretarías Generales Técnicas y en la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, respecto de los puestos de trabajo de sus correspondientes Departamentos y Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público adscritos a los mismos (BOC nº 130, de 7.7.17); así como para la emisión del informe preceptivo descrito en el artículo 20 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, incluyéndose específicamente la competencia relativa a la determinación de la equivalencia entre Cuerpos, Escalas y/o Especialidades, a que se refiere el artículo 31, segundo párrafo, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Visto el distinto criterio seguido en los distintos Departamentos a la hora de valorar el cumplimiento por parte de las personas solicitantes de los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos convocados mediante libre designación en sus respectivas áreas, es por lo que se estima necesario devolver materialmente su ejercicio a la Dirección General de la Función Pública, a efectos de unificar los criterios valorativos.

El apartado sexto del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, prevé que "la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido", debiendo ser objeto de publicación en diario oficial (vid. apartado tercero del citado artículo 9).

Por todo lo anterior, en uso de las atribuciones que legalmente me están conferidas y de lo dispuesto en la legislación,

R E S U E L V O:

Primero.- Revocar parcialmente la delegación de competencias acordada mediante Resolución de esta Dirección General de 26 de junio de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 130, de 7 de julio de 2017, en lo que concierne a la emisión del informe acerca del cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos convocados por parte de las personas solicitantes, incluyendo la competencia relativa a la determinación de la equivalencia entre Cuerpos, Escalas y/o Especialidades, a que se refiere el artículo 31, segundo párrafo, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Segundo.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, surtiendo efectos jurídicos a partir del día siguiente al de su publicación.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 2019.- La Directora General de la Función Pública, Laura María Martín Pérez.

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