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BOC Nº 233. Lunes 2 de diciembre de 2019 - 5728

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

5728 EDICTO de 24 de junio de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000956/2016.

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BOC-A-2019-233-5728. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 21 de diciembre de 2018.

Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio ordinario nº 956/2016, instados por D. Ernest Coles y Dña. Wendy Cloes contra Las Vistas Marketing, S.L., International Holidaywaymarketng, S.L., Telpar Ventures Limited y Atlantic Sun Management, S.L. El objeto del proceso lo constituye una pretensión de nulidad contractual.

FALLO

I.- Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Elena González Cuadros en nombre y representación de D. Ernest Coles y Dña. Wendy Coles contra International Holidayway Marketing, S.L. y Telpar Ventures Limited y declaro nulo el contrato de fecha 24 de abril de 2006 y condeno solidariamente a los demandados a abonar a los actores la suma de 18.671,66 euros y al pago de las costas procesales.

II.- Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Elena González Cuadros en nombre y representación de D. Ernest Coles y Dña. Wendy Coles contra Las Vistas Marketing, S.L. y Telpar Ventures Limited y declaro nulo el contrato de fecha 15 de septiembre de 2008 y condeno solidariamente a los demandados a abonar a los actores la suma de 31.432,92 euros y al pago de las costas procesales.

II.- Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Elena González Cuadros en nombre y representación de D. Ernest Coles y Dña. Wendy Coles contra Atlantic Sun Management, S.L., en el único sentido de declarar nulas, por efecto de las declaraciones anteriores, las cláusulas que determinan la obligación de pago de cuotas de mantenimiento, sin que proceda restitución de cantidad alguna y sin hacer pronunciamiento sobre costas procesales.

Los importes objeto de condena devengarán el interés del artº. 576 LEC.

La presente sentencia, que se notificará a las partes, no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de veinte días a contar desde la fecha de su notificación, recurso que se interpondrá de conformidad con lo establecido en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, significándose que de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, la parte recurrente deberá de consignar como depósito la cantidad de cincuenta euros (50 euros), depósito que se realizará mediante consignación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado y que deberá de acreditarse al tiempo de ser interpuesto el recurso, haciéndose constar que en el caso de estimación total o parcial del recurso se procederá a devolver al recurrente la totalidad del depósito constituido.

Así, por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Telpar Ventures Limited y Atlantic Sun Management, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 24 de junio de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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