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BOC Nº 212. Lunes 4 de noviembre de 2019 - 5234

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

5234 Servicio Canario de la Salud. Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote.- Resolución de 15 de octubre de 2019, por la que se delegan competencias y la firma de resoluciones en materia de vacaciones, permisos y licencias.

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BOC-A-2019-212-5234. Firma electrónica - Descargar

Corresponde a esta Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote la competencia para autorizar vacaciones, permisos y licencias del personal de las unidades que tiene adscritas conforme a lo dispuesto en el artículo 28.1 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 32, de 15.3.95), en relación con los artículos 15.7 y 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16.9.91).

El Acuerdo adoptado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 22 de octubre de 2010, relativo a las medidas extraordinarias para la reducción del gasto en la actividad administrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los organismos autónomos, entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes, entidades públicas empresariales y fundaciones públicas, establece en su preámbulo:

"En el marco del Eje 4 referido a las Mejoras organizativas y de gestión:

(...) 2.- Se ha impulsado la Gestión de los recursos humanos con importantes avances en el sistema corporativo de gestión SIRHUS, y la implantación del Sistema de Integrado de Control de Jornadas y Horarios SICHO, a través del cual se gestionan los procedimientos relativos a permisos y licencias, lo que ha supuesto un importante ahorro de papel ya que actualmente se llevan a cabo todos los procesos vía web."

El apartado 4.8.1. del citado Acuerdo dispone lo siguiente:

"4.8.1.- A los efectos de homogeneizar la gestión relativa al control de jornadas y horarios, se declara de uso corporativo obligatorio la aplicación informática Sistema Integral de Control Horario (SICHO) para la gestión de los procedimientos en materia de personal, relacionados con vacaciones, permisos, licencias, jornada y horario de trabajo que afecten al personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, entes, organismos autónomos, agencias y empresas públicas dependientes."

Mediante Instrucción nº 5/2019, del Director del Servicio Canario de la Salud, se aprueba el Manual de Gestión en materia de permisos del personal adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 92, de 15.5.19).

Mediante Resolución de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote nº 1700/2015, de 6 de agosto, se delegó en las Direcciones que forman su estructura organizativa, la firma en materia de vacaciones, permisos y licencias del personal orgánicamente adscrito a este órgano de prestación de servicios sanitarios.

Se estima necesario revisar el régimen de delegación establecido en virtud de la citada Resolución de 6 de agosto de 2015, adaptando el régimen de delegación en materia de permisos al sistema telemático implantado para la gestión de esta materia, al Manual de gestión aprobado, así como a la nueva estructura orgánica de este centro sanitario.

El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que "Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas". Por su parte, el artículo 12 del mismo texto legal, dispone que "Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia, que ostenten, bien por atribución, bien por delegación de competencias, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 9".

En este sentido, y visto el ingente volumen de solicitudes de vacaciones, permisos y licencias del personal adscrito orgánica y funcionalmente a la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, y la necesidad de resolver estos expedientes dentro de los plazos legalmente establecidos, con el fin de lograr una gestión más acorde con los principios de economía, celeridad y eficacia que gobiernan la actuación administrativa, se establece la delegación del ejercicio de la competencia, así como la firma de las Resoluciones en esta materia.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

R E S U E L V O:

Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de esta Gerencia de Servicios Sanitarios nº 1700/2015, de 6 de agosto, por la que se delegó en las Direcciones que forman su estructura organizativa, la firma en materia de vacaciones, permisos y licencias del personal orgánicamente adscrito a este órgano de prestación de servicios sanitarios.

Segundo.- Delegar la competencia para la autorización y concesión de las solicitudes de vacaciones, permisos y licencias del personal adscrito orgánicamente a esta Gerencia de Servicios Sanitarios, en los órganos de Dirección que forman la estructura organizativa de este centro que se exponen a continuación, respecto del personal que les está orgánica y funcionalmente adscrito:

* Gestión:

- Dirección de Gestión y Servicios Generales.

- Subdirección de Gestión y Servicios Generales.

* Asistencial:

- Dirección Médica de Atención Primaria.

- Dirección Médica de Atención Especializada.

- Dirección de Enfermería de Atención Primaria.

- Dirección de Enfermería de Atención Especializada.

Tercero.- Delegar la firma de las resoluciones en materia de vacaciones, permisos y licencias del personal adscrito orgánicamente a esta Gerencia de Servicios Sanitarios, en las siguientes unidades administrativas, respecto del personal que les está orgánica y funcionalmente adscrito:

* Coordinación de Admisión.

* Jefatura de Unidad de Atención al Paciente.

* Responsable de la Unidad de Servicio de Atención al Empleado Público (SAEM).

* Jefatura de Servicio de Información y Nuevas Tecnologías.

Cuarto.- En el ejercicio de las competencias que se delegan se tendrá en cuenta el Manual de Gestión en materia de permisos del personal adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud, aprobado por Instrucción nº 5/2019, del Director del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 92, de 15.5.19), así como el resto de normativa que resulte de aplicación.

Quinto.- Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esa circunstancia considerándose a todos los efectos dictadas por el órgano delegante.

Sexto.- La delegación objeto de la presente Resolución es revocable en cualquier momento y no será obstáculo para que el Gerente de Servicios Sanitarios, pueda, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona competente y dentro del ámbito de sus respectivas competencias, recabar el conocimiento y la resolución de cualquier asunto objeto de esta delegación.

Séptimo.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Arrecife, a 15 de octubre de 2019.- El Gerente, José Luis Aparicio Sánchez.

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