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BOC Nº 210. Miércoles 30 de octubre de 2019 - 5187

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V. ANUNCIOS - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

5187 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 14 de octubre de 2019, por el que se somete a consulta pública previa la iniciativa normativa de un proyecto de Decreto regulador del concierto social para la Prestación de Servicios Sociales.

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BOC-A-2019-210-5187. Firma electrónica - Descargar

El Director General de Derechos Sociales e Inmigración pretende llevar a cabo una consulta pública respecto de un futuro Proyecto de Decreto que regule el régimen jurídico de los conciertos sociales o acuerdos de concertación social, con carácter previo a la elaboración del correspondiente proyecto normativo, con el fin de recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma; y ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana, en relación con lo previsto en el Decreto 15/2016, de 11 de marzo, del Presidente, por el que se establecen las normas internas para la elaboración y tramitación de las iniciativas normativas del Gobierno y se aprueban las directrices sobre su forma y estructura (BOC nº 55, de 21 de marzo).

Quienes deseen realizar aportaciones a la mencionada iniciativa normativa tienen a su disposición una memoria justificativa que podrán consultar en el sitio web disponible en la siguiente dirección electrónica del Portal de participación ciudadana en el proceso de elaboración normativa correspondiente a esta Consejería: https://www.gobiernodecanarias.org/participacionciudadana/iniciativas/

En dicha Memoria de 1 de octubre de 2019 se motivan, a juicio del Director General de Derechos Sociales e Inmigración, los siguientes aspectos relativos al citado Proyecto de Decreto:

1. Los problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.

2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.

3. Los objetivos de la norma.

4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las aportaciones deberán presentarse, en su caso, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, de aplicación supletoria en virtud de la Disposición final primera de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por tanto, en el citado plazo se podrán presentar a través del formulario establecido en dicho Portal de "Gobierno Abierto" o en cualquiera de los registros de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, las alegaciones, observaciones o sugerencias que se estimen pertinentes. Igualmente se podrán presentar en formato digital en el registro de la Sede Electrónica del Departamento en la siguiente dirección web: https://sede.gobiernodecanarias.org/cepsv/Sede_cepsv/Menu_lateral/registro_electronico

Si se opta por una presentación de modo telemático a través del registro electrónico, esta se llevará a cabo cumplimentando el formulario normalizado de solicitud y acompañada, en su caso, del documento anexo que se desee presentar y dándole registro en la citada Sede Electrónica. Los escritos deberán estar firmados, o bien mediante el sistema de identificación Cl@ve o mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de octubre de 2019.- La Secretaria General Técnica, Marlene Santana Rodríguez.

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