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BOC Nº 210. Miércoles 30 de octubre de 2019 - 5172

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria

5172 EDICTO de 1 de agosto de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000130/2019.

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BOC-A-2019-210-5172. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Patricia María Calderón Fernández, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintinueve de julio de dos mil diecinueve.

Vistos por doña Natalia Bayoll Delgado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de juicio ordinario con nº 130/2019, promovidos por D. Pablo López Vega, representado por la procuradora doña Sigrid Mantecón León y defendido por el letrado don Néstor Ruiz Vega, contra los herederos y herencia yacente de D. Juan Naranjo Díaz, en situación procesal de rebeldía, dicta la siguiente resolución.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de don Pablo López Vega contra los herederos y herencia yacente de don Juan Naranjo Díaz, se declara al actor como legítimo propietario de la finca sita en el Camino Vecinal de Los Ríos, nº 56, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración.

Impónganse las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, sino que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá interponerse ante este órgano judicial en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de este Juzgado.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido herederos legales y herencia yacente de Juan Naranjo Díaz, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de agosto de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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