Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 206. Jueves 24 de octubre de 2019 - 5055

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

5055 DECRETO 340/2019, de 10 de octubre, por el que se delega en la persona titular de la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda, el ejercicio de la competencia para autorizar el otorgamiento de las subvenciones de concesión directa que se concedan con cargo a determinados proyectos de inversión en materia de vivienda cofinanciados por el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 272.98 Kb.
BOC-A-2019-206-5055. Firma electrónica - Descargar

En el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, está incluido el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural. Dicho programa tiene por objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos, dentro de ámbitos de actuación denominados área de regeneración y renovación urbana o rural previamente delimitados.

El día 30 de julio de 2018 se suscribió, en la localidad de Madrid, el Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Canarias para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021; el cual fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 181, de 18 de septiembre de 2018, mediante Resolución de 9 de agosto de 2018, de la Secretaria del Instituto Canario de la Vivienda. En las cláusulas tercera y quinta del citado convenio de cooperación se estipula que las actuaciones recogidas en el Programa 7, relativo al fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, son objeto del convenio y obtendrán financiación con cargo al mismo en las anualidades 2018-2021. Del mismo modo y de acuerdo con la cláusula cuarta de dicho convenio, la Comunidad Autónoma de Canarias se compromete a cofinanciar las actuaciones con un importe adicional. Asimismo, en lo que respecta al programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas, la cláusula sexta establece que la documentación justificativa que acredite los compromisos financieros asumidos por la Comunidad Autónoma serán los correspondientes Acuerdos de Comisión Bilateral. Pues bien, con cargo a dicho programa está previsto conceder subvenciones de forma directa al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las cuales superarán el importe de ciento cincuenta mil (150.000,00) euros, por lo que corresponderá al Gobierno de Canarias autorizar su otorgamiento, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019.

El Gobierno de Canarias es el órgano superior colegiado al que, bajo la dirección del Presidente, corresponde la dirección política de la Comunidad Autónoma de Canarias y de su Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, en relación con lo indicado en el artículo 13 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda es el departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda, de acuerdo con lo indicado en el artículo 11 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías. Por su parte, el Instituto Canario de la Vivienda es un organismo autónomo adscrito a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional tercera del citado Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, en relación con lo previsto en el apartado 4 del artículo 10 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

La organización de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias responderá, entre otros, a los principios de eficacia y máxima proximidad a los ciudadanos, tal y como prevé el apartado 1 del artículo 61 de la referida Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias.

Al amparo de lo previsto en el apartado 1 del artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público u otras leyes. La delegación de competencias no supone alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.

Tal y como prevé el artículo 9 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas. Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de este. Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante. La delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido. Asimismo, la Administración Pública de la Comunidad se establece, funciona y actúa bajo el principio de ordenación jerárquica de sus órganos. La competencia se ejerce por los órganos que expresamente la tengan atribuida sin perjuicio de que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello. Las delegaciones de carácter general que se efectúen deberán ser publicadas, para surtir efectos, en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Por razones de eficacia en la gestión administrativa, resulta conveniente y oportuno delegar en la persona titular de la consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda, el ejercicio de la competencia prevista en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, para autorizar el otorgamiento de las subvenciones de concesión directa por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000,00) euros que se concedan con cargo a los siguientes proyectos de inversión:

* 187G0002 «Actuaciones Plan de Vivienda Estatal», en lo que atañe a las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana.

* 14700033 «Actuaciones cofinanciadas Plan Vivienda».

En su virtud, a iniciativa del organismo autónomo Instituto Canario de la Vivienda y a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, previa deliberación del Gobierno de Canarias en su reunión celebrada el día 10 de octubre de 2019,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de vivienda, el ejercicio de la competencia prevista en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, para autorizar el otorgamiento de las subvenciones de concesión directa por importe superior a ciento cincuenta mil (150.000) euros, que se concedan con cargo a los siguientes proyectos de inversión:

* 187G0002 «Actuaciones Plan de Vivienda Estatal», en lo que atañe a las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana.

* 14700033 «Actuaciones cofinanciadas Plan Vivienda».

Segundo.- En el primer trimestre de 2020, la persona titular de la consejería mencionada anteriormente deberá dar cuenta al Gobierno de Canarias del ejercicio de la delegación prevista en el apartado primero de este decreto.

Tercero.- El presente decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Canarias, a 10 de octubre de 2019.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Ángel Víctor Torres Pérez.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

TRANSPORTES Y VIVIENDA,

Sebastián Franquis Vera.

© Gobierno de Canarias