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BOC Nº 206. Jueves 24 de octubre de 2019 - 5051

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

5051 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 11 de octubre de 2019, por la que se conceden a determinados solicitantes las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2018.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 20 de mayo de 2019, se conceden provisionalmente las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2018 (BOC nº 101, de 28.5.19) y conforme a su resuelvo octavo se da trámite de audiencia a los interesados.

Segundo.- Transcurrido el plazo establecido para el trámite de audiencia, 837 solicitantes presentan alegaciones, muchos de los cuales alegan que tienen pendientes de resolver solicitudes de modificación de los datos y/o inclusión de parcelas con viñedo en el Registro Vitícola.

Tercero.- La convocatoria de las ayudas establecidas en la Acción I.3 se resuelve mediante Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 1 de julio de 2019, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2018 (BOC nº 136, de 17.7.19).

A estos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para dictar la presente Resolución es el titular de la Viceconsejería de Sector Primario, a tenor de lo previsto en el apartado B), letra f) del artículo 8 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 110/2018, de 23 de junio (BOC nº 147, de 31.7.18) y conforme a lo dispuesto en el punto quinto de la convocatoria.

Segundo.- La Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 1 de julio de 2019, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2018, determina en su resuelvo sexto ampliar el procedimiento de concesión a los solicitantes relacionados en su Anexo V, a fin de que el órgano instructor pueda efectuar los controles administrativos relacionados con las modificaciones de los datos existentes en el Registro Vitícola, por ellos solicitadas.

Con fecha de 30 de septiembre de 2019, el Servicio responsable del Registro Vitícola emite sendos informes de modificación de datos de las superficies registradas a nombre de los solicitantes: Afonso Martín, María Dolores y García Betancort, José María.

Revisada la documentación y solicitudes presentadas, se comprueba que procede concederles la ayuda solicitada por las cuantías indicadas en el anexo de esta resolución.

Vista las disposiciones legales de aplicación, y el Informe-propuesta del Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización de la Dirección General de Agricultura, en uso de las competencias que me han sido atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP)", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2018, a los beneficiarios que se relacionan en el anexo de esta resolución por las cantidades que se indican.

Segundo.- Las ayudas concedidas se abonarán en las cuentas corrientes que constan en la solicitud de cada beneficiario.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 2019.- El Viceconsejero de Sector Primario, p.d. (Resolución nº 1027, de 19.9.17), la Directora Técnica del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, Estefanía Margarita González Núñez.

Ver anexo en las páginas 35908-35908 del documento Descargar

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