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BOC-A-2019-205-5023.
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Vista la necesidad de agilizar la resolución de la convocatoria de las subvenciones regulada por la Orden de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud de 1 de octubre de 2019, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por Orden de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud nº LOR2019CA00634, de fecha 1 de octubre de 2019, se aprueban las bases que han de regir en la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2019, destinadas a la ejecución de proyectos que fomenten los derechos de las personas en situación de dependencia y personas con discapacidad, y se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio económico (BOC nº 197, de 11.10.19).
A los que son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El resuelvo sexto de la citada Orden departamental establece lo siguiente:
"Delegar en el Director General de Dependencia y Discapacidad la presente convocatoria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como facultarle para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la interpretación, aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Orden y dictar cuantas Resoluciones se precisen en aplicación y desarrollo de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como en el artículo 9 de la citada Ley 40/2015".
Segundo.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Las razones de interés público que aconsejan la declaración de urgencia de la tramitación de la resolución de la convocatoria de concesión de subvenciones regulada por la mencionada Orden nº LOR2019CA00634, de fecha 1 de octubre de 2019 (BOC nº 197, de 11.10.19) se justifican en atención a que se precisa que, en el menor tiempo posible, se resuelva la citada convocatoria de concesión de subvenciones, para permitir la ejecución de los programas de carácter social que se pretende subvencionar de manera eficaz y eficiente, asegurando que los destinatarios de las acciones sociales no puedan verse afectados y sobre los que no puede recaer, en ningún caso, los perjuicios que se les ocasionaría la demora de la resolución de la convocatoria de subvenciones que nos ocupa.
Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Acordar de oficio la tramitación de urgencia del procedimiento de la resolución de la convocatoria de concesión de subvenciones iniciado al amparo de la Orden de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud nº LOR2019CA00634 de fecha 1 de octubre de 2019, por la se aprueban las bases que han de regir en la convocatoria de la concesión de subvenciones para el año 2019, destinadas a la ejecución de proyectos que fomenten los derechos de las personas en situación de dependencia y personas con discapacidad y se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio económico (BOC nº 197, de 11.10.19), reduciéndose a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario.
Segundo.- Procédase a notificar la presente Resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente resolución no cabe recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que, conforme a lo previsto en el artículo 112.1, párrafo segundo, de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de octubre de 2019.- El Director General de Dependencia y Discapacidad, Miguel Montero Naranjo.
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