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BOC Nº 202. Viernes 18 de octubre de 2019 - 4951

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

4951 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 11 de octubre de 2019, de la Directora, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2019, de concesión de subvenciones públicas, para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.

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BOC-A-2019-202-4951. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución de 31 de julio de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2019, de concesión de subvenciones públicas, para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (extracto en BOC nº 152, de 8.8.19), rectificada por Resolución de 27 de agosto de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 168, de 2.9.19) y teniendo en cuenta los siguientes,

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo de 31 de julio de 2019, se aprueba la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2019, de concesión de subvenciones públicas, para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (extracto publicado en el BOC nº 152, de 8.8.19), rectificada por Resolución de 27 de agosto de 2019, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 168, de 2.9.19).

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el punto primero del Anexo I, de la citada Resolución, las subvenciones que se concedan al amparo de este procedimiento tendrán naturaleza jurídica de subvenciones públicas e irán destinadas a la financiación del 100% del coste de los planes de formación que se realicen al amparo de la misma, que ofrezcan una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo que atiendan a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de mejora de la empleabilidad y de promoción profesional y desarrollo personal de las personas ocupadas, cualquiera que sea el sector o rama de actividad en que presten sus servicios. Asimismo se establece que las subvenciones a las que hace referencia la mencionada Resolución son otorgadas por el Servicio Canario de Empleo, al que corresponde la gestión de las mismas. La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva respetando los principios de publicidad, objetividad, transparencia e igualdad, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que la desarrolla, así como por las bases reguladoras establecidas en la Orden TMS 368/2019, de 28 de marzo (BOE nº 78, de 1.4.19).

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15), establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición de la persona interesada, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segundo.- El resuelvo segundo de la Resolución de 31 de julio de 2019, de convocatoria establece que se delega en la Dirección del Servicio Canario de Empleo la modificación de la mencionada Resolución y de los plazos establecidos en la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.- El punto decimoquinto, apartado 4.4 del Anexo I de la citada convocatoria establece que el plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la Resolución de concesión será de tres meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución, las solicitudes presentadas podrán entenderse desestimadas.

Teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio presupuestario, los distintos trámites administrativos necesarios para la resolución del expediente así como la obligatoriedad de iniciar una acción de los planes de formación en el ejercicio presupuestario 2019, se considera que concurren en el presente procedimiento razones de interés público para la tramitación del mismo con la máxima celeridad, mediante la tramitación de urgencia del procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 31 de julio de 2019, de la Presidencia, para la concesión de subvenciones públicas, para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Vistos los anteriores antecedentes y consideraciones jurídicas,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo ordinario iniciado por Resolución de 31 de julio de 2019, de la Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2019, de concesión de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, reduciendo a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15), sin perjuicio de que, conforme a lo previsto en el artículo 112.1, párrafo segundo, de la Ley 39/2015, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre de 2019.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

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