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BOC Nº 181. Jueves 19 de septiembre de 2019 - 4517

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

4517 EDICTO de 4 de junio de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000651/2013.

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BOC-A-2019-181-4517. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Emilio Arribas Higuera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arrecife, a 3 de junio de 2019.

Dña. Victoria Motos Rodríguez, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario nº 651/13, seguidos a instancia de las entidades "Torrescl, S.L. e Instalaciones Roluz, S.L., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982" ("Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Norte UTE" e "Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Sur UTE"), representadas por la Procuradora Dña. Noelia Lemes Rodríguez y asistidas del Letrado D. José Pablo Lemes Pérez, contra las mercantiles "Dialectro Canarias, S.A.", representada por el Procurador D. Joaquín González Díaz y asistida de la letrada Dña. Beatriz Lorenzo Ramos, y "Esinor Sistemas, S.L.", en rebeldía procesal, sobre acción de resolución de contrato de compraventa e indemnización de daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por las entidades "Torrescl, S.L. e Instalaciones Roluz, S.L., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982"("Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Norte UTE" e "Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Sur UTE"), representadas por la Procuradora Dña. Noelia Lemes Rodríguez, contra las mercantiles "Dialectro Canarias, S.A." representada por el Procurador D. Joaquín González Díaz, y "Esinor Sistemas, S.L.", en rebeldía procesal, debo de declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa celebrado por las demandantes con "Dialectro Canarias, S.A." y cuyo objeto fue la compra y suministro del sistema de telegestión Computer Craft para su instalación en las obras contratadas con el Ayuntamiento de San Bartolomé. Asimismo, condeno a las dos demandadas a que abonen, solidariamente, a "Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Norte UTE" la suma de 38.075,65 euros y a "Instalación de alumbrado público San Bartolomé-Zona Sur UTE" la cantidad de 45.882,83 euros, más los intereses legales de dichas cantidades desde la fecha de interposición de la demanda. Todo ello con expresa imposición de costas a las demandadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio literal para su unión a los presentes autos, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.- La Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Esinor Sistemas, S.L., expido y libro el presente en Arrecife, a 4 de junio de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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