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BOC Nº 155. Martes 13 de agosto de 2019 - 4137

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

4137 Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de julio de 2019, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación y prórroga del plazo de vigencia del Convenio de Colaboración suscrito, con fecha 15 de diciembre de 2017, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la "Realización del proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias", cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020.

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BOC-A-2019-155-4137. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de 15 de diciembre de 2017, de modificación y prórroga del plazo de vigencia del Convenio de Colaboración suscrito, con fecha 15 de diciembre de 2017, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para la "Realización del Proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias", cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de julio de 2019.- El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO, CON FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2017, ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES, Y LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA "REALIZACIÓN DEL PROYECTO DE CREACIÓN DE LA RED DE MICROÁREAS ECOTURÍSTICAS LITORALES EN CANARIAS", COFINANCIADO POR EL FEDER EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE CANARIAS 2014-2020.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de mayo de 2019.

REUNIDOS

De una parte, D. Isaac Castellano San Ginés, en su calidad de Consejero de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, nombrado mediante Decreto 106/2017, de 31 de julio, del Presidente (BOC nº 147, de 1 de agosto), actuando en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares y artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el artículo 4.2.d) del Decreto 24/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del citado Departamento.

De otra, D. Rafael Robaina Romero, Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, con CIF Q3518001G y domicilio en la calle Juan de Quesada, 30, de esta ciudad, nombrado por Decreto de la Presidencia del Gobierno de Canarias 127/2016, de 16 de diciembre, en virtud de las competencias dispuestas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica de 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en uso de la facultad atribuida por los artículos 78, 81.a) y 137 de los Estatutos de la Universidad, aprobados Decreto 107/2016, de 1 de agosto, del Gobierno de Canarias (BOC nº 153, de 9.8.16), actuando en nombre y representación de esta Institución Académica

Reconociéndose los intervinientes, respectivamente, competencia y capacidad legal suficientes,

EXPONEN

I.- Que con fecha 15 de diciembre de 2017, se suscribió un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización del Proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias, cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020 por un periodo de vigencia hasta el 15 de junio de 2019, según lo dispuesto en la estipulación sexta.

II.- Que por circunstancias sobrevenidas ajenas a las partes, se han demorado algunas de las actuaciones previstas, al margen de señalar que los objetivos y actividades del proyecto Ecoáreas se persiguen y desarrollan de manera coordinada con la Universidad de La Laguna que participa en el mismo proyecto para la creación de una Red de Microáreas Ecoturísticas Litorales, a través de Convenio suscrito con fecha 20 de marzo de 2018, entre la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y la Universidad de La Laguna por un periodo de vigencia hasta el 20 de septiembre de 2019, según lo dispuesto en la estipulación sexta. Con lo cual existe un desfase de 3 meses, ocasionando una asincronía en la ejecución de las tareas programadas que son esenciales para la implementación de la Red de la Microáreas Ecoturísticas Litorales en Canarias.

Además una vez celebradas en Gran Canaria Las Jornadas Mardetodos 2018, organizadas por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, las Jornadas Mardetodos correspondientes al año 2019 las organiza la Universidad de La Laguna, que están previstas para noviembre de 2019, ya que en ningún caso podrán celebrarse antes del 20 de septiembre de 2019.

Por este motivo, y con el objeto de no incurrir en incumplimiento teniendo en cuenta, además, que ha de procederse a la recepción de los Informes y Manifiesto Final consensuado sobre la Red de Ecoáreas, entre otros y de conformidad con lo establecido en la estipulación sexta del Convenio con el acuerdo unánime de las partes se propone prorrogar por un periodo de seis (6) meses y quince (15) días, hasta el 31 de enero de 2020 la vigencia del Convenio sin que la presente prórroga produzca un incremento del gasto al no variarse las acciones establecidas en el Convenio.

III.- Que de acuerdo con la cláusula sexta del Convenio de 15 de diciembre de 2017 el plazo de vigencia del Convenio comprende del 15 de diciembre de 2017 al 15 de junio de 2019 (dieciocho meses desde el momento de la firma). Habida cuenta que la prórroga ha de realizarse con al menos dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento, la misma debiera haberse suscrito con fecha 15 de abril de 2019, por lo que procede, a fin de poder prorrogar el plazo de vigencia del Convenio modificar la señalada cláusula sexta omitiendo el plazo de dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento para poder acordar su prorroga.

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

1º.- Petición de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 9 de mayo de 2019, solicitando la prorroga en la que consta la exposición de motivos planteados por la Universidad, expuesto en el antecedente II, y con el objeto de no incurrir en incumplimiento por dilación de las actuaciones pendientes, por un período de seis (6) meses y quince (15) días, hasta el 31 de enero de 2020 para el cumplimiento total de las actuaciones previstas en el presente Convenio.

2º.- Consta en el expediente Informe-Propuesta emitido, con fecha 13 de mayo de 2019, por la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, centro gestor.

3º.- Consta en el expediente, informe jurídico 11/2019 emitido, con fecha 8 de mayo de 2019, por el Letrado Habilitado del Departamento.

En base a lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización de la presente Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración cuyo objeto es la "Realización del Proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias", con arreglo a la siguiente

ESTIPULACIÓN

Única.- La Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de mutuo acuerdo, convienen acometer la modificación de la cláusula sexta del Convenio omitiendo el plazo de dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento y prorrogar la vigencia del mismo para la realización del Proyecto de creación de la red de microáreas ecoturísticas litorales en Canarias, cofinanciado por el FEDER en el marco del Programa Operativo de Canarias 2014-2020, suscrito con fecha 15 de diciembre de 2017, por un periodo de vigencia de seis (6) meses y quince (15) días, hasta el 31 de enero de 2020, para el cumplimiento total de las actuaciones previstas en el Convenio y sin que la misma produzca un incremento del gasto al no variarse las acciones establecidas, incluida la justificación de la aplicación de los fondos aportados, manteniéndose inalterables el resto de las estipulaciones.

Y para la debida constancia de todo lo convenido, firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio mencionados, anexándose como Adenda I al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 15 de diciembre de 2017.

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