Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 143. Viernes 26 de julio de 2019 - 3820

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

3820 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 10 de julio de 2019, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento para el reconocimiento de correspondencias, convalidaciones y exenciones en las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Canarias.

10 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 415.47 Kb.
BOC-A-2019-143-3820. Firma electrónica - Descargar

Vista la necesidad de establecer instrucciones sobre el procedimiento para el reconocimiento de correspondencias, convalidaciones y exenciones en las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, en el artículo 3.2, integra las enseñanzas deportivas dentro de la oferta del sistema educativo, y en el Capítulo VIII del Título I desarrolla los aspectos fundamentales de este tipo de enseñanzas, que forman parte de las enseñanzas de régimen especial.

Segundo.- El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, dedica su Capítulo IX a las correspondencias, convalidaciones y exenciones, estableciendo, en su artículo 44, el procedimiento para su solicitud y concesión.

La Disposición transitoria segunda del mencionado texto normativo establece la vigencia de aquellas enseñanzas deportivas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, impartiéndose conforme a lo previsto en los reales decretos que crearon los respectivos títulos y enseñanzas mínimas hasta que se creen los nuevos títulos y enseñanzas, excepto en los aspectos que se detallan en la misma, en los que se seguirán los criterios que allí se determinan.

Tercero.- En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias se ha autorizado desde el año 2008 la impartición de las enseñanzas deportivas de régimen especial en distintas modalidades o especialidades, procediendo dictar las presentes instrucciones con el fin de que los centros y el alumnado dispongan del instrumento necesario para el reconocimiento de las correspondencias, convalidaciones y exenciones en las enseñanzas deportivas de régimen especial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), en su redacción actual, en el artículo 3.6, que preceptúa que las enseñanzas deportivas tendrán la consideración de enseñanzas de régimen especial, y en su Capítulo VIII del Título I, que establece los principios generales de las enseñanzas deportivas así como las normas fundamentales sobre su organización.

Segundo.- El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial (BOE nº 268, de 8 de noviembre), en su Capítulo IX, que regula las convalidaciones, correspondencias y exenciones.

Tercero.- El Decreto 93/2019, de 22 de mayo, por el que se regulan las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 110, de 11 de junio), en su Capítulo VI, que regula las correspondencias, convalidaciones y exenciones.

En atención a lo anteriormente indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 203, de 19 de octubre); el Decreto 305/2015, de 30 de julio, de nombramiento del Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos (BOC nº 149, de 3 de agosto), y el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 122, de 16 de septiembre),

R E S U E L V O:

Primero.- Dictar las instrucciones relativas al procedimiento para el reconocimiento de correspondencias, convalidaciones y exenciones en las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que figuran en el anexo de la presente resolución.

Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento y encomendar a los equipos directivos de los centros docentes que desarrollen el procedimiento más adecuado para que la presente resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa, haciéndoles llegar copia de la misma, cuando así se solicite por la persona interesada, y exponiéndola permanentemente en el tablón de anuncios y en la web del centro, en su caso.

Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión y asesoramiento, además de la de carácter general, la específica sobre aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros que impartan las enseñanzas objeto de esta resolución.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15).

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2019.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Manuel Jorge Pérez.

Ver anexo en las páginas 29428-29435 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias