Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 136. Miércoles 17 de julio de 2019 - 3590

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

3590 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 4 de julio de 2019, del Director, por la que se publica, a propuesta de la Comisión de Evaluación de Carrera Profesional del personal facultativo en el ámbito de Atención Primaria, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción 2/2018, del Director, la Resolución complementaria de la relación provisional de las solicitudes de interesados que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel superior al que tengan, en su caso, reconocido, la relación provisional de las solicitudes desestimadas de interesados que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, así como la relación provisional de las solicitudes estimadas, y se acuerda la apertura de un trámite de audiencia.

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 458.42 Kb.
BOC-A-2019-136-3590. Firma electrónica - Descargar

La Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, se constituyó por Resolución nº 1329/2018, de 4 de mayo, del Director del Servicio Canario de la Salud, designándose los miembros que la componen.

En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 278/2003, de 13 de noviembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 223, de 14.11.03), la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional emite Resolución de 17 de mayo de 2019, por la que se aprueba la relación provisional de las solicitudes de interesados que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel superior al que tengan, en su caso, reconocido, la relación provisional de las solicitudes desestimadas de interesados que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, así como la relación provisional de las solicitudes estimadas.

Igualmente, la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional de referencia acordó la apertura de trámite de audiencia por un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el que los interesados podrán:

* Reclamar contra el nivel en el que se les propone encuadrar, aportando los documentos necesarios para justificar los períodos de servicios prestados que pretendan hacer valer (en caso de acreditación de servicios previos deben hacerlo mediante presentación de modelo "Anexo I", recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública -BOE nº 9, de 10 de enero-).

* Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación (en caso de acreditación de servicios previos deben hacerlo mediante presentación del modelo "Anexo I", recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública -BOE nº 9, de 10 de enero-).

Transcurrido el plazo de trámite de audiencia, la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, ante las reclamaciones presentadas, advierte que se han omitido determinados interesados en el Anexo I y que falta la baremación de otros que procede incluir en el Anexo III de la Resolución de 22 de mayo de 2019 (BOC nº 102, de 29.5.19), por lo que acuerda emitir nueva Resolución, de 28 de junio de 2019, complementaria a la Resolución de 22 de mayo de 2019, por la que se aprueba la relación provisional de las solicitudes de interesados que no figuraban en la Resolución de 22 de mayo de 2019 y que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel superior al que tengan, en su caso, reconocido (Anexo I) y la relación provisional de las solicitudes estimadas de interesados que no figuraban en la Resolución de 22 de mayo de 2019 (Anexo III).

De acuerdo con lo expuesto

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web del Servicio Canario de la Salud, la Resolución complementaria de la Resolución de 22 de mayo de 2019 (BOC nº 102, de 29.5.19) con los Anexos I y III, de la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria.

El texto íntegro de la Resolución complementaria es el siguiente:

"RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL FACULTATIVO DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD EN EL ÁMBITO DE ATENCIÓN PRIMARIA, COMPLEMENTARIA DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 17 DE MAYO DE 2019, COMPLEMENTARIA DE LA RELACIÓN PROVISIONAL DEL PERSONAL FACULTATIVO DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD EN EL ÁMBITO DE ATENCIÓN PRIMARIA QUE, HABIENDO ADQUIRIDO LA CONDICIÓN DE PERSONAL FIJO DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD CON ANTERIORIDAD AL 31 DE JULIO DE 2018, NO REÚNEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIOS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN EL NINGÚN NIVEL O SUPERIOR AL QUE TENGAN, EN SU CASO, RECONOCIDO Y DE QUIENES ENCUADRAN O NO EN LOS DISTINTOS NIVELES DEL SISTEMA DE CARRERA PROFESIONAL DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO EXCEPCIONAL Y SE ACUERDA LA APERTURA DE UN TRÁMITE DE AUDIENCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de la Comisión de Evaluación de la carrera profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, de fecha 17 de mayo de 2019, se aprueba la relación provisional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria que, habiendo adquirido la condición de personal fijo del Servicio Canario de la Salud con anterioridad al 31 de julio de 2018, se encuadran o no en los distintos niveles del sistema de carrera profesional de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional, y se acuerda la apertura de un trámite de audiencia.

Segundo.- La Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, ante las reclamaciones presentadas en el citado trámite de audiencia, observa que no se han incluido a determinados interesados en los Anexos I y III de la Resolución de 22 de mayo de 2019 (BOC nº 102, de 29.5.19), por lo que procede complementar las indicadas relaciones provisionales de personal facultativo que no reúnen los requisitos y condiciones necesarias para el encuadramiento en ningún nivel o superior al que tengan, en su caso, reconocido (Anexo I) y, una vez efectuada la baremación de los profesionales que reunían los requisitos y condiciones, incluirlos en la relación provisional de solicitudes estimadas, con indicación del nivel reconocido (Anexo III), así como conferir trámite de audiencia a los citados interesados, en los términos siguientes:

* Desestimar las solicitudes de los profesionales relacionados en Anexo I de la presente, que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel o superior al que tengan, en su caso, reconocido.

* Estimar las solicitudes de los profesionales que se relacionan en Anexo III de la presente, con identificación del nivel reconocido.

A los anteriores hechos, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Compete a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la resolución del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 278/2003, de 13 de noviembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 223, de 14.11.03).

En base a lo expuesto, la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar, como anexos a la presente Resolución, las relaciones complementarias de la relación provisional del Personal Facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria que, habiendo presentado la oportuna solicitud entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2018, no figuraban en la Resolución de 22 de mayo de 2019 (BOC nº 102, de 29.5.19), y se encuadran o no en el correspondiente nivel de carrera profesional, de acuerdo con el sistema establecido en el Decreto 278/2003, de 13 de noviembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 223, de 14.11.03) y en la Instrucción nº 2/2018, del Director del SCS, modificada parcialmente por la Instrucción nº 6/2018 y por la Instrucción nº 7/2018 relativa al régimen aplicable y procedimiento a seguir para el encuadramiento en los distintos grados o niveles de carrera profesional del personal del SCS:

Anexo I.- Relación provisional de las solicitudes del Personal Facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel o superior al que tengan, en su caso, reconocido.

Anexo III.- Relación provisional de las solicitudes del Personal Facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria estimadas haciendo constar respecto de cada solicitante el grado reconocido.

Segundo.- Acordar la apertura de un trámite de audiencia, por el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en la página web del SCS y Boletín Oficial de Canarias, en el que los interesados podrán:

* Reclamar contra el nivel en el que se propone encuadrar, aportando los documentos necesarios para justificar los períodos de servicios prestados que pretendan hacer valer (en caso de acreditación de servicios previos debe hacerlo mediante presentación de modelo "Anexo I", recogido en la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública).

* Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación y/o subsanando los defectos u omisiones que se hubieran advertido.

Las reclamaciones deberán presentarse mediante escrito dirigido a la Comisión de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, y podrá utilizarse el modelo existente en la página web del SCS, dentro del apartado "Carrera Profesional", "formularios y solicitudes".

Dicho escrito se presentará preferentemente en las Unidades de Registro de cada una de las Gerencias de Atención Primaria, Gerencias de Servicios Sanitarias correspondientes, o en cualquiera de los lugares previstos en el Decreto 164/1994, de 29 de julio y en la forma que señala el artº. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre) y sus posteriores modificaciones, que se encuentra en vigor de conformidad con lo dispuesto en la Disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).

Tercero.- Acordar la publicación de esta Resolución en la página web del SCS dentro de la pestaña "carrera profesional" y en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, dado su carácter de trámite no cualificado, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artº. 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).- La Presidenta de La Comisión de Evaluación de Carrera Profesional del Personal Facultativo del Servicio Canario de la Salud en el ámbito de Atención Primaria, Gloria Calero González".

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de julio de 2019.- El Director, Conrado Jesús Domínguez Trujillo.

Ver anexo en las páginas 28401-28401 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias