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BOC-A-2019-123-3277.
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Examinada la solicitud presentada por la Entidad Fundación Ransdtad, provista de CIF G83844316, mediante escrito de fecha 12 de abril de 2019, registro de entrada general 571318, con el fin de acogerse a las subvenciones para la puesta en práctica de un Programa Experimental en Materia de Empleo, convocadas mediante Resolución nº 2782/2019, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de fecha 6 de marzo de 2019 (extracto publicado en el BOC de 20.3.19), por medio de la presente se le requiere para que, en el plazo de cinco (5) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, remita a este Centro administrativo, original o copia compulsada de la siguiente documentación:
- Deberán presentar y/o aclarar en la Memoria explicativa del proyecto, los siguientes apartados:
* Enumeración detallada de todas y cada una de las acciones que componen el proyecto, especificando su contenido y detallando los lugares de impartición y fechas previstas de inicio y finalización de las mismas que contempla el Proyecto (cronograma aproximado de ejecución). Asimismo especificar quién impartirá cada una de las acciones previstas en el proyecto (de orientación, formación etc.). En cuanto a la "contratación externa" deberá concretarse el ámbito en el que actuarán, las acciones que impartirán, las entidades que tiene previstos contratar o, en su defecto, características que deben cumplir.
* En caso de que la entidad haya optado por ello, de conformidad con los criterios de baremación expuestos en la convocatoria, se deberá exponer claramente el número de certificados de profesionalidad de Nivel 1 que se compromete a impartir. Los certificados profesionales, deben estar perfectamente definidos e incluir al número de usuarios que va destinado. Asimismo deberá especificarse resto de las acciones formativas: duración, contenidos, nº de usuarios previsto que lo cursen, etc.
* Relación de los recursos humanos de los que dispone o de los que se dotará el solicitante, especificando el nº, la jornada laboral, el porcentaje de tiempo que se dedicarán al proyecto los pertenecientes a la Entidad, indicando las funciones que desarrollarán y la ubicación laboral que van a tener los mismos (deberán concretar los recursos humanos previstos para el desarrollo del proyecto).
* Detallar la relación de la infraestructura, características de esta y los medios materiales disponibles para el desarrollo del proyecto, indicando la dirección completa del lugar o lugares donde van a desarrollarse las acciones (Deberán concretar las instalaciones y materiales destinados al desarrollo del proyecto).
* Objetivos de inserción laboral previstos que deberán ser, al menos, los indicados para cada programa en el artículo 2 de la Orden TAS 2643/2003, 35% de los usuarios atendidos, como mínimo.
- Valoración económica del coste total del proyecto, detallando los conceptos de gastos subvencionables y la estimación del mismo por la persona atendida e insertada, conforme a lo previsto en la convocatoria, así como la cofinanciación, en su caso, de la entidad solicitante.
En cuanto al gasto que se imputa como "Auditoría Externa, este deberá cumplir con los límites cuantitativos que, en relación al coste total del proyecto, quedan establecidos en la convocatoria. Se recuerda la obligatoriedad de justificar a través de informe de auditoría y que este gasto puede imputarse al proyecto.
Evidentemente, no todas las partidas son obligatorias, debiendo consignarse cantidades, solo en aquellas que la Entidad juzgue necesarias, en función de las características y objetivos de su Proyecto.
El importe de la subvención solicitada será inferior o igual al coste total del Proyecto (Máximo 2400 euros por desempleado objeto del programa).
El Presupuesto debe presentarse en hoja separada e independiente de la memoria (ver resuelvo 5º, punto 4 de la convocatoria). Debe responder al modelo existente en la convocatoria. Deberá ser firmado electrónicamente por el representante de la Entidad.
* Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de los estatutos donde conste que la entidad solicitante dispone de personalidad jurídica y carece de fines lucrativos (ver resuelvo 5.2 de la convocatoria).
* Original o copia compulsada de los poderes bastanteados por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias (ver resuelvo 5.2 de la convocatoria).
* Fotocopia compulsada del DNI del representante legal de la Entidad (ver resuelvo 5.2 de la convocatoria).
* Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante (ver resuelvo 5.2 de la convocatoria).
No será necesaria la presentación la documentación que se relaciona en estos 3 o 4 últimos apartados (habrá que elegir 3 o 4, en función de que se trate de una entidad privada o una administración pública), en el caso de que la entidad se encuentre inscrita en el Registro de Solicitantes de Subvenciones al Servicio Canario de Empleo, regulado mediante Orden de 21 de julio de 2008 (BOC de 31.7.08), siempre y cuando la entidad presente copia de la Resolución de inscripción en dicho registro.
* La experiencia de la Entidad en materia de formación e inserción debe ser demostrada. En este sentido, hay que reseñar que, en los casos de proyectos desarrollados en el ámbito del Gobierno de Canarias se deben reseñar las resoluciones o convenios firmados, el año de concesión, la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, así como el contenido de los mismos. En proyectos desarrollados en ámbitos externos al Gobierno de Canarias, se deben aportar copias de las resoluciones de concesión y/o de los convenios firmados entre la Entidad y los servicios públicos de empleo o entidades colaboradoras (en la experiencia relativa al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria deben presentar documentación acreditativa de que se trata de una acción de acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia, tal como se recoge en la normativa específica).
En la experiencia relativa a proyectos del Gobierno de Canarias recogen unas en el modelo de "Acreditación de Experiencia" y presentan copias no siempre coincidentes (deberán presentar copias de todas las relacionadas en el anexo), debe haber correlación entre unas y otras. Asimismo y en relación a las Resoluciones por las que se autoriza a diversas entidades a realizar una donación de esa entidad para el desarrollo de proyectos con discapacitados deberán presentar documentación acreditativa que se ha realizado esa acción, actuaciones desarrolladas, cronograma de ejecución, beneficiarios, resultados obtenidos, etc. o, en su defecto, una memoria en los mismo términos.
* De acuerdo a la normativa reguladora de los Programas Experimentales en Materia de Empleo, para ser entidad beneficiaria se deberá acreditar, entre otras, experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.
* Certificación acreditativa de la disponibilidad de los fondos, así como de su afectación a la ejecución del proyecto correspondiente a la cantidad cofinanciada. Deberá estar firmada electrónicamente por el representante de la Entidad y, en su caso, por el responsable económico.
El plazo previsto para la contestación al presente requerimiento de documentación, ha sido acortado a la mitad, de conformidad con la posibilidad prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y según Acuerdo de tramitación de urgencia del Director del SCE, nº 5743/2019, de fecha 4 de junio de 2019 (publicado en el BOC de 12.6.19).
Asimismo se le advierte que, de no presentar la documentación requerida en el plazo concedido, se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a tenerle por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
Dado el carácter y personalidad jurídica del interesado, se le recuerda a la obligación de aportar la documentación requerida por vía electrónica, según lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con el 14 del mismo cuerpo legal.
Para cualquier aclaración al respecto de lo consignado en el presente requerimiento, podrán ponerse en contacto con la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente, en los siguientes teléfonos: (928) 455338, (928) 455339, (928) 455344.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de junio de 2019.- El Director, p.s. (artº. 8.3 Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del SCE), la Secretaria General, Mónica Ramírez Barbosa.
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