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BOC Nº 123. Viernes 28 de junio de 2019 - 3270

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

3270 EDICTO de 28 de mayo de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento nº 0000345/2013.

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BOC-A-2019-123-3270. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2017.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrada Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000345/2013, seguido entre partes, de una como demandante Vete Comunicaciones, S.L., dirigido por el Letrado D. Miguel Rua Figueroa y representado por el Procurador Dña. Carolina Álvarez Pomar y de otra como demandada Comunicaciones Futuras Mi Tierra, S.L., Mariano Galindo Roca y Dolores Amparo Hernández Méndez, sobre responsabilidad administradores.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Dña. Natalia de la Rosa Pérez en nombre de Vete Comunicaciones, S.L., debo declarar y declaro la existencia de la deuda a favor del actor por la cantidad de 183.600,35 euros, declarando la responsabilidad solidaria de los demandados Comunicaciones Futuras, S.L. y sus administradores sociales D. Mariano Galindo Roca y Dña. Dolores Amparo Hernández Méndez al pago de la deuda, condenándoles solidariamente a abonar a la entidad actora la cantidad de 183.600,35 euros más los intereses legales desde la fecha de la presentación de la presente demanda y con imposición de las costas.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Comunicaciones Futuras Mi Tierra, S.L., Mariano Galindo Roca y Dolores Amparo Hernández Méndez, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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