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BOC Nº 117. Jueves 20 de junio de 2019 - 3099

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria

3099 EDICTO de 19 de diciembre de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000788/2018.

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BOC-A-2019-117-3099. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Luis Gómez Hernández, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2018.

Vistos por el S.Sª. D. Cosme Antonio López Rodríguez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal, seguidos en este Juzgado con el nº 788/2018, promovidos por el demandante procurador de los Tribunales Sra. Malagón Loyo en representación de Santander Consumer EFC, S.A., contra la parte demandada D. Juan Manuel Armas Ramos, que fue declarado en rebeldía, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sra. Malagón Loyo, en representación de Santander Consumer EFC, S.A., contra la parle demandada D. Juan Manuel Armas Ramos, que fue declarado en rebeldía, debo condenar y condeno:

* A los demandados, de forma solidaria, al pago a la actora de 2.215,92 euros, más los intereses en la forma estipulada en el fundamento tercero de la presente resolución.

* La imposición de las costas a la parte demandado.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248.4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con indicación de que contra esta sentencia no cabe recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.-El/la Magistrado.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Juan Manuel Armas Ramos, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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