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BOC Nº 115. Martes 18 de junio de 2019 - 3030

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Sanidad

3030 Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria.- Resolución de 4 de junio de 2019, de corrección de errores de la Resolución de 10 de abril de 2019, por la que se aprueba, a propuesta del Comité de Evaluación de carrera profesional, la relación definitiva de personal sanitario de formación profesional de esta Dirección Gerencia que accede o no al sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción 2/2018, del Director (BOC nº 75, de 17.4.19).

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BOC-A-2019-115-3030. Firma electrónica - Descargar

Advertido error en los datos contenidos en el Anexo I de la Resolución de 10 de abril de 2019, por la que se aprueba, a propuesta del Comité de Evaluación de carrera profesional, la relación definitiva de personal sanitario de formación profesional de esta Dirección Gerencia que accede o no al sistema de carrera profesional, de acuerdo con el procedimiento ordinario excepcional previsto en la Instrucción 2/2018, del Director del Servicio Canario de Salud (BOC nº 75, de 17.4.19), al haberse excluido de manera involuntaria en dicho Anexo I a varios interesados, se procede a realizar la correspondiente rectificación de conformidad con lo que establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que

R E S U E L V O:

Único.- Corregir el listado definitivo, incluyendo en el Anexo I-Relación de las solicitudes desestimadas de personal sanitario de formación profesional por no reunir los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel/grado, con indicación de la causa de desestimación, contenido en la Resolución de 10 de abril de 2019, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 75, de 17 de abril de 2019, a los interesados que a continuación se indica:

Ver anexo en la página 23367 del documento Descargar

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; o bien, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de la Salud en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.

En caso de interponer recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de junio de 2019.- El Director Gerente, p.d. (Resolución de 10.1.08, del Director del Servicio Canario de la Salud; BOC nº 21, de 30.1.08), Jesús Domingo Delgado Santana.

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