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BOC Nº 111. Miércoles 12 de junio de 2019 - 2936

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario

2936 EDICTO de 14 de mayo de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000236/2017.

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BOC-A-2019-111-2936. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Susana Pérez Soriano, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 13 de mayo de 2019.

Dña. Ana María Sanz López, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario, ha visto los presentes autos de juicio verbal nº 236/2017, promovidos por Comunidad de Propietarios Edificio Calle Pejín, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Nélida Santana Pérez y asistida por la Letrada doña Yolanda Quesada Santana, contra D. Wiliam Scalvini, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Nélida Santana Pérez, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Edificio Calle Pejín contra D. Wiliam Scalvini, y en consecuencia condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de dos mil cuatrocientos ochenta y cinco euros con dieciocho céntimos (2.485,18 euros), así como al importe de las cuotas vencidas y no satisfechas desde la fecha de presentación de la demanda, más los intereses pactados del 18% anual en los recibos desde enero de 2011 hasta enero de 2015, y del 20% anual en los recibos posteriores a enero de 2015, a aplicar desde la cuota del mes que venza.

Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 455 de la LEC).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. William Scalvini, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 14 de mayo de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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