Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 111. Miércoles 12 de junio de 2019 - 2925

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

2925 Secretaría General Técnica.- Resolución de 23 de mayo de 2019, por la que se dispone la publicación del Convenio Marco de Colaboración entre Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U., y Asociación Industrial de Canarias (ASINCA).

8 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 312.35 Kb.
BOC-A-2019-111-2925. Firma electrónica - Descargar

Suscrito el día 14 de marzo de 2019, el Convenio Marco de Colaboración entre Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. (GMR Canarias) y la Asociación Industrial de Canarias (ASINCA).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública y el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, aplicable en virtud de la Disposición transitoria única del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 2019.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.

A N E X O

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE GESTIÓN DEL MEDIO RURAL DE CANARIAS S.A.U., Y ASOCIACIÓN INDUSTRIAL DE CANARIAS (ASINCA).

En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2019.

REUNIDOS

De una parte,

D. Juan Antonio Alonso Barreto, mayor de edad, provisto de DNI 4*6*8*8*, actuando en nombre y representación según el poder nº 2520 de Protocolización de Acuerdos Sociales otorgado por la mercantil Gestión del Medio Rural de Canarias Sociedad Anónima Unipersonal ante Dña. Aránzazu Aznar Ondoño notaria del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, en calidad de Consejero Delegado de la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, SAU, provista del CIF A38075750, y domicilio a los efectos del presente en Polígono el Mayorazgo, calle Jesús Hernández Guzmán, nº 2, planta C, Santa Cruz de Tenerife, en adelante denominada "GMRCanarias",

Y de la otra,

D. Andrés Calvo García, mayor de edad, provisto de DNI 4*8*7*3* en calidad de Presidente, en virtud de Escritura de fecha 19 de diciembre de 2012 otorgada ante notario de Nicolás Quintana Plasencia con nº 3140 de su protocolo y actuando en nombre y representación de la Asociación Industrial de Canarias (ASINCA), en adelante "ASINCA", con CIF G38020145 y domiciliada en calle Puerto Escondido, nº 1, 2º piso, 38002-Santa Cruz de Tenerife.

Ambos se reconocen capacidad suficiente y legitimación para establecer el siguiente Convenio de Colaboración y a tal efecto

EXPONEN

I. Que GMRCanarias es una sociedad mercantil pública adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, y que en la actualidad, es un medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, tal y como se reconoce en el Decreto 188/2001, de 15 de octubre, con el que se determina su finalidad de servir como instrumento para la ejecución de la política agropecuaria y pesquera del Gobierno de Canarias.

1. Su misión es la mejora del sector primario, en línea con las estrategias de dicha institución y sus actividades fundamentales se desarrollan en dos vertientes. En primer lugar, en la comercialización y promoción de productos canarios, y, en segundo lugar, en la transferencia técnica al sector para su profesionalización y para aumentar su competitividad.

2. Dentro de la línea de actuación de GMRCanarias de comercialización y promoción de productos canarios, destacan los productos agrarios originarios de Canarias y, en concreto, la comercialización de frutas y hortalizas, que tradicionalmente ha sido su actividad principal. La cual se basa en la promoción y venta de los productos locales de las cooperativas y productores agrícolas de las islas que cumplen con determinadas exigencias, básicamente de calidad y cantidad de sus cosechas.

3. La apuesta estratégica de GMRCanarias en este ámbito se ha centrado en el apoyo a los cosecheros, la promoción de sus productos y la mejora de la comercialización y la exportación, a través de campañas que inciden en conocimientos sobre la diversidad de la oferta.

4. GMRCanarias constituye un referente en la comercialización de una amplia gama de productos agropecuarios y en la aplicación de normas de calidad agroalimentaria y trazabilidad, y su función principal es regular el mercado interior aglutinando la oferta de productos agrarios e incentivando la normalización de los mismos. GMRCanarias fomenta la actividad de las distintas organizaciones de agricultores hortofrutícolas del archipiélago (OPFH), así como el acceso de las producciones canarias a unos segmentos de mercado no existentes hasta entonces.

5. GMRCanarias es uno de los agentes ejecutores del Proyecto Crecer Juntos del Gobierno de Canarias, gestor de la marca Volcanic Xperience, encaminada a promocionar los productos canarios entre nuestros visitantes y a impulsar una imagen de Canarias como destino enogastroturístico, generador de mayor valor para nuestras islas y sus subsectores. De hecho, el Gobierno de Canarias, a través de GMRCanarias, desarrolla una estrategia de comercialización y promoción de los productos canarios en territorio peninsular.

Que GMRCanarias tiene voluntad de colaborar en este proceso favoreciendo la comercialización y promoción de los productos canarios, haciendo especial esfuerzo en aquellos ámbitos más innovadores y/o sostenibles

II. Que ASINCA desde su creación en 1978, ha adquirido por derecho propio el carácter de institución representativa del sector industrial en Canarias, contribuyendo, de una manera decisiva a la consolidación y desarrollo de dicho sector en el archipiélago.

1. ASINCA, integrada por empresas industriales pertenecientes a múltiples subsectores: alimentación, bebidas, artes gráficas, cartón y papel, construcción y auxiliares de la construcción, textil, electricidad, biotecnología, lavandería, metal, madera y muebles, plásticos y sus transformados, químico, residuos, tabaco, vidrio, cemento, etc. se constituye con la prioridad de establecer y facilitar servicios de interés común o específicos que requieran las empresas industriales y la promoción y defensa de la producción industrial canaria.

2. ASINCA representa los intereses de sus asociados, teniendo entre sus objetivos el fomento del consumo de los productos elaborados por las industrias canarias. Para ello, ASINCA contempla la realización de todo tipo actuaciones que tengan por objeto incrementar la presencia de los productos industriales canarios, realizando entre otras actuaciones, acciones de promoción de los Productos Elaborados en Canarias.

3. ASINCA es propietaria, entre otras, de las marcas: "Producto de Canarias", "Elaborado en Canarias", "Gráfico pájaros-canarios-", "ASINCA Producto de las Islas Canarias", marcas registradas, bien como marcas nacionales (por ejemplo y sin ánimo de ser exhaustivos, marcas españolas nº 877757, 2869489 o 2891378) bien como marcas comunitarias (registros números 8734386 y 2915946). Marcas todas a nombre de ASINCA e inscritas, en el ámbito de mejor defensa de los intereses industriales canarios, con la anuencia y beneplácito del propio Gobierno de Canarias.

Por lo que es de interés de ambas partes la colaboración conjunta para la realización de proyectos y nuevas experiencias prácticas que contribuyan al acercamiento de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias" no solo a los consumidores de los mercados locales, sino también a los peninsulares. Y en virtud de todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad a las siguientes,

ESTIPULACIONES

Primera.- Título competencial.

A los efectos de lo prescrito en el Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el cual se regula la actividad convencional de sector público y de la Comunidad Autónoma de Canarias, las partes del presente Convenio lo signan con fundamento de las siguientes competencias:

En lo que se refiere a GMRCanarias es una empresa pública dependiente de la Consejería que goza de personalidad jurídica propia. Así, el apartado a) del artículo 7 de sus Estatutos atribuye a GMRCanarias como parte de su objeto social, el "coadyuvar al desarrollo y ejecución de la política agroalimentaria y de pesca del Gobierno de Canarias. La ejecución de obras, trabajos, asistencias técnicas, consultorías y prestación de servicios, así como las que resulten complementarias o accesorias a las mismas, por encargo de Gobierno de Canarias, como medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y entidades públicas o privadas, vinculadas o dependientes de la misma, o por encargo de cualquier administración pública en el ámbito de la comunidad Autónoma de Canarias". Asimismo, en el apartado c) se recoge "La comercialización de los productos agrarios originarios de Canarias; en especial las de nuevo desarrollo, en los mercados tradicionales de la Península y Europa como las promociones de nuevos mercados", y en el apartado d) "La oferta de inputs a la agricultura en industria agroalimentaria de Canarias". Por su parte, en el apartado e), entre otros, se establece "La prestación de servicios de información, promoción, asesoramiento y orientación de productos, producciones y mercados a las cooperativas SAT y otras entidades asociativas de productos y comercialización agrarias de Canarias", por lo que su actividad tiene un marcado interés público.

Por su parte, ASINCA es una Asociación Empresarial sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar con total independencia y autonomía, para el cumplimiento de sus fines. Entre las acciones recogidas en los Estatutos Rectores de ASINCA figura: "Promover la utilización de normas de calidad, seguridad y excelencia en la elaboración y comercialización de los productos fabricados por las empresas asociadas".

ASINCA es la única Asociación de ámbito industrial con carácter regional y que tiene entre sus objetivos crear medidas específicas de apoyo y estímulo que permitan el posicionamiento de los Productos Elaborados en Canarias en el mercado regional y en los mercados exteriores

Segunda.- Objeto.

El objeto del presente Convenio es potenciar la promoción, comercialización y venta de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias", en nuestro mercado autonómico y peninsular, de forma que estos productos puedan ser más conocidos, valorados y demandados por sus características intrínsecas. Con ello, se pretende favorecer la apertura de mayores posibilidades de crecimiento económico para nuestras empresas agroindustriales, con lo que se pretende también posibilitar un mayor crecimiento en el empleo de estas, y en la calidad, reconocimiento y prestigio de sus productos, como una seña más de nuestra identidad.

Tercera.- Acciones.

Las acciones a desarrollar con motivo del presente Convenio irán acordes con las siguientes líneas:

1. Consumo y demanda. Ambas partes se comprometen a trabajar colaborativamente para fomentar el consumo de los productos locales en el sector turístico. En este sentido ASINCA colaborará con GMR Canarias para dar a conocer los productos "Producidos y Elaborados en Canarias" en aquellos canales de gran distribución y compañías hoteleras de interés para sus asociados, siempre que se ajuste a los modelos de trabajo de GMR Canarias.

GMR Canarias se compromete a incorporar referencias a partir de su modelo de comercialización, abierto a cualquier productor o intermediario de estos productos, con el objetivo de facilitar a la asociación descrita y sus asociados, tanto la gestión de proveedores como la gestión de pedidos.

2. Formación e información. Con el objetivo de favorecer el conocimiento de los productos locales y sus características, procedencia, métodos de producción específicos, etc., GMR Canarias se compromete a nivel regional a realizar acciones de formación en materia de productos "Producidos y Elaborados en Canarias" al personal de las empresas asociadas a ASINCA tanto dentro de las instalaciones de la entidad como fuera de ellas, siempre en función de las necesidades y demandas de estas en las que se comercialicen dichos productos.

3. Información. Se realizarán acciones de información en donde se pretenden destacar las características intrínsecas y ventajas de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias", en lo referente a la calidad, los métodos de producción específicos, aspectos nutricionales, seguridad alimentaria, el etiquetado, etc.

4. Acciones de promoción. Paralelamente se establece el compromiso por parte de GMR Canarias de acciones de promoción e identificación vinculadas a los productos "Producidos y Elaborados en Canarias" por los asociados de ASINCA, con el objetivo de ponerlos en valor e incrementar su demanda potencial, tanto dentro como fuera de las empresas turísticas, y aprovechando todos los canales de distribución de GMR Canarias. Al mismo tiempo, se llevarán a cabo acciones de promoción de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias" y de los Productos acogidos al logo RUP, con el fin de potenciar el consumo de dichos productos.

5. Acciones de innovación. ASINCA se ofrece como socio estratégico para poner en marcha iniciativas o pruebas piloto de promoción o comercialización que GMR Canarias pudiese plantear con sus asociados con el objetivo de favorecer el consumo de productos "Producidos y Elaborados en Canarias", por nuestros visitantes, siempre con la salvaguarda de que no suponga un problema desde el punto de vista de la operativa de las empresas o por contravenir la filosofía o normas de las mismas. Todo ello sin coste para ASINCA ni de sus empresas asociadas.

Cualquier servicio que con ocasión de la ejecución del presente Convenio GMRCanarias precise será objeto de adjudicación de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se transponen a nuestro ordenamiento las Directivas Comunitarias 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Cuarta.- Obligaciones de las partes.

Corresponderá a ASINCA:

* Impulsar la promoción de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias".

* Fomentar la realización de pruebas pilotos o actividades innovadoras con GMRCanarias en cualquier ámbito donde se demande que favorezcan la degustación, venta y consumo de productos "Producidos y Elaborados en Canarias", a través de GMRCanarias.

Por su parte, corresponderá a GMRCanarias:

* GMRCanarias impulsarán acciones de promoción de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias".

* GMRCanarias proporcionará formación o acciones que favorezcan el acercamiento y el conocimiento de los productos "Producidos y Elaborados en Canarias" entre los asociados de ASINCA.

Quinta.- Condiciones económicas.

La materialización del presente Convenio marco no implica una aportación económica adicional para las partes más allá de su propia actividad. Si bien, se pueden llevar a cabo acciones conjuntas de promoción con fondos aportados por otras entidades o Administraciones, si bien serán objeto de Convenio aparte.

Sexta.- Vigencia (y prórroga).

El presente Convenio entrará en vigor desde el día de su firma y se extinguirá trascurridos un año desde su concertación.

No obstante lo anterior, el presente Convenio podrá prorrogarse por períodos anuales de duración mediante acuerdo expreso de las partes.

No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá resolver anticipadamente el presente Convenio siempre que con un preaviso de al menos dos meses a la fecha efectiva de finalización del Convenio siempre mediante comunicación escrita,  fehaciente  y expresa, manifestando su voluntad de dar por terminado el Convenio a su vencimiento.

Séptima.- Extinción.

El presente Convenio quedará resuelto si se diere alguna de las siguientes circunstancias:

1. Por el transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. Por mutuo acuerdo entre las partes.

3. Por cumplimiento del término pactado o de cualquiera de sus prórrogas mediante notificación fehaciente de la denuncia del Convenio marco de cualquiera de las partes a la otra según se indica en el presente Convenio marco.

4. Cuando la otra parte hubiere incumplido total o parcialmente cualquiera de las obligaciones legales o contractualmente establecidas.

5. Que la otra parte solicite una moratoria o suspensión de pagos, o se declare en quiebra o presente escrito pidiendo ser declarada en quiebra, o reduzca su solvencia, o se produzca una modificación en la composición de su accionariado.

6. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

Octava.- Comisión de control.

GMRCanarias designará a dos representantes para que, conjuntamente con los dos representantes de ASINCA, formen parte de la Comisión de Control de ejecución del presente Convenio, cuya función principal será la de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del presente Convenio. Dicha comisión se reunirá al menos en dos ocasiones en el curso de la ejecución del presente Convenio con el fin de asegurar el buen término y ejecución del mismo o bien a instancia de cualquiera de las partes con un mínimo de antelación de tres días de antelación al momento en el que se pretenda celebrar dicha reunión. Los miembros de la comisión podrán ser asistidos en las reuniones de los mismos por el personal técnico que consideren necesario. El funcionamiento de la Comisión se regirá por las normas establecidas para el funcionamiento de los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena.- Propiedad industrial.

En publicaciones, folletos y soportes similares en que intervengan las partes en desarrollo de este Convenio, se hará constar el logotipo de las entidades firmantes. Fuera de los materiales publicitarios y de promoción desarrollados por las partes conjuntamente, se prohíbe el uso de las marcas y logotipos de las partes, salvo autorización expresa previa de su titular.

No obstante, en ningún caso GMRCanarias adquirirá, en virtud del presente Convenio, derecho alguno sobre las marcas y logotipos propios de ASINCA, sino tan solo un derecho de uso limitado para los fines y en las condiciones recogidas en el presente Convenio.

En ningún caso ASINCA adquirirá en virtud del presente Convenio, derecho alguno sobre las marcas y logotipos propios de GMR Canarias, sino tan solo un derecho de uso limitado para los fines y en las condiciones recogidas en el presente Convenio.

Décima.- Régimen jurídico.

1. Ley aplicable. Las partes acuerdan someter el presente acuerdo a la Ley Española.

2. Fuero. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiese corresponderles, acuerdan someter cualquier diferencia o controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente contrato, a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife.

3. Notificaciones. Salvo que este Convenio establezca expresamente otra cosa, todos los avisos y notificaciones u otros comunicados que puedan o deban cursarse en relación con lo estipulado en este Convenio se cursarán por escrito y se enviarán por correo certificado y debidamente franqueado a las direcciones respectivas que figuran al inicio de este contrato para cada una de las partes. A los efectos de recibir tales avisos o comunicados, cualquiera de las partes podrá cambiar la antedicha dirección mediante notificación cursada a la otra parte con sujeción a lo estipulado en esta cláusula.- El Presidente de la Asociación Industrial de Canarias, Andrés Calvo García.- El Consejero Delegado de la empresa pública Gestión del Medio Rural de Canarias, SAU, Juan Antonio Alonso Barreto.

© Gobierno de Canarias