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BOC Nº 106. Miércoles 5 de junio de 2019 - 2796

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2796 Secretaría General Técnica.- Resolución de 21 de mayo de 2019, por la que se ordena la publicación de la segunda Adenda de prórroga y de modificación al Convenio suscrito entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, la Fundación Canaria de Juventud IDEO, "Caixa Card 1, EFC, S.A.U." (actualmente Caixabank Payments E.F.C. E.P., SAU), "Caixabank, S.A." y "Caixabank Electrónic Money EDE, S.L.", para la promoción y gestión del Carné Joven EYCA (European Youth Card Association) en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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BOC-A-2019-106-2796. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 29 de abril de 2019 se suscribió la segunda Adenda de prórroga y de modificación al convenio suscrito entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, la Fundación Canaria de Juventud IDEO, "Caixa Card 1, EFC, S.A.U." (actualmente Caixabank Payments E.F.C. E.P., SAU), "Caixabank, S.A." y "Caixabank Electrónic Money EDE, S.L.", para la promoción y gestión del Carné Joven EYCA (European Youth Card Association) en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Considerando lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, así como en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la citada Adenda debe ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la citada Ley 12/2014, de 26 de diciembre y atendiendo al criterio interpretativo 4/2015 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, se ha procedido a disociar los datos relativos al NIF de las personas físicas firmantes de la Adenda objeto de publicación.

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación de la mencionada Adenda que figura como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2019.- La Secretaria General Técnica, María Lourdes Baute Hernández.

SEGUNDA ADENDA DE PRÓRROGA Y DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD DEL GOBIERNO DE CANARIAS, LA FUNDACIÓN CANARIA DE JUVENTUD IDEO, "CAIXA CARD 1, EFC, S.A.U." (ACTUALMENTE CAIXABANK PAYMENTS E.F.C. E.P., SAU), "CAIXABANK S.A." Y "CAIXABANK ELECTRÓNIC MONEY EDE, S.L.", PARA LA PROMOCIÓN Y GESTIÓN DEL CARNÉ JOVEN EYCA (EUROPEAN YOUTH CARD ASSOCIATION) EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2019.

INTERVIENEN

De una parte, D. José Miguel Barragán Cabrera, titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, en virtud de lo previsto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias en relación con el artículo 43.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad aprobado mediante Decreto 382/2015, de 28 de diciembre.

De otra, D. Antonio Sosa Marrero, mayor de edad, con NIF *********, Gerente de la Fundación Canaria de Juventud Ideo, con CIF G 35657048, con domicilio en la Avenida Primero de Mayo, nº 12, 3ª derecha de las Palmas de Gran Canaria, según consta en escritura de poder otorgado ante la Notaria del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias, Dña. Beatriz Eugenia Cabello Mestres, el día 10 de abril de 2017 bajo el nº 873 de su protocolo.

De otra, D. Juan Ramón Fuertes Blasco, mayor de edad, con NIF *********, en su calidad de Director Territorial de "CaixaBank, S.A." en Canarias (en adelante "CaixaBank") con NIF A-08663619 y domicilio social a estos efectos en la calle Triana, 83, planta 2, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, código postal 35002, en virtud de la escritura de poder que le ha sido otorgado ante el Notario D. Tomás Giménez Duart, el día 30 de junio de 2011 bajo su número de protocolo 2.694.

Igualmente, actuando en nombre y representación de "Caixa Card 1, E.F.C., S.A.U." con denominación social actual de Caixabank Payments E.F.C. E.P., SAU (en adelante "Caixabank Payments") con domicilio en calle Caleruega, nº 102, de Madrid y NIF A-58513318, según consta en escritura de poder otorgado ante el Notario D. Raúl González Fuentes, de fecha 28 de diciembre de 2012, bajo el número 3.831 de su protocolo.

Y por último, en nombre y representación de Administrador único de "CaixaBank Electronic Money, EDE, S.L." (en adelante, "Caixabank Electronic Money") con domicilio en calle Caleruega, nº 102, de Madrid y NIF B-65866105, según consta en escritura de poder otorgado ante el Notario D. Jesús Benavides Lima, de fecha 17 de enero de 2014, bajo el número 103 de su protocolo."

Las partes, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas se reconocen capacidad para convenir y obligarse en los términos de la presente Adenda de Prórroga, y al efecto,

EXPONEN

Primero.- Que, con fecha 17 de mayo de 2016, la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, la Fundación Canaria de Juventud Ideo, "Caixacard 1 E.F.C., S.A.U.", "Caixabank, S.A." y "Caixa Electrónic Money EDE, S.L.", suscribieron un Convenio de Colaboración para la promoción y gestión del Carné Joven EYCA (European Youth Card Association) en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tal y como consta en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada ante el notario D. Raúl González Fuentes el día 5 de abril de 2016, bajo su número de protocolo 1.186, la entidad "CaixaCard 1 E.F.C., S.A.U." modificó su denominación social por la de "CaixaBank Payments E.F.C. E.P., S.A.U."

Segundo.- Que en dicho Convenio, cuyo periodo de vigencia finalizó el 16 de mayo de 2018, se establecieron los términos y condiciones en los que las partes colaborarán en la emisión, promoción y difusión del Carné Joven EYCA en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Posteriormente, con fecha 5 de junio de 2017 dicho Convenio fue objeto de modificación en su cláusula decimoprimera reguladora de las obligaciones de CaixaBank, en concreto en lo relativo a la aportación económica que debe realizar dicha entidad.

Cuarto.- Que con fecha 25 de abril de 2018 se firma una primera adenda de prórroga al Convenio suscrito por la que se acordó ampliar su vigencia hasta el 16 de mayo de 2019.

Quinto.- Que en la cláusula decimoctava.- "Duración del Convenio" del Convenio firmado se establece que tendrá un periodo de vigencia inicial de dos años contados desde la fecha de su firma, sin perjuicio de los establecido en la cláusula sexta respecto al Periodo Transitorio Final, y que no obstante, si se quiere dar continuidad al mismo podrán firmarse Adendas de Prórroga por periodos anuales sucesivos, antes de finalizar su vigencia previa la tramitación que corresponda.

Sexto.- Que según se establece en su cláusula decimoprimera.- "Obligaciones de CaixaBank" (modificada mediante Adenda de Modificación al Convenio de fecha 5 de junio de 2017) punto 2.-, en caso de prórroga, el importe de la aportación inicial efectuada por "CaixaBank" serán revisadas anualmente, por la Comisión de Seguimiento del Convenio y se firmará una Adenda de prórroga en los términos establecidos en la cláusula decimoctava.

Séptimo.- Que según consta en el Acta de la Comisión de Seguimiento del Convenio, nombrada al efecto según lo establecido en la cláusula novena, y celebrada el día 9 de abril de 2019, se acuerda, entre otros asuntos, prorrogar la vigencia del Convenio durante el periodo comprendido entre el 17 de mayo de 2019 y el 16 de mayo de 2020. Asimismo, en virtud de la cláusula decimoprimera "CaixaBank" se compromete a aportar en el momento de su firma la cantidad de cuarenta mil (40.000,00) euros.

Octavo.- Se acuerda además, para la adecuación del Convenio suscrito a la vigente normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal, modificar el Anexo IV del Convenio, incorporando al mismo la información básica en materia de protección de datos, que debe de estar puesta a disposición de los interesados en el momento en el que se soliciten los datos, previamente a la recogida o registro de los mismos, así como hacer constar en las aplicaciones promocionales y de difusión en soportes de papel y digital que realicen de conformidad con el Convenio antes citado.

En consecuencia, vistas las razones apuntadas las partes firmantes de la presente Adenda de Prórroga,

ACUERDAN

1.- Prorrogar, durante el periodo comprendido entre el 17 de mayo de 2019 y el 16 de mayo de 2020, el Convenio suscrito con fecha 17 de mayo de 2016, modificado mediante adenda de modificación de fecha 5 de junio de 2017, y prorrogado con fecha 25 de abril de 2018 entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, la Fundación Canaria de Juventud IDEO, "Caixabank Payments E.F.C. E.P. SAU ", "CaixaBank, S.A." y "Caixabank Electrónic Money EDE, S.L.", para la promoción y gestión del Carné Joven EYCA (European Youth Card Association) en la Comunidad Autónoma de Canarias.

2.- Que en virtud de la cláusula decimoprimera y según lo acordado por la Comisión de Seguimiento del Convenio, "CaixaBank, S.A." se compromete a aportar, en el momento de la firma de la segunda adenda de prórroga del Convenio, la cantidad de cuarenta mil (40.000,00) euros impuestos incluidos.

3.- Modificar el Anexo IV del Convenio suscrito con fecha 17 de mayo de 2016 entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, la Fundación Canaria de Juventud IDEO, "Caixabank Payments E.F.C. E.P. S.A.U.", "CaixaBank, S.A." y "CaixaBank Electrónic Money EDE, S.L.", para la promoción y gestión del Carné Joven EYCA (European Youth Card Association) en la Comunidad Autónoma de Canarias, el cual quedará redactado conforme al anexo a la presente Adenda.

Las partes quedan expresamente sujetas al estricto cumplimiento de las condiciones impuestas en la presente Adenda de Prórroga, y en prueba de conformidad, firman la presente, por triplicado ejemplar, en la ciudad y fecha al comienzo expresados.- Por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, José Miguel Barragán Cabrera.- Por la Fundación Canaria de Juventud IDEO, Antonio Sosa Marrero.- Por "CaixaBank" "CaixaBank Payments " y "Caixabank Electrónic Money", Juan Ramón Fuertes Blasco.

Ver anexo en las páginas 21311-21311 del documento Descargar

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