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BOC Nº 93. Jueves 16 de mayo de 2019 - 2419

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

2419 EDICTO de 11 de abril de 2019, relativo al fallo y auto de rectificación de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario nº 0000442/2016.

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BOC-A-2019-093-2419. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 17 de octubre de 2018.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de procedimiento ordinario, nº 0000442/2016 seguido entre partes, de una como demandante Compañía Cervecera de Canarias, S.A., dirigido por la Abogada Dña. Carmen Herrera García y representado por la Procuradora Dña. Carmen Guadalupe García y de otra como demandada Amnesia Tenerife, S.L. en rebeldía y contra D. Ignacio Manuel González Santiago, dirigido por el Abogado D. Antonio Aznar Domingo y representado por la Procuradora Dña. Beatriz Soledad Ripolles Molowny sobre acción de reclamación de cantidad y responsabilidad de administradores sociales.

FALLO

Que debo estimar la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Carmen Guadalupe García en nombre de Compañía Cervecera de Canarias, S.A., debo declarar y declaro:

1.- Que la entidad demandada Amnesia Tenerife, S.L., adeuda a la actora las siguientes cantidades: 8.816,67 euros, que restan por amortizar de los 16.000 euros que fueron recibidos como apoyo económico de la actora, en virtud del contrato de suministro de fecha 1 de septiembre de 2013 y 7.300,82 euros en concepto de facturación impagada.

2.- Que asimismo D. Ignacio Manuel González Santiago, en su condición de administrador de la entidad demandada, viene también obligado al pago de las cantidades relacionadas en el precedente apartado a) 1, como responsable solidario de la obligación, absolviendo al demandado de la acción de responsabilidad individual ejercitada.

3.- Debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 16.117,49 euros, más intereses legales que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de la sentencia y sin declaración de costas.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Rectificada por auto de fecha 11.03.2019, cuyo fallo tiene el siguiente tenor literal:

"Decido: rectificar la Sentencia de fecha 17 de octubre de 2018, en los términos que han quedado expresados en el Fundamento Jurídico de esta resolución, de modo que el Fundamento Jurídico Quinto de la sentencia ha de terminar con el siguiente párrafo:

"Por lo expuesto, y no existiendo un incumplimiento de un deber legal al que pueda anudarse de forma directa el impago de la deuda social, procede desestimar la acción individual de responsabilidad, debiendo desestimarse esta acción."

Y el fallo ha de quedar redactado de la siguiente forma:

"Que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Carmen Guadalupe García en nombre de Compañía Cervecera de Canarias, S.A., debo declarar y declaro (...)"

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del que procede contra la resolución principal".

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido la Mercantil "Amnesia Tenerife, S.L.", expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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