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BOC Nº 87. Miércoles 8 de mayo de 2019 - 2250

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

2250 ORDEN de 28 de diciembre de 2018, de encargo a la Fundación Canaria de Juventud IDEO como medio propio personificado y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias de la realización de determinadas actividades esenciales en el ámbito de la ejecución de medidas judiciales conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

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BOC-A-2019-087-2250. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, nº LOR2017CA01133, de 29 de diciembre de 2017, se prorrogó y modificó la encomienda a la Fundación Canaria de Juventud IDEO, como servicio técnico y medio propio de esta Administración Pública, la realización de determinadas actividades esenciales en el ámbito de la ejecución de medidas judiciales conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM).

Segundo.- Mediante Orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, nº LOR2018CA01091, de 10 de diciembre de 2018, se modificó la Orden de la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, nº LOR2017CA01133, de 29 de diciembre de 2017, incluyendo en el apartado A) gastos transversales de la cláusula novena "régimen económico, incorporando un párrafo segundo, aumentando de los gastos transversales destinados al cumplimiento de la obligación de sustitución del personal de ejecución de medidas judiciales por un importe máximo total de 588.544,30 euros.

Tercero.- El informe elevado por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, expone el conjunto de recursos, programas y servicios que se consideran necesarios para atender la ejecución de las medidas judiciales competencia de esta Administración para el año 2019 teniendo en cuenta el número efectivo de medidas impuestas por los juzgados de menores radicados en Canarias en los últimos años, diferenciado por tipo de medida.

En atención al citado informe se propone encargara a la Fundación Canaria de Juventud IDEO, la gestión de los siguientes recursos:

a) Mantenimiento de las actuales ciento sesenta y cinco (165) plazas ofertadas para los Centros de Internamiento Educativo para menores infractores (CIEMI).

b) Mantenimiento de las actuales ciento cincuenta (150) plazas en medio abierto no residencial en las islas no capitalinas distribuidas entre Lanzarote setenta y cinco (75) plazas, Fuerteventura cuarenta y cinco (45) plazas y La Palma-Gomera-Hierro treinta (30) plazas.

c) Mantenimiento de las actuales ciento noventa (190) plazas en medio abierto no residencial en las islas capitalinas correspondiendo cien (100) plazas a la isla de Gran Canaria y noventa (90) plazas a la isla de Tenerife.

d) Mantenimiento de los grupos de convivencia educativa, incorporando las plazas creadas en el año 2017, resultando un número total de setenta y dos (72) plazas.

e) Mantenimiento de dos hogares de emancipación, uno en cada isla capitalina, con una oferta total de doce (12) plazas.

f) Mantenimiento de ciento cincuenta (150) plazas del programa de intervención familiar.

Quinto.- Visto lo anterior, se ha valorado la conveniencia de dictar una Orden de Encargo por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive, que recoja todas las modificaciones del contenido de los recursos, programas y servicios, así como el régimen económico correspondiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en su artículo 45.1, establece que la ejecución de las medidas adoptadas por los Jueces de Menores es competencia de las Comunidades Autónomas, indicando su exposición de motivos que la ejecución de las medidas judicialmente impuestas corresponde a las Entidades Públicas de protección y reforma de menores de la Comunidad Autónoma, bajo el inexcusable control del Juez de Menores.

Segundo.- Conforme al artículo 3 del Decreto 103/2015, de 8 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, dentro de las cuales se encuentran las competencias relativas a la ejecución de medidas judiciales impuestas por responsabilidad penal de menores, en adelante, lo que se denominará justicia juvenil, tal y como señala el artículo 17.D) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

Tercero.- La Fundación Canaria de Juventud IDEO es una Fundación Pública constituida por tiempo indefinido al amparo de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias, mediante escritura otorgada en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria el día 6 de abril de 2001, ante el Notario de la misma ciudad Dña. María del Pilar Rey y Fernández bajo el número de su protocolo 816, e inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias mediante Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de 19 de junio de 2001.

Conforme a sus Estatutos fundacionales, y siendo una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, tiene entre sus fines fundacionales el fomento, la promoción y el apoyo de actividades, acciones y programas destinados a la población infantil y juvenil de Canarias en aras a favorecer el desarrollo integral del individuo.

Además, cuenta con la acreditación como entidad colaboradora en materia de atención integral de menores otorgada por la Dirección General de Protección al Menor y la Familia, nº 154, de 30 de enero de 2003.

Forma parte del sector público autonómico y conforme a sus Estatutos, en su artículo 3.2, en trámite de modificación según acuerdo del Patronato de la Fundación de 26 de noviembre de 2018, la Fundación Canaria de Juventud IDEO actuará como medio propio personificado y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades vinculadas o dependientes de la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en orden a la realización de cualquier tarea, prestación o servicio que, teniendo relación con las actividades anteriores, le encarguen o encomiende la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma. La escritura de modificación se incorporará al expediente una vez se haya culminado dicho trámite.

Cuarto.- La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, en su artículo 32, encargos de los poderes adjudicadores a medios propios personificados, establece que, los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de otra persona jurídica distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, previo encargo a esta, con sujeción a lo dispuesto en este artículo, siempre y cuando la persona jurídica que utilicen merezca la calificación jurídica de medio propio personificado respecto de ellos y sin perjuicio de los requisitos establecidos para los medios propios del ámbito estatal en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El encargo que cumpla dichos requisitos no tendrá la consideración de contrato.

En virtud de lo anteriormente expuesto a propuesta de la Directora General de Protección a la Infancia y la Familia y visto el Acuerdo de Gobierno de 26 de diciembre de 2018 por el que se autoriza la realización del gasto que conlleva el Encargo a la Fundación Canaria de Juventud IDEO como medio propio personificado y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la realización de determinadas actividades esenciales en el ámbito de la ejecución de medidas judiciales conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,

R E S U E L V O:

Primero.- Encargar a la Fundación Canaria de Juventud IDEO la prestación del servicio técnico de ejecución de medidas judiciales impuestas a personas menores de edad por los juzgados de menores conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en los términos que figuran en el anexo de esta Orden.

Segundo.- El importe máximo del servicio técnico del presente encargo para su período inicial de vigencia es de dieciocho millones ciento noventa y siete mil setecientos cincuenta euros con veintiséis céntimos (18.197.750,26 euros), que se abonará a la Fundación Canaria de Juventud IDEO por parte de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, existiendo crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de Gastos en la aplicación presupuestaria 23.17.231K.2292000 "Ejecución de medidas judiciales menores infractores" del ejercicio 2019.

La realización del presente Encargo queda sujeta a la condición de que en el ejercicio 2019 exista crédito adecuado y suficiente para financiar las actuaciones objeto del mismo.

Tercero.- La presente Orden surtirá efecto a partir del 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive.

No obstante, la efectiva ejecución del Encargo, no comenzará hasta que iniciado el ejercicio 2019 y contraído el crédito, se curse la correspondiente comunicación al respecto.

Sin perjuicio de los efectos derivados de la notificación, la presente Orden será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

En caso de proceder la prórroga del plazo de vigencia inicial de este Encargo, deberá dictarse y notificarse Orden por la persona titular de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda dentro del citado plazo de vigencia inicial.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2018.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Cristina Valido García.

Ver anexo en las páginas 16220-16246 del documento Descargar

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