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BOC-A-2019-075-1901.
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BDNS (Identif.): 449251.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatorias cuyo texto completo puede consultarse la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios productores de Canarias de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida, que cumplan además los requisitos previstos en el resuelvo tercero de la Orden de convocatoria y en la Acción I.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Segundo.- Objeto.
El objetivo principal de la acción es mantener el cultivo y adicionalmente fomentar la prevención de riesgos económicos mediante el establecimiento de un complemento de ayuda a los jóvenes agricultores que tengan suscrita una póliza de seguros incluida en los Seguros Agrarios Combinados.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC nº 233, de 4.12.17), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI) y Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias aprobado en virtud del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo.
Cuarto.- Cuantía.
1. Las subvenciones que se convocan están financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa para la campaña 2019, se le asigna un importe de tres millones setecientos treinta y cinco mil ciento sesenta (3.735.160,00) euros. Dicha cuantía podrá modificarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea.
2. Los importes unitarios de la ayuda, como máximo ascenderán a:
- Producción no asegurada: 1.635 euros por hectárea.
- Producción asegurada: 1.800 euros por hectárea.
3. Se abonará un complemento de ayuda del 10% de los importes que pudieran corresponderles a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (medida 112 del PDR 2007-2013 o submedida 6.1 del PDR 2014-2020) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la presente campaña 2019.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el 15 de mayo de 2019.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2019.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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