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BOC Nº 73. Lunes 15 de abril de 2019 - 1835

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejerías de Educación y Universidades y de Turismo, Cultura y Deportes

1835 Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa y Dirección General de Patrimonio Cultural.- Resolución conjunta de 22 de marzo de 2019, por la que se convoca el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias, modalidad de Educación Infantil y Primaria curso 2018-2019, y se aprueban las bases de participación.

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BOC-A-2019-073-1835. Firma electrónica - Descargar

Examinada la propuesta correspondiente a la convocatoria y aprobación de las bases de participación en el Concurso, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En consonancia con la Ley Canaria de Educación no Universitaria, el Gobierno de Canarias ha puesto en marcha el Programa enSeñas, para el fomento de la Educación Patrimonial. Este Programa trata de dar respuesta a una demanda común entre los canarios y canarias, como supone la incorporación integral de nuestros valores históricos, culturales y patrimoniales a la práctica educativa, entendida en toda su generalidad, formal, no-formal e informal.

Desde el Programa enSeñas se está apostando por la combinación de tres elementos fundamentales: educación, valores y patrimonio. De este modo, se pretende generar conciencia de pertenencia a una comunidad propia, con un acervo y realidad que nos identifica a través del conocimiento, la valoración y el respeto a nuestro patrimonio y en el marco de una cultura universal, resaltando, a su vez, los valores que nos identifican y que configuran nuestra sociedad. Para ello es necesaria la integración escolar en el aprendizaje del patrimonio histórico, arquitectónico, artístico, bibliográfico, científico, documental, etnográfico, histórico, natural, industrial o técnico, tanto heredados de nuestros antepasados como creados en el presente.

Segundo.- Dentro de los objetivos estratégicos de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, a través de su Dirección General de Patrimonio Cultural y en consonancia con el Programa enSeñas, se encuentra la difusión del Patrimonio Cultural de Canarias en todas su manifestaciones, entendiendo que dicha difusión debe tener en el ámbito educativo formal uno de sus principales ejes de actuación.

Tercero.- Conocedores del trabajo realizado en esta línea por el profesorado, alumnado y familias en los centros educativos del Archipiélago, el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias. Modalidad de Educación Infantil y Primaria, constituye una apuesta por el reconocimiento y difusión de los proyectos, acciones e iniciativas que se están desarrollando y que tienen como objeto el fomento y la puesta en valor del patrimonio natural, social, cultural, e histórico canario.

De esta forma se le da continuidad a una iniciativa que ha tenido una notable aceptación en la comunidad educativa canaria.

A la vista de los antecedentes señalados son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) (BOE nº 106, de 4 de mayo), en su artículo 90 sobre Reconocimiento establece que las Comunidades Autónomas podrán reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de profesores y centros, facilitando la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que han merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo.

Segundo.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC nº 152, de 7 de agosto), en su artículo 5 recoge entre los objetivos que deberá alcanzar el sistema educativo canario:

e) Adaptar el sistema educativo no universitario a las singularidades propias del archipiélago, a las exigencias de los sistemas más avanzados y a las necesidades de su población, construyendo un espacio único, tanto real como virtual, que integre la educación formal, no formal y los aprendizajes que tienen lugar en contextos informales, y dotándolo de capacidad para elevar el nivel educativo de la ciudadanía.

m) Fomentar el conocimiento, el respeto y la valoración del patrimonio cultural y natural de Canarias desde una perspectiva de creación de una convivencia más armoniosa entre la ciudadanía y el entorno. Además, en su artículo 27.7 manifiesta: el currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura, la antropología, la identidad canaria y otros hechos diferenciales del archipiélago canario, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de una cultura universal.

Tercero.- El Decreto 183/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo del 2º Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 163, de 14 de agosto) recoge: la importancia del conocimiento y el respeto de los aspectos históricos, geográficos, naturales, culturales, sociales y lingüísticos más relevantes de la Comunidad Autónoma de Canarias quedan patentes al plantearse como un objetivo educativo específico.

Cuarto.- El Decreto 89/2014, 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 156, de 13 de agosto), recoge en su artículo 3.2 que el currículo de la Comunidad Autónoma de Canarias contribuirá, además, a que el alumnado conozca, aprecie y respete los aspectos culturales, históricos, geográficos, naturales, sociales y lingüísticos más relevantes de la Comunidad, así como los de su entorno, según lo requieran las diferentes áreas, valorando las posibilidades de acción para su conservación.

Quinto.- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre).

Sexto.- La Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019 (BOC nº 252, de 31.12.18), dispone en su Disposición adicional trigésima, apartado 2, que "... no se considerarán premios: b) la entrega de objetos cuando su valor, individualmente, no exceda 600 euros. Asimismo, cuando el valor del conjunto de los objetos entregados en una sola convocatoria no exceda de 2.000 euros."

Séptimo.- El Decreto 212/1991, de 11 de septiembre (BOC nº 122, de 16 de septiembre de 1991), sección tercera, artículo 19.3, de organización de los Departamentos de la Administración Autónoma de Canarias, en cuanto al carácter de la Dirección General como órgano de contratación, con todas las facultades inherentes en cuanto sea necesario para la consecución de los intereses públicos que tienen confiados.

Octavo.- Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades que recoge en su artículo 13, competencias generales y específicas de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa. En este sentido, se contempla la competencia para desarrollar e impulsar iniciativas de investigación e innovación educativas, incluidas la gestión económica y administrativa de las mismas.

Noveno.- Resolución de 20 de enero de 2017 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa (BOC nº 20, de 30 de enero), por la que se delega en la Directora de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa determinadas competencias en materia de innovación y promoción educativa.

Décimo.- Resulta aplicable el artículo 8 del Decreto 250/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa, que entra en interrelación con el artículo 11 del Decreto 24/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura, y Deportes que establece que la dirección de la política cultural, deportiva y de patrimonio cultural del Departamento, y dentro de ella, la Dirección General de Patrimonio Cultural, resulta competente para, defender, conservar y acrecentar el patrimonio cultural canario en los términos previsto en la legislación vigente, sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos del Departamento [el artículo 11.4.A.a)] así como, para difundir y divulgar el conocimiento y valoración de los bienes culturales de Canarias [letra j) del mismo artículo].

Undécimo.- Resulta necesaria la aplicación del principio de relación interadministrativa contenido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de 2.10.15) que dispone que "Las diferentes Administraciones Públicas actúan y se relacionan con otras Administraciones y entidades y organismo vinculados o dependientes de estas de acuerdo con los principios de:

c) Colaboración, entendido como el deber de actuar con el resto de Administraciones Públicas para el logro de fines comunes.

d) Cooperación, cuando dos o más Administraciones Públicas, de manera voluntaria y en ejercicio de sus competencias, asumen compromisos específicos en aras de una acción común."

En virtud de lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O:

Único.- Convocar, de acuerdo a las bases contenidas en el anexo que figura a continuación, para el curso 2018-2019, el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias. Modalidad de Educación Infantil y Primaria.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2019.- La Directora (p.d. Resolución de 20.1.17, de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa; BOC nº 20, de 30.1.17), María Teresa Acosta Tejera.- El Director General de Patrimonio Cultural, Miguel Ángel Clavijo Redondo.

A N E X O

BASES DEL III CONCURSO AUTONÓMICO DE INICIATIVAS

EN EDUCACIÓN PATRIMONIAL EN CANARIAS.

MODALIDAD DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y E. ESPECIAL

(Curso escolar 2018-2019)

Primera.- Objeto y finalidad.

El objeto de las presentes bases es regular la participación en el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias. Modalidad de Educación Infantil y Primaria, promovido de forma conjunta por la Consejería de Educación y Universidades, a través del Servicio de Innovación Educativa y la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

La finalidad de este concurso es:

* Observar y explorar el entorno familiar, social, cultural y natural con una actitud de curiosidad y respeto, iniciándose en la identificación de las características más significativas de la realidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

* Incentivar el respeto a los aspectos culturales, históricos, geográficos, naturales, sociales y lingüísticos más relevantes de la Comunidad Canaria.

* Fomentar la innovación y las buenas prácticas en materia de Educación Patrimonial en el ámbito de Canarias.

* Impulsar el desarrollo de hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad, así como el sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje.

* Fomentar el uso de las nuevas tecnologías.

* Reconocer a los equipos participantes de los mejores proyectos desarrollados bajo la temática propuesta.

Segunda.- Requisitos para la participación en el concurso.

Concurso abierto a todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos y no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias en los que se imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. Los centros educativos participantes se comprometen a respetar la legislación y reglamentación aplicable a los productos presentados, especialmente a la normativa sobre Protección de Datos y sobre Propiedad Intelectual.

Las actividades, acciones o proyectos presentados han de cumplir los siguientes requisitos:

* Constituir un proyecto original que no haya recibido premio de similar naturaleza.

* Mostrar su puesta en práctica durante el presente curso académico 2018-2019.

* Disponer del consentimiento expreso e inequívoco de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, industrial, imagen y/o cualesquiera otros sobre los contenidos insertos en el proyecto con el que se participa en el concurso.

La temática de los proyectos y acciones se ajustará, en general, a la Educación Patrimonial en los contextos educativos de Canarias y, en particular, en uno o en varios de los siguientes ámbitos:

* Patrimonio histórico, cultural y natural canario.

* Patrimonio lingüístico canario.

* Patrimonio etnográfico canario.

* Patrimonio artístico canario.

* Memoria histórica.

Las personas integrantes de los equipos de cada proyecto han de cumplir los siguientes requisitos:

* Alumnado matriculado en los niveles educativos de Infantil y Primaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos y de la Comunidad Autónoma de Canarias.

* Docentes que estén ejerciendo en cualquiera de los niveles y Centros descritos.

* El alumnado y el personal docente responsable solo podrá participar en un único proyecto.

Tercera.- Destinatarios.

El III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias está dirigido a los centros en los que se imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, que estén desarrollando durante el curso académico 2018-2019 actividades, acciones o proyectos relacionados con la Educación y el Patrimonio Canario.

Los Centros de Educación Obligatoria (CEO) participarán en esta modalidad si el proyecto o acción propuesta ha sido desarrollado en la etapa de Educación Primaria. Si el centro participara, con un proyecto o acción desarrollado en las etapa de Educación Primaria y Secundaria, podrían presentarse a la modalidad de Educación Infantil y Primaria o a la modalidad de Educación Secundaria Obligatoria.

Cuarta.- Procedimiento para la inscripción.

El procedimiento de inscripción de los centros educativos interesados en participar con un proyecto o acción en el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias, se hará previa cumplimentación de los formularios que el aplicativo despliega desde el momento en el que se accede a la plataforma. Una vez cumplimentado el formulario, el docente responsable recibirá un mensaje en pantalla que le informará que el proceso de inscripción se ha desarrollado correctamente y que ha culminado. Para resolver cualquier incidencia relacionada con el aplicativo deben contactar a través del siguiente teléfono de contacto: (928) 455492.

Enlace para acceder al aplicativo: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/webdgoie/scripts/fomenpat/inicio.asp

Quinta.- Documentación a entregar.

La documentación que acredita la realización de la actividad, acción o proyecto con el que se concursa se presentará a través del aplicativo mediante el enlace dispuesto en la base cuarta. Toda la documentación estará en formato digital y no podrá tener una capacidad superior a 20 Mb por archivo.

Los formatos en los que se deben entregar los proyectos, actividades o acciones pueden ser:

* Archivos de texto (LibreOffice Writer, pdf).

* Archivos de audio (wav, mp3 y similares).

* Archivos de video (avi, mpeg, wmv y similares).

* Archivos de imágenes fijas (jpeg y similares).

* Presentaciones (LibreOffice Impress).

Ninguno de los documentos mencionados se remitirá en formato papel ni por ventanilla única.

Para resolver cualquier incidencia relacionada con la documentación se encuentran a disposición los siguientes teléfonos de contacto: (922) 922373 y (922) 923472; o en la dirección de correo electrónico: proens.ceu@gobiernodecanarias.org

Sexta.- Plazos y lugar para la inscripción y presentación de los proyectos.

Los plazos de presentación y procedimientos son los siguientes:

Ver anexo en la página 13227 del documento Descargar

Séptima.- Criterios de valoración de los trabajos.

Los criterios de valoración se establecen por la Consejería de Educación y Universidades, como garantía para la equidad en la evaluación de las actividades, acciones o proyectos presentados. Una vez finalizado el plazo para la entrega de documentación el jurado seleccionará aquellos trabajos que se propone premiar y reconocer en un encuentro regional, de acuerdo a los siguientes criterios:

* Concordancia con alguna de las temáticas propuestas en el Concurso (base segunda).

* Calidad del diseño y estructura del proyecto, actividad o acción.

* Grado de adecuación del proyecto, actividad o acción con los objetivos de la etapa correspondiente.

* Grado de adecuación del enfoque metodológico del trabajo presentado (competencial, aprendizaje-servicio, transversal, interdisciplinar, etc.).

* Tratamiento de la promoción de la igualdad y respeto hacia la diversidad afectivo sexual.

* Grado de desarrollo del trabajo.

* Grado de participación de la comunidad educativa.

* Grado de difusión.

* Grado de evaluación de los aprendizajes planteados a través de la actividad, acción o proyecto elaborado.

* Evaluación global (presentación formal, orden expositivo y calidad del trabajo presentado.

Octava.- Jurado o Comité de Evaluación.

El Jurado o Comité de Evaluación estará compuesto por especialistas de las consejerías de los centros directivos que suscriben esta resolución y serán nombrados mediante Resolución conjunta de la Directora de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa y del Director General de Patrimonio Cultural.

Novena.- Descripción de premios.

Se otorgan tres premios a las actividades, acciones o proyectos con mejor valoración, obteniendo cada uno de ellos un galardón y material patrimonial cultural por un valor de 600,00 euros, concedido por la Dirección General de Patrimonio Cultural, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.12.337A.64002100. PILA 196G0155 "Proyecto enSeñas".

Una vez comunicado a los equipos la resolución por la que se les considera ganadores, contarán con plazo de un mes para proceder a la presentación, ante la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la relación de material patrimonial y cultural que estimen deben solicitar en concepto de premio.

Transcurrido el plazo anteriormente señalado, se entiende que se desiste de la recepción de los galardones, en cuyo caso, el Jurado o Comité de Evaluación nombrará al siguiente centro/proyecto que obtuvo la puntuación para formar parte de los premiados.

Décima.- Jornada de entrega de premios.

La resolución de los premiados será publicada en la web de la Consejería de Educación y Universidades y comunicada individualmente a los centros educativos responsables de los proyectos galardonados. Asimismo, se les convocará a un acto de entrega de premios en fecha y lugar a determinar por la Consejería de Educación y Universidades.

Undécima.- Compromisos por parte de los participantes y ganadores.

- Los equipos participantes dan su consentimiento expreso y autorización a la Consejería de Educación y Universidades en relación a sus datos personales, para que esta pueda tratarlos e incorporarlos a sus ficheros con la finalidad de gestionar la relación que mantengan.

- Los equipos ganadores deben participar en los eventos mencionados para la promoción y comunicación del premio, facilitando la atención a las peticiones de los medios de comunicación.

- La propiedad intelectual de las actividades, acciones y proyectos presentados pertenecen a sus autores, que dan su consentimiento a la publicación, si la hubiere, y difusión de los resultados al participar en el III Concurso autonómico de iniciativas en Educación Patrimonial en Canarias, aceptando las bases de forma íntegra.

- Con el objetivo de que la Consejería de Educación y Universidades pueda dar la máxima difusión a la concesión de los premios, los galardonados, alumnado y profesorado, dan su autorización para ser fotografiados y/o grabados en cualquier actividad en la que intervengan, relacionada con la concesión del premio. Las fotografías y/o grabaciones pasarán a formar parte del fondo documental de esta Consejería pudiendo ser utilizadas en la difusión de sus actividades.

- Los equipos participantes ceden el uso de los materiales del proyecto presentado al concurso para su difusión, tanto interna como externa.

Duodécima.- Datos de carácter personal.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se establece que la información sobre datos de carácter personal de los y las participantes en las diferentes fases del concurso no será utilizada a través de personas naturales o jurídicas con otro objeto que no sea el previsto en esta convocatoria.

Decimotercera.- Disposiciones finales.

La participación en el concurso implica el conocimiento y aceptación de estas bases y la resolución del concurso será irrevocable.

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