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BOC Nº 72. Viernes 12 de abril de 2019 - 1802

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

1802 DECRETO 36/2019, de 1 de abril, por el que se cambia la denominación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales por la de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo en la Universidad de La Laguna.

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BOC-A-2019-072-1802. Firma electrónica - Descargar

Los Institutos Universitarios de Investigación son, según lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Podrán organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias.

De conformidad con lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la creación, modificación o supresión de tales centros serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Por Orden de 27 de octubre de 1982, del Ministerio de Educación y Ciencia se autoriza la creación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales en la Universidad de La Laguna (BOE nº 10, de 12.1.83).

El Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales, en la sesión del Consejo de 21 de noviembre de 2016, aprueba el cambio de denominación por la de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo. El cambio de denominación se justifica, por un lado, en la necesidad de ajustarse a la realidad metodológica e investigadora del propio Instituto; por otro lado, evitar la confusión existente con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad de La Laguna, y finalmente, por la necesidad de un instituto especializado en investigaciones turísticas.

Con fecha 3 de mayo de 2018, el Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de La Laguna solicita que se inicie el proceso para el cambio de denominación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales por la de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo en la Universidad de La Laguna.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Laguna, en sesión extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2017, aprueba el cambio de denominación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales, por el de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo.

El Pleno del Consejo Social de la Universidad de La Laguna, en sesión ordinaria celebrada el 4 de diciembre de 2017, acuerda informar favorablemente el cambio de denominación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales, por el de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo.

La Oficina Presupuestaria de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Universidades emite, con fecha 19 de junio de 2018, informe por el que se hace constar que la modificación proyectada no supone incremento de gasto ni coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa (ACCUEE) emite, con fecha 1 de febrero de 2019, informe favorable sobre la mencionada modificación de la denominación.

Mediante certificación expedida por el Secretario del Consejo Universitario de Canarias se hace constar la emisión de informe en sesión celebrada en fecha 13 de marzo de 2019 sobre el cambio de denominación del centro.

En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza universitaria por el artículo 134 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Educación y Universidades y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 1 de abril de 2019,

D I S P O N G O:

Primero.- Proceder a la modificación de la denominación del Instituto Universitario de Ciencias Políticas y Sociales por la de Instituto Universitario de Investigación Social y Turismo en la Universidad de La Laguna.

El nuevo Instituto Universitario de Investigación, se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por sus Estatutos, por el convenio de creación o de adscripción, en su caso, y por sus propias normas, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del citado texto legal.

Segundo.- Comunicar la modificación de la denominación al Registro de Universidades, Centros y Títulos, a los efectos de su inscripción correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 del Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Tercero.- Comunicar el presente Decreto a la Conferencia General de Política Universitaria, a tenor de lo preceptuado en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Cuarto.- Ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias, que surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el citado diario oficial.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 1 de abril de 2019.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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