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BOC-A-2019-070-1727.
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D./Dña. Miriam Esther Méndez Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana. a 5 de marzo de 2019.
Vistos por mí, D. José Manuel Díaz Pavón, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 459/2017, seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Jardín del Atlántico, representada por el procurador D. Claudio Luna Santana, contra herencia yacente de D. Anthony William Coulton, declarada en rebeldía, dicto la presente con base en los siguientes
FALLO
Que, debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios Jardín del Atlántico, representada por el procurador D. Claudio Luna Santana, contra herencia yacente de D. Anthony William Coulton, declarada en rebeldía, condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 51.558,50 euros, más los intereses en la forma establecida en la presente resolución y las costas de este procedimiento.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a su notificación.
Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncio, mando y firmo.- El Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. herencia yacente de D. Anthony William Coulton, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 6 de marzo de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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