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BOC Nº 70. Miércoles 10 de abril de 2019 - 1723

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas y Transportes

1723 Dirección General de Transportes.- Resolución de 27 de marzo de 2019, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 6 de marzo de 2018, de la Directora, que establece los procedimientos administrativos de esta Dirección General sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica, incorporando nuevos procedimientos.

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ANTECEDENTES DE HECHO

El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, pudiendo las personas físicas elegir en todo momento si se comunican a través de medios electrónicos o no para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, salvo cuando estén obligadas a ello; y siendo obligatorio, en todo caso, para los sujetos que enumera el apartado 2 del citado artículo.

La citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece en su artículo 41 las condiciones generales para la práctica de las notificaciones, dándole preferencia a la práctica de la notificación por medios electrónicos, que será obligatoria en los casos en que exista la obligación de relacionarse de esta forma con la Administración. Además, y aunque la notificación se practique en papel, de conformidad con el artículo 42 de dicha Ley, las notificaciones deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria.

El artículo 43.1 de la mencionada Ley regula las notificaciones por medios electrónicos y establece que las mismas se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo. Asimismo define la notificación por comparecencia en sede como el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación.

El Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 14.2.11), regula en su Capítulo sexto las comunicaciones, y las notificaciones electrónicas.

La Orden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes (BOC nº 95, de 18.5.16), recoge en su artículo 3.5 que "Mediante Resolución de los centros directivos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos públicos dependientes, competentes en el ámbito material de que se trate, se establecerán las actuaciones administrativas que pueden ser objeto de notificación a través de este sistema. La citada resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica correspondiente".

En la estructura de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, prevista en el artículo 8 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 142, de 23.7.15), se incluye a la Dirección General de Transportes.

Con fecha 6 de marzo de 2018, la Directora General de Transportes, dicta Resolución por la que se aprueban los procedimientos administrativos de su ámbito de competencias sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica.

R E S U E L V O:

1. Modificar el anexo de la Resolución nº 315, de 6 de marzo de 2018, de la Dirección General de Transportes, por la que se establecen los procedimientos administrativos sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica, para incorporar nuevos procedimientos administrativos, competencia de esta Dirección General de Transportes, quedando el anexo redactado en los términos contenidos en el Anexo I de esta resolución.

2. Se proceda a la publicación de esta Resolución, en la sede electrónica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de Canarias.

3. La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de marzo de 2019.- La Directora General de Transportes, Yasmina García Hernández.

Ver anexo en las páginas 12386-12393 del documento Descargar

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