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BOC Nº 67. Viernes 5 de abril de 2019 - 1641

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

1641 ORDEN de 21 de marzo de 2019, por la que se concede la distinción Viera y Clavijo en el ámbito de la educación no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al año 2018.

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BOC-A-2019-067-1641. Firma electrónica - Descargar

Por Orden de 17 de octubre de 2016 se establece la distinción Viera y Clavijo en el ámbito de la educación no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y se deja sin efecto la Orden de 31 de octubre de 2000, teniendo por objeto premiar a los profesores, centros docentes y colectivos de la comunidad educativa no universitaria, siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) Profesores, miembros de equipos directivos, personal orientador en activo de las enseñanzas no universitarias, con al menos quince años de servicio, que teniendo su destino en la Comunidad Autónoma de Canarias, se hayan distinguido por una dedicación ejemplar a la labor docente, ejercicio del cargo, o bien a la orientación educativa y psicopedagógica del alumnado.

b) Profesores, miembros de equipos directivos, personal orientador, que no estando en servicio activo por haberse jubilado en el curso escolar anterior a la entrega de esta distinción, hayan destacado por una excepcional trayectoria profesional, labor docente, ejercicio del cargo u orientación educativa y psicopedagógica.

c) Personas que hayan colaborado de forma manifiesta y destacada en la consecución de los objetivos de participación, equidad y calidad en el sistema educativo de Canarias.

d) Los centros docentes que destaquen por la innovación, buenas prácticas, educación en valores y proyectos interdisciplinares sobre contenidos canarios.

e) Organizaciones, asociaciones y colectivos que destaquen por su implicación en la mejora del sistema educativo.

Por otra parte, mediante Orden de 25 de septiembre de 2018, se dispuso convocar la distinción Viera y Clavijo en el ámbito de la educación no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al año 2018, otorgando un plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, hasta el 31 de octubre de 2018, inclusive.

En sesión celebrada con fecha 25 de febrero de 2019, la comisión valoradora encargada de evaluar los méritos de las solicitudes formuló propuesta de concesión de la referida distinción, en la cual se incluyen, de forma condicionada a la subsanación de las solicitudes, las presentadas por el Ayuntamiento de Tijarafe, el IES Ichasagua y el IES Felo Monzón Grau Bassas. Una vez transcurrido el plazo de diez días otorgado, fueron subsanadas las solicitudes presentadas por el IES Ichasagua y el IES Felo Monzón Grau Bassas.

Señala asimismo la referida Orden de 17 de octubre de 2016, que la distinción será concedida por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la comisión valoradora constituida al efecto, la cual habrá de tener en cuenta para la evaluación de las solicitudes presentadas, los siguientes criterios:

a) La dedicación y entrega excepcional a la labor docente, ejercicio del cargo directivo, o en su caso, orientación educativa y psicopedagógica.

b) Efectividad e impacto al dar respuesta a la diversidad educativa, social y cultural del alumnado.

c) Realización de acciones e iniciativas extraordinarias que hayan beneficiado al sistema educativo, centros docentes o comunidad educativa.

d) Proyectos, planes o programas que destaquen por la innovación, buenas prácticas, o la educación en valores.

e) Proyectos interdisciplinares sobre contenidos canarios.

Con base en lo expuesto, de acuerdo con la propuesta del Viceconsejero de Educación y Universidades de fecha 15 de marzo de 2019,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder la distinción Viera y Clavijo en el ámbito de la educación no universitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al año 2018, a las siguientes candidaturas propuestas:

a) Profesores, miembros de los equipos directivos, personal orientador, en activo de las enseñanzas no universitarias, con al menos quince años de servicio, que teniendo su destino en la Comunidad Autónoma de Canarias, se hayan distinguido por una dedicación ejemplar a la labor docente, ejercicio del cargo, o bien, a la orientación educativa y psicopedagógica del alumnado:

D. Francisco Pedro Padrón Herrera;

D. José Juan Manuel Pestana González;

D. Faneque Hernández Bautista.

b) Profesores, miembros de equipos directivos, personal orientador, que no estando en servicio activo por haberse jubilado en el curso escolar anterior a la entrega de esta distinción, hayan destacado por una excepcional trayectoria profesional, labor docente, ejercicio del cargo u orientación educativa y psicopedagógica:

D. Ceferino Artiles Hernández.

c) Personas que hayan colaborado de forma manifiesta y destacada en la consecución de los objetivos de participación, equidad y calidad en el sistema educativo de Canarias:

Dña. María Luisa Perdomo Sosa.

d) Centros docentes que destaquen por la innovación, buenas prácticas, educación en valores y proyectos interdisciplinares sobre contenidos canarios:

CEIP Millares Carló;

IES Ichasagua.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tengan su domicilio los recurrentes. En caso de interponer recurso de reposición, podrá acudir a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa en el plazo de dos meses indicado, a contar desde la notificación de su desestimación expresa, o bien desde el transcurso de un mes desde su interposición sin que se hubiese notificado su resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de marzo de 2019.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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